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Vinicio Chacón Soto
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Las medidas tomadas por el Ministro de Educación Pública (MEP) para restringir la libertad de expresión del personal docente son “contrarias al derecho a la libertad de expresión, al pluralismo ideológico, a la formación de una ciudadanía crítica consciente de sus derechos y deberes y al debido proceso constitucional”.
Ese es uno de los acuerdos a los que llegó el Consejo Universitario de la UCR este martes, en que se valoró la iniciativa del jerarca Leonardo Sánchez Hernández a la luz de documentos esenciales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su artículo 19 estipula: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Fue el pasado 3 de julio que mediante la circular DM-CIR-0047-2026 Sánchez Hernández, junto con las viceministras María Alexandra Ulate (Académica) y Sofía Ramírez (Administrativa), emitió sus “lineamientos” sobre “el deber de neutralidad político-electoral y pedagógica que rige el funcionamiento de los centros educativos públicos, así como prevenir cualquier forma de proselitismo, propaganda, adoctrinamiento o utilización de estudiantes, personal, bienes, instalaciones, actos la oficiales, canales institucionales o actividades curriculares para fines ajenos al servicio educativo”.
En su Acuerdo, el CU apunta que las prohibiciones contenidas en la Circular “resultan potencialmente inconstitucionales, en el tanto se erigen como obstáculos y controles administrativos contrarios a los principios elementales de la libertad de expresión, a la libertad de pensamiento intrínseca a toda persona ciudadana, incluidas aquellas sujetas a una relación estatutaria de servicio docente, quienes gozan de protección al difundir opiniones de índole pedagógica, social o política dentro del aula, así como al expresarse en la esfera pública en su calidad de ciudadanos y ciudadanas”.
El documento se detiene a analizar cada una de las prohibiciones cuestionadas. Por ejemplo, en primer lugar se proscribe la “propaganda de captación ideológica”, lo cual constituye “un concepto jurídico vacío, indeterminado y descontextualizado”.
Se apunta que ello da lugar a “arbitrariedad administrativa”, en vista de que la prohibición “constituye una condición con la potencialidad de limitar la libertad de expresión, de conciencia y pluralismo ideológico como derecho humano y como parte de su rol dentro del proceso educativo, pues interfiere con su deber de formación crítica de ciudadanos y ciudadanas conscientes de sus deberes, de sus derechos y de sus libertades fundamentales”.
Por esas y otras razones se concluye que la Circular de Sánchez Hernández tiene “una intencionalidad de censura previa para el ejercicio de la labor docente”.
Por ello, se apunta que “la censura y el temor a sanciones obstaculizan y empobrecen el proceso educativo; además, limitan la formación de una ciudadanía capaz de participar de manera consciente, informada y responsable en la vida democrática”.
El CU recuerda además que “fomentar el diálogo, la confrontación de diversas perspectivas y la capacidad de cuestionar la realidad con argumentos sólidos y evidencia resulta necesario para promover el ejercicio de la ciudadanía desde edades tempranas. La discusión sobre asuntos de interés público fortalece el tejido social y el Estado Social de Derecho, y contribuye a la construcción de una sociedad más justa y democrática, compromiso que la Universidad de Costa Rica comparte con quienes trabajan por el bienestar y el desarrollo del país”.
Así, además de rechazar de forma categórica las prohibiciones, se acordó hacer un reconocimiento de “la trayectoria histórica de la educación pública costarricense como uno de los pilares de la vida democrática, la movilidad social, la construcción del Estado Social de Derecho y la formación de una ciudadanía crítica, plural y comprometida con los derechos humanos”.
Al mismo tiempo, se explicitó el apoyo de la UCR “al personal docente que labora para el Ministerio de Educación Pública, para que, en el contexto de una nación soberana, democrática, pluralista y regida por el Estado Social de Derecho, ejerzan su magisterio desde la seguridad jurídica de los derechos que le cobijan como docentes y como ciudadanas y ciudadanos cubiertos por las garantías constitucionales y convencionales de la Constitución Política de la República de Costa Rica y de los instrumentos internacionales suscritos por nuestro país”.
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