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Orlando Silva
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Orlando Silva
La Fiscalía pidió condenas contra Lenín Moreno y otros 19 procesados por un supuesto esquema de pagos de 76,1 millones de dólares. Las defensas sostienen que no se demostró el cohecho. Hasta el 17 de julio de 2026, la Corte Nacional no había anunciado su resolución.
Una semana después de que concluyera el juicio del caso Sinohydro, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia continuaba en deliberación. Los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga todavía no habían informado si condenarán o ratificarán el estado de inocencia de los 20 procesados contra quienes la Fiscalía mantuvo su acusación.
El debate terminó el 10 de julio de 2026, luego de 31 jornadas desarrolladas desde el 11 de mayo y más de 265 horas de audiencia. Durante el juicio se practicaron 47 testimonios, 26 pericias y 261 documentos contenidos en más de 10 000 fojas, según el balance difundido a partir de información de la Corte Nacional de Justicia.
La acusación se refiere al supuesto pago de aproximadamente 76,1 millones de dólares por parte de Sinohydro. La Fiscalía sostiene que ese monto correspondía al 4 % del contrato para la construcción de la central hidroeléctrica Coca Codo Sinclair y habría sido ofrecido a cambio de facilitar la adjudicación, el financiamiento y la ejecución del proyecto.
El tribunal aún no ha determinado que esos movimientos constituyan sobornos.
En la jornada 21, la Fiscalía concluyó la presentación de su prueba. Según el balance oficial de la institución, durante esta fase comparecieron 29 testigos y 19 peritos, y se incorporaron 90 elementos documentales.
La acusación utilizó información bancaria, tributaria y societaria; correos electrónicos; documentos contractuales; registros de viajes y reuniones; y pericias financieras e informáticas.
Fiscalía sostuvo que los recursos provenientes de Sinohydro habrían sido canalizados, entre 2010 y 2018, mediante Comercial Recorsa, en Ecuador; Recorsa S. A., constituida en Panamá; y otras sociedades y cuentas bancarias.
Durante la jornada 22, la Procuraduría General del Estado hizo suya la prueba documental presentada por Fiscalía.
Entre la documentación constaban las respuestas a solicitudes de asistencia penal internacional enviadas a Panamá, Belice, España, Estados Unidos y Suiza. Esas diligencias proporcionaron información bancaria, societaria y sobre cuentas relacionadas con las personas y empresas investigadas.
La Procuraduría intervino como acusadora particular, al considerar que el presunto delito habría causado un perjuicio al Estado.
Después de que Fiscalía y Procuraduría terminaran su fase probatoria, los abogados de los procesados empezaron a presentar testimonios, pericias y documentos de descargo.
La defensa de Lenín Moreno incorporó las intervenciones de Diego Ortega y Rocío Cando. Ambos sostuvieron que no existían documentos que demostraran que Moreno participó directamente en la etapa precontractual o contractual de Coca Codo Sinclair.
También señalaron que, durante su período como vicepresidente, Moreno no tenía atribuciones legales para adjudicar el contrato ni para suscribirlo.
El exmandatario debía rendir testimonio, pero su abogado comunicó que su salud se había deteriorado desde el domingo anterior. La defensa desistió de esa prueba para evitar que la audiencia se suspendiera o retrasara.
Los abogados de Rocío G., e Irina M, esposa e hija del exmandatario, argumentaron que los movimientos económicos señalados por Fiscalía correspondían a operaciones comerciales respaldadas por contratos y facturas. Esa explicación forma parte de la defensa y todavía debe ser valorada por el tribunal.
Durante estas jornadas, las defensas de los integrantes de la familia Patiño y de otras personas procesadas presentaron documentación, testimonios y pericias.
El 25 de junio la audiencia no pudo instalarse porque el edificio de la Corte Nacional fue evacuado después de una amenaza de bomba registrada en el Complejo Judicial Norte.
La diligencia se retomó el 26 de junio. Ese día avanzó, entre otras, la defensa de Priscila B. Sus abogados sostuvieron que ella no firmó el acta societaria del 23 de febrero de 2010 mediante la cual Recorsa modificó su objeto social para incorporar actividades de consultoría.
También señalaron que no existía evidencia de que Burneo hubiera ofrecido, entregado o canalizado dinero para algún funcionario público.
En su testimonio, Burneo afirmó que cerca de 70 000 dólares recibidos desde Recorsa correspondían a reembolsos por gastos relacionados con sus abuelos.
Según su declaración, ella pagaba con sus tarjetas gastos médicos, pasajes, hoteles y vehículos durante los viajes de sus familiares, y después recibía la devolución de esos valores.
Burneo negó haber entregado dinero a funcionarios públicos o participado en decisiones administrativas de Recorsa.
La fase de descargo concluyó con las intervenciones de Cai R., Yan H., y Song D., vinculados anteriormente con Sinohydro o con la representación china en Ecuador.
Los tres rechazaron la acusación formulada por Fiscalía.
La defensa de Song intentó incorporar una nueva prueba con fundamento en el artículo 617 del Código Orgánico Integral Penal. El tribunal resolvió excluirla por unanimidad, al considerar que no cumplía los requisitos previstos para la presentación excepcional de evidencia durante el juicio.
Con esta decisión terminó la práctica de prueba y se abrió la etapa de alegatos finales.
El fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, presentó su alegato de clausura a partir de 28 premisas fácticas.
Sostuvo que la acusación no dependía de un único documento y que la información financiera, societaria, tributaria e internacional debía ser analizada en conjunto.
Según su tesis, representantes de Sinohydro habrían acordado entregar el 4% del contrato de Coca Codo Sinclair. El supuesto pago ascendería exactamente a 76 185 373,21 dólares.
Fiscalía mantuvo la acusación contra siete personas como presuntos autores directos:
También acusó como presuntos cómplices a otras 13 personas:
Ese mismo día, Fiscalía retiró la acusación contra Priscila B. Alarcón reconoció que la prueba practicada durante el juicio no permitió acreditar que ella hubiera intervenido deliberadamente en las decisiones de Recorsa o en la recepción y canalización de recursos relacionados con el presunto cohecho.
También aceptó que las transferencias recibidas por Priscila B., correspondían a reembolsos de gastos familiares y que no tenían relevancia penal. La acusación final quedó dirigida contra 20 personas.
La presentación de los alegatos defensivos se extendió hasta aproximadamente las 22:00.
Los abogados coincidieron en sostener que Fiscalía no demostró la existencia de un acuerdo previo para pagar sobornos. También cuestionaron que se hubieran individualizado correctamente las conductas atribuidas a cada procesado.
La defensa de Lenín Moreno argumentó que el exvicepresidente no tenía competencia para adjudicar el contrato ni decidir sobre su financiamiento. Sostuvo, además, que su firma no aparece en los documentos contractuales analizados durante el juicio.
Los abogados del entorno de Conto P., afirmaron que los pagos respondían a negocios, actividades de representación y servicios profesionales legítimos.
Las defensas de los antiguos representantes de Sinohydro señalaron que sus actuaciones societarias y contractuales no demostraban participación en un soborno.
Varios abogados también alegaron que Fiscalía modificó o amplió algunos aspectos de su acusación durante el alegato de cierre.
En la última jornada, Fiscalía respondió que las pruebas presentadas por las defensas no habían desvirtuado su teoría.
Alarcón sostuvo que el supuesto cohecho habría comenzado con el acuerdo para entregar el 4% del contrato y que las transferencias posteriores representarían la ejecución progresiva de ese pacto. Con este argumento respondió a las defensas que señalaban que varios pagos se hicieron después de la adjudicación.
El fiscal también precisó las penas solicitadas. Pidió seis años y seis meses de prisión, más las agravantes que consideró aplicables, para los siete acusados como presuntos autores.
Para los 13 señalados como cómplices no solicitó automáticamente la misma pena. Explicó que el tribunal deberá aplicar la proporción prevista en la legislación correspondiente: la mitad de la pena del autor bajo el antiguo Código Penal o entre un tercio y la mitad bajo el COIP.
Además, Fiscalía pidió que una eventual reparación integral tome como referencia los 76,1 millones de dólares y sea distribuida entre quienes resulten condenados.
Solicitó multas, inhabilitación para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, suspensión de derechos de participación, disculpas públicas y una placa anticorrupción en Coca Codo Sinclair.
Estas son solicitudes de la acusación. El tribunal no las ha impuesto.
Durante la última audiencia, la Procuraduría corrigió una afirmación incluida en su alegato final.
Su representante pidió eliminar la referencia a que Anjes Finance, empresa relacionada con el procesado Eduardo C., había recibido recursos vinculados con los hechos investigados.
La Procuraduría aclaró que nunca dirigió su acusación contra esa empresa, sus socios o accionistas y que la mención había sido un error.
Después de las réplicas, cada defensa tuvo aproximadamente tres minutos para responder. En general, los abogados insistieron en que no existían pruebas suficientes y solicitaron que se ratificara el estado de inocencia de sus representados y se levantaran las medidas cautelares.
Terminadas las intervenciones, los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga declararon concluido el debate y suspendieron la audiencia para deliberar.
La Corte informó que convocará oportunamente a las partes procesales para anunciar su resolución oral.
El artículo 618 del COIP no establece expresamente un plazo máximo para la deliberación. El plazo de 10 días mencionado en el artículo 621 se relaciona con la elaboración y notificación de la sentencia escrita después de la decisión oral; no constituye una fecha límite clara para que los jueces anuncien su resolución.
Hasta el 17 de julio de 2026, esa decisión no había sido comunicada públicamente. Por tanto, no es correcto afirmar que los 20 procesados fueron condenados o absueltos. Las conclusiones de Fiscalía y las explicaciones de las defensas siguen siendo posiciones procesales pendientes de valoración judicial.
¿Qué ocurrió en las últimas audiencias del caso Sinohydro?
El juicio concluyó el 10 de julio de 2026, después de 31 jornadas y más de 265 horas de audiencia. El tribunal de la Corte Nacional quedó en deliberación para decidir si condena o ratifica la inocencia de los 20 procesados contra quienes Fiscalía mantuvo su acusación.
Durante el juicio se practicaron 47 testimonios, 26 pericias y 261 documentos contenidos en más de 10.000 fojas.
La Fiscalía sostiene que existió un supuesto esquema de pagos relacionado con la construcción de Coca Codo Sinclair. Las defensas afirman que no se demostró el delito de cohecho.
¿Quiénes continúan acusados en el caso Sinohydro?
Fiscalía mantuvo su acusación contra siete personas como presuntos autores y otras 13 como presuntos cómplices. Entre los primeros constan Lenín M., Conto P., Luciano C., Henry G., Cai R., Yan H. y Song D.
Como presuntos cómplices fueron acusados Rocío G., Irina M., Guillermo M., Edwin M., Martha G., María P., Juan P., Patricia P., Manuel P., Xavier M., Eduardo C., Carlos A. y María B.
Fiscalía retiró la acusación contra Priscila B. al reconocer que la prueba practicada no acreditó una intervención deliberada en las decisiones de Recorsa ni en la canalización de recursos.
¿Qué sostiene la Fiscalía sobre los 76,1 millones de dólares del caso Sinohydro?
La Fiscalía sostiene que representantes de Sinohydro habrían acordado entregar el 4 % del contrato de Coca Codo Sinclair, equivalente a 76.185.373,21 dólares. Según su tesis, los recursos habrían sido canalizados mediante empresas y cuentas bancarias entre 2010 y 2018.
La acusación utilizó información bancaria, tributaria y societaria, correos electrónicos, documentos contractuales, registros de viajes y pericias financieras e informáticas.
El tribunal todavía no ha determinado que esos movimientos constituyan sobornos. La tesis fiscal continúa pendiente de valoración judicial.
¿Qué penas pidió Fiscalía en el caso Sinohydro?
Fiscalía pidió seis años y seis meses de prisión, más las agravantes que el tribunal considere aplicables, para los siete acusados como presuntos autores. Para los 13 presuntos cómplices solicitó que se aplique la proporción prevista en la legislación.
También pidió que una eventual reparación integral tome como referencia los 76,1 millones de dólares y sea distribuida entre quienes resulten condenados.
La acusación solicitó además multas, inhabilitación para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, suspensión de derechos de participación, disculpas públicas y una placa anticorrupción en Coca Codo Sinclair. Ninguna de esas medidas ha sido impuesta.
¿Qué sigue ahora en el caso Sinohydro?
Los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga deben anunciar su resolución oral después de concluir la deliberación. Hasta el 17 de julio de 2026, la Corte Nacional no había comunicado si condenará o ratificará la inocencia de los 20 procesados.
El artículo 618 del COIP no establece expresamente un plazo máximo para que el tribunal termine de deliberar.
El plazo de diez días previsto en el artículo 621 se relaciona con la elaboración y notificación de la sentencia escrita después de la decisión oral. Por ahora, no es correcto afirmar que los procesados fueron condenados o absueltos.
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La Fiscalía pidió condenas contra Lenín Moreno y otros 19 procesados por un supuesto esquema de pagos de 76,1 millones de dólares. Las defensas sostienen que no se demostró el cohecho. Hasta el 17 de julio de 2026, la Corte Nacional no había anunciado su resolución.
Una semana después de que concluyera el juicio del caso Sinohydro, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia continuaba en deliberación. Los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga todavía no habían informado si condenarán o ratificarán el estado de inocencia de los 20 procesados contra quienes la Fiscalía mantuvo su acusación.
La acusación por 76,1 millones quedó en manos del tribunal sobre el caso Sinohydro
El debate terminó el 10 de julio de 2026, luego de 31 jornadas desarrolladas desde el 11 de mayo y más de 265 horas de audiencia. Durante el juicio se practicaron 47 testimonios, 26 pericias y 261 documentos contenidos en más de 10 000 fojas, según el balance difundido a partir de información de la Corte Nacional de Justicia.
La acusación se refiere al supuesto pago de aproximadamente 76,1 millones de dólares por parte de Sinohydro. La Fiscalía sostiene que ese monto correspondía al 4 % del contrato para la construcción de la central hidroeléctrica Coca Codo Sinclair y habría sido ofrecido a cambio de facilitar la adjudicación, el financiamiento y la ejecución del proyecto.
El tribunal aún no ha determinado que esos movimientos constituyan sobornos.
17 de junio: Fiscalía terminó de presentar su prueba
En la jornada 21, la Fiscalía concluyó la presentación de su prueba. Según el balance oficial de la institución, durante esta fase comparecieron 29 testigos y 19 peritos, y se incorporaron 90 elementos documentales.
La acusación utilizó información bancaria, tributaria y societaria; correos electrónicos; documentos contractuales; registros de viajes y reuniones; y pericias financieras e informáticas.
Fiscalía sostuvo que los recursos provenientes de Sinohydro habrían sido canalizados, entre 2010 y 2018, mediante Comercial Recorsa, en Ecuador; Recorsa S. A., constituida en Panamá; y otras sociedades y cuentas bancarias.
22 de junio: Procuraduría adoptó la prueba de Fiscalía
Durante la jornada 22, la Procuraduría General del Estado hizo suya la prueba documental presentada por Fiscalía.
Entre la documentación constaban las respuestas a solicitudes de asistencia penal internacional enviadas a Panamá, Belice, España, Estados Unidos y Suiza. Esas diligencias proporcionaron información bancaria, societaria y sobre cuentas relacionadas con las personas y empresas investigadas.
La Procuraduría intervino como acusadora particular, al considerar que el presunto delito habría causado un perjuicio al Estado.
23 de junio: comenzaron las pruebas de las defensas
Después de que Fiscalía y Procuraduría terminaran su fase probatoria, los abogados de los procesados empezaron a presentar testimonios, pericias y documentos de descargo.
#CasoSinohydro | Durante su réplica en la audiencia de juicio, #FiscalíaEc reiteró que las pruebas practicadas durante el proceso sustentan la acusación por el delito de #Cohecho y la participación atribuida a autores y cómplices.
Más detalles aquípic.twitter.com/5IffS32gEI
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) July 10, 2026
La defensa de Lenín Moreno incorporó las intervenciones de Diego Ortega y Rocío Cando. Ambos sostuvieron que no existían documentos que demostraran que Moreno participó directamente en la etapa precontractual o contractual de Coca Codo Sinclair.
También señalaron que, durante su período como vicepresidente, Moreno no tenía atribuciones legales para adjudicar el contrato ni para suscribirlo.
El exmandatario debía rendir testimonio, pero su abogado comunicó que su salud se había deteriorado desde el domingo anterior. La defensa desistió de esa prueba para evitar que la audiencia se suspendiera o retrasara.
Los abogados de Rocío G., e Irina M, esposa e hija del exmandatario, argumentaron que los movimientos económicos señalados por Fiscalía correspondían a operaciones comerciales respaldadas por contratos y facturas. Esa explicación forma parte de la defensa y todavía debe ser valorada por el tribunal.
24 y 26 de junio: continuó la prueba de descargo
Durante estas jornadas, las defensas de los integrantes de la familia Patiño y de otras personas procesadas presentaron documentación, testimonios y pericias.
El 25 de junio la audiencia no pudo instalarse porque el edificio de la Corte Nacional fue evacuado después de una amenaza de bomba registrada en el Complejo Judicial Norte.
La diligencia se retomó el 26 de junio. Ese día avanzó, entre otras, la defensa de Priscila B. Sus abogados sostuvieron que ella no firmó el acta societaria del 23 de febrero de 2010 mediante la cual Recorsa modificó su objeto social para incorporar actividades de consultoría.
También señalaron que no existía evidencia de que Burneo hubiera ofrecido, entregado o canalizado dinero para algún funcionario público.
2 de julio: Priscila B., explicó las transferencias recibidas
En su testimonio, Burneo afirmó que cerca de 70 000 dólares recibidos desde Recorsa correspondían a reembolsos por gastos relacionados con sus abuelos.
Según su declaración, ella pagaba con sus tarjetas gastos médicos, pasajes, hoteles y vehículos durante los viajes de sus familiares, y después recibía la devolución de esos valores.
Burneo negó haber entregado dinero a funcionarios públicos o participado en decisiones administrativas de Recorsa.
6 de julio: terminó la prueba de las defensas
La fase de descargo concluyó con las intervenciones de Cai R., Yan H., y Song D., vinculados anteriormente con Sinohydro o con la representación china en Ecuador.
Los tres rechazaron la acusación formulada por Fiscalía.
La defensa de Song intentó incorporar una nueva prueba con fundamento en el artículo 617 del Código Orgánico Integral Penal. El tribunal resolvió excluirla por unanimidad, al considerar que no cumplía los requisitos previstos para la presentación excepcional de evidencia durante el juicio.
Con esta decisión terminó la práctica de prueba y se abrió la etapa de alegatos finales.
8 de julio: Fiscalía retiró una acusación y mantuvo otras 20
El fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, presentó su alegato de clausura a partir de 28 premisas fácticas.
Sostuvo que la acusación no dependía de un único documento y que la información financiera, societaria, tributaria e internacional debía ser analizada en conjunto.
Según su tesis, representantes de Sinohydro habrían acordado entregar el 4% del contrato de Coca Codo Sinclair. El supuesto pago ascendería exactamente a 76 185 373,21 dólares.
Fiscalía mantuvo la acusación contra siete personas como presuntos autores directos:
- Lenín Moreno.
- Conto P.
- Luciano C.
- Henry G.
- Cai R.
- Yan H.
- Song D.
También acusó como presuntos cómplices a otras 13 personas:
- Rocío G.
- Irina M.
- Guillermo M.
- Edwin M.
- Martha G.
- María Auxiliadora P.
- Juan Carlos P.
- Patricia P.
- Manuel P.
- Xavier M.
- Eduardo C.
- Carlos A.
- María A.
#AHORA | #CasoSinohydro: se instala la audiencia de juicio por presunto #Cohecho, en su día 30, con la presencia del fiscal general del Estado (e), #LeonardoAlarcón. Durante esta jornada, las defensas de los procesados continuarán con la presentación de sus alegatos de cierre. pic.twitter.com/YoNB8wlDgG
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) July 9, 2026
Ese mismo día, Fiscalía retiró la acusación contra Priscila B. Alarcón reconoció que la prueba practicada durante el juicio no permitió acreditar que ella hubiera intervenido deliberadamente en las decisiones de Recorsa o en la recepción y canalización de recursos relacionados con el presunto cohecho.
También aceptó que las transferencias recibidas por Priscila B., correspondían a reembolsos de gastos familiares y que no tenían relevancia penal. La acusación final quedó dirigida contra 20 personas.
9 de julio: las defensas pidieron que se ratificara la inocencia
La presentación de los alegatos defensivos se extendió hasta aproximadamente las 22:00.
Los abogados coincidieron en sostener que Fiscalía no demostró la existencia de un acuerdo previo para pagar sobornos. También cuestionaron que se hubieran individualizado correctamente las conductas atribuidas a cada procesado.
La defensa de Lenín Moreno argumentó que el exvicepresidente no tenía competencia para adjudicar el contrato ni decidir sobre su financiamiento. Sostuvo, además, que su firma no aparece en los documentos contractuales analizados durante el juicio.
Los abogados del entorno de Conto P., afirmaron que los pagos respondían a negocios, actividades de representación y servicios profesionales legítimos.
Las defensas de los antiguos representantes de Sinohydro señalaron que sus actuaciones societarias y contractuales no demostraban participación en un soborno.
Varios abogados también alegaron que Fiscalía modificó o amplió algunos aspectos de su acusación durante el alegato de cierre.
10 de julio: réplicas, correcciones y cierre del debate
En la última jornada, Fiscalía respondió que las pruebas presentadas por las defensas no habían desvirtuado su teoría.
Alarcón sostuvo que el supuesto cohecho habría comenzado con el acuerdo para entregar el 4% del contrato y que las transferencias posteriores representarían la ejecución progresiva de ese pacto. Con este argumento respondió a las defensas que señalaban que varios pagos se hicieron después de la adjudicación.
El fiscal también precisó las penas solicitadas. Pidió seis años y seis meses de prisión, más las agravantes que consideró aplicables, para los siete acusados como presuntos autores.
Para los 13 señalados como cómplices no solicitó automáticamente la misma pena. Explicó que el tribunal deberá aplicar la proporción prevista en la legislación correspondiente: la mitad de la pena del autor bajo el antiguo Código Penal o entre un tercio y la mitad bajo el COIP.
Además, Fiscalía pidió que una eventual reparación integral tome como referencia los 76,1 millones de dólares y sea distribuida entre quienes resulten condenados.
Solicitó multas, inhabilitación para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, suspensión de derechos de participación, disculpas públicas y una placa anticorrupción en Coca Codo Sinclair.
Estas son solicitudes de la acusación. El tribunal no las ha impuesto.
Procuraduría retiró una afirmación sobre Anjes Finance
Durante la última audiencia, la Procuraduría corrigió una afirmación incluida en su alegato final.
Su representante pidió eliminar la referencia a que Anjes Finance, empresa relacionada con el procesado Eduardo C., había recibido recursos vinculados con los hechos investigados.
La Procuraduría aclaró que nunca dirigió su acusación contra esa empresa, sus socios o accionistas y que la mención había sido un error.
Después de las réplicas, cada defensa tuvo aproximadamente tres minutos para responder. En general, los abogados insistieron en que no existían pruebas suficientes y solicitaron que se ratificara el estado de inocencia de sus representados y se levantaran las medidas cautelares.
El tribunal sigue deliberando sobre el caso Sinohydro
Terminadas las intervenciones, los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga declararon concluido el debate y suspendieron la audiencia para deliberar.
La Corte informó que convocará oportunamente a las partes procesales para anunciar su resolución oral.
El artículo 618 del COIP no establece expresamente un plazo máximo para la deliberación. El plazo de 10 días mencionado en el artículo 621 se relaciona con la elaboración y notificación de la sentencia escrita después de la decisión oral; no constituye una fecha límite clara para que los jueces anuncien su resolución.
#CasoSinohydro | Continúa la audiencia de juicio contra 21 personas procesadas por #FiscalíaEc por el presunto delito de #Cohecho. Las defensas avanzan con la presentación de sus pruebas.
Detallespic.twitter.com/6RdDuXhvUc
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) July 3, 2026
Hasta el 17 de julio de 2026, esa decisión no había sido comunicada públicamente. Por tanto, no es correcto afirmar que los 20 procesados fueron condenados o absueltos. Las conclusiones de Fiscalía y las explicaciones de las defensas siguen siendo posiciones procesales pendientes de valoración judicial.
Lenin Moreno y el caso Sinohydro; preguntas frecuentes
El juicio concluyó el 10 de julio de 2026, después de 31 jornadas y más de 265 horas de audiencia. El tribunal de la Corte Nacional quedó en deliberación para decidir si condena o ratifica la inocencia de los 20 procesados contra quienes Fiscalía mantuvo su acusación.
Durante el juicio se practicaron 47 testimonios, 26 pericias y 261 documentos contenidos en más de 10.000 fojas.
La Fiscalía sostiene que existió un supuesto esquema de pagos relacionado con la construcción de Coca Codo Sinclair. Las defensas afirman que no se demostró el delito de cohecho.
Fiscalía mantuvo su acusación contra siete personas como presuntos autores y otras 13 como presuntos cómplices. Entre los primeros constan Lenín M., Conto P., Luciano C., Henry G., Cai R., Yan H. y Song D.
Como presuntos cómplices fueron acusados Rocío G., Irina M., Guillermo M., Edwin M., Martha G., María P., Juan P., Patricia P., Manuel P., Xavier M., Eduardo C., Carlos A. y María B.
Fiscalía retiró la acusación contra Priscila B. al reconocer que la prueba practicada no acreditó una intervención deliberada en las decisiones de Recorsa ni en la canalización de recursos.
La Fiscalía sostiene que representantes de Sinohydro habrían acordado entregar el 4 % del contrato de Coca Codo Sinclair, equivalente a 76.185.373,21 dólares. Según su tesis, los recursos habrían sido canalizados mediante empresas y cuentas bancarias entre 2010 y 2018.
La acusación utilizó información bancaria, tributaria y societaria, correos electrónicos, documentos contractuales, registros de viajes y pericias financieras e informáticas.
El tribunal todavía no ha determinado que esos movimientos constituyan sobornos. La tesis fiscal continúa pendiente de valoración judicial.
Fiscalía pidió seis años y seis meses de prisión, más las agravantes que el tribunal considere aplicables, para los siete acusados como presuntos autores. Para los 13 presuntos cómplices solicitó que se aplique la proporción prevista en la legislación.
También pidió que una eventual reparación integral tome como referencia los 76,1 millones de dólares y sea distribuida entre quienes resulten condenados.
La acusación solicitó además multas, inhabilitación para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado, suspensión de derechos de participación, disculpas públicas y una placa anticorrupción en Coca Codo Sinclair. Ninguna de esas medidas ha sido impuesta.
Los jueces Manuel Cabrera, Daniella Camacho y Julio César Inga deben anunciar su resolución oral después de concluir la deliberación. Hasta el 17 de julio de 2026, la Corte Nacional no había comunicado si condenará o ratificará la inocencia de los 20 procesados.
El artículo 618 del COIP no establece expresamente un plazo máximo para que el tribunal termine de deliberar.
El plazo de diez días previsto en el artículo 621 se relaciona con la elaboración y notificación de la sentencia escrita después de la decisión oral. Por ahora, no es correcto afirmar que los procesados fueron condenados o absueltos.
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