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Shirley Ibañez
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El decano del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Edson Dávalos, informó que fue admitida la demanda de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Supremo 5515, que habilita al presidente Rodrigo Paz a ejercer sus funciones de manera remota mediante el uso de medios electrónicos.
Según Dávalos, la demanda cuestiona que cuando se ausenta temporalmente el presidente de Estado, no se brinda la posibilidad de una sucesión para que asuma el vicepresidente.
“Se cuestiona que eso sea inconstitucional. Luego del análisis de formalidad establecida en el Código Procesal Constitucional, se ha establecido la admisión de esta acción”, dijo Dávalos citado por Correo del Sur.
Lea más: ¿Tensiones entre Paz y Lara? Las repercusiones crecen
Asimismo, explicó que la admisión de la acción solo implica que cumplió con los requisitos formales para su tratamiento. Indicó que el siguiente paso será pedir un informe al órgano emisor de la norma que promulgó el decreto.
Respecto a otra demanda de inconstitucionalidad respecto al decreto 5552 y la reestructuración de la vicepresidencia; señaló que se observó que no cumple con los requisitos, debido a que solo se presentaron las fotocopias de carnet de identidad de algunos diputados.
En enero, el presidente Paz promulgó el Decreto Supremo 5515, que modifica la Organización del Órgano Ejecutivo y autoriza al mandatario de Estado a ejercer sus atribuciones constitucionales desde el exterior de manera temporal, utilizando medios tecnológicos de comunicación.
La norma provocó rechazo de algunos actores políticos y del vicepresidente Edmand Lara, quien calificó el decreto como inconstitucional.
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Según Dávalos, la demanda cuestiona que cuando se ausenta temporalmente el presidente de Estado, no se brinda la posibilidad de una sucesión para que asuma el vicepresidente.
“Se cuestiona que eso sea inconstitucional. Luego del análisis de formalidad establecida en el Código Procesal Constitucional, se ha establecido la admisión de esta acción”, dijo Dávalos citado por Correo del Sur.
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Asimismo, explicó que la admisión de la acción solo implica que cumplió con los requisitos formales para su tratamiento. Indicó que el siguiente paso será pedir un informe al órgano emisor de la norma que promulgó el decreto.
Respecto a otra demanda de inconstitucionalidad respecto al decreto 5552 y la reestructuración de la vicepresidencia; señaló que se observó que no cumple con los requisitos, debido a que solo se presentaron las fotocopias de carnet de identidad de algunos diputados.
En enero, el presidente Paz promulgó el Decreto Supremo 5515, que modifica la Organización del Órgano Ejecutivo y autoriza al mandatario de Estado a ejercer sus atribuciones constitucionales desde el exterior de manera temporal, utilizando medios tecnológicos de comunicación.
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