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Laura Martínez Quesada
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Después de varios intentos fallidos de adicionar al giro de RECOPE, la investigación y aplicación, de diversas opciones de combustibles, diferentes del petróleo, se ha aprobado con éxito el proyecto de ley Nº24079, “LEY PARA PROMOVER LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA EN EL SECTOR COMBUSTIBLES”, iniciativa final en la agenda legislativa actual, impulsada por el bloque opositor, con el liderazgo del ala femenina y secundada por el oficialismo, para lograr la totalidad de los votos de los asambleístas presentes. “63 años después de iniciar sus operaciones en 1963”.
El marco fundamental de la operación de la empresa estatal, con 100% de acciones del estado costarricense, se puede resumir en tres leyes, surgidas con el paso de los años, luego de su fundación privada en mayo de 1961, e inicio de operaciones de la refinería en MOÍN, Limón, en junio, 1963, a saber:
-Ley Nº5508, Gaceta #66, del 19 de abril de 1974. Traspaso del 100% de acciones de la empresa ALLIED CHEMICAL INTERAMERICAN, propietaria de RECOPE S.A., al estado costarricense, historia de un contrato, importante de la nacionalización del petróleo en el país.
-Ley Nº6588, Gaceta #154, del 13 de agosto de 1981, Define los objetivos de refinar, transportar, comercializar a “granel” el petróleo crudo y sus derivados, mantener y desarrollar las instalaciones necesarias para ello; y luego se le agregó: y ejecutar los planes de desarrollo del Sector Energía conforme al Plan Nacional de Desarrollo, cuando se inició la etapa de exploración de petróleo y carbón mineral.
-Ley 7356. Gaceta #170, del 6 de setiembre de 1993. Cuando se dieron cuenta de que, no había una ley que respaldara el monopolio del estado, ni que le encargara a RECOPE la administración de ese monopolio, pues la ley 6588, no lo especificaba. Esta ley tardía, casi a 20 años de la nacionalización, declara monopolio del estado, “la importación, refinación y distribución al mayoreo” de petróleo crudo y sus derivados, que comprenden combustibles, asfaltos y naftas para satisfacer la demanda nacional. Esta redacción extraña, no permitió a la empresa, considerar el gas natural, (mezcla de hidrocarburos en sí mismo, pero principalmente metano), e incursionar en su importación y comercialización. Asimismo, esta ley concede a RECOPE, la administración del monopolio, siempre y cuando el estado conserve el total del capital accionario. Por eso, en general se confunde esta asignación, con la manifestación de que la empresa ostenta ese monopolio en representación del estado.
En fin, el nuevo paso dado por la Asamblea Legislativa, abre todo un nuevo espectro de acción, ahora fundamentada en la legalidad, para que el país tenga una empresa que, lidere la transición energética y principalmente la descarbonización. Estos son dos conceptos diferentes, que se complementan y confunden, por su origen en el tiempo, luego de que se fundara la Organización de los Países exportadores de Petróleo, (OPEP), por iniciativa de Venezuela, y secundada por países del Medio Oriente, en 1960. Su acción fue motivada a raíz de la guerra de Yom Kippur, que elevó el precio del crudo de $3 a $12, por el primer embargo petrolero.
Países importadores netos de crudo y derivados optan por el movimiento de independencia del petróleo, lo que no han logrado más que parcialmente, y han sufrido los embates del precio por eventos internacionales subsiguientes. Tales como, la revolución iraní, la invasión de Iraq a Kuwait, la primavera árabe, (dónde se rompió por primera vez la barrera de los $100/barril), la pandemia del COVID 19, (que en algún momento hubo un precio de futuros negativo) y actualmente la guerra de Rusia contra Ucrania y el conflicto que origina el vaivén del cierre del estrecho de Ormuz, sin llegar a un acuerdo.
Los efectos de estas crisis, originan en Costa Rica la aparición de políticas energéticas y acciones de planificación y sustitución energética, a finales de los años 70 e inicios de los 80 del siglo pasado, con el fin de reducir el consumo de petróleo y sus derivados. Evento histórico, el Pacto de San José, firmado en 1980, en que México y Venezuela, se comprometieron a poner a disposición de 11 países de Centroamérica y El Caribe, crudo y derivados por partes iguales, pero a precios internacionales y disponer parte de las facturas pagadas, en préstamos para proyectos de desarrollo de los países en términos blandos.
Con esta nueva ley, se reviven acciones energéticas históricas con resultados positivos y negativos, que se van a repetir en un entorno diferente. Los diversos intentos fallidos, por introducir el etanol en la gasolina, como aditivo o en una proporción del 5% al 10%, principalmente de caña de azúcar, pero con intentos de utilizar otros productos agrícolas, como el sorgo, sometidos al cuento de que es primero, “el huevo o la gallina”, si se siembra la caña primero o si Recope hace un contrato para comprarlo. Para sustituir un 5% de gasolina súper con etanol, (mezcla bastante susceptible a la presencia de agua, higroscópica), podrían requerirse más de 10.000 hectáreas de siembra, con problemas tales como el transporte de la caña, su procesamiento, la destilación del alcohol, almacenamiento y mezcla para todo el país y cumplimiento de la norma internacional establecida para el E5.
De igual manera, habrá que ser creativo con el biodiésel de palma africana, el biogás, (metano), de biodigestores de fincas ganaderas, dependiendo de la intensidad y localidad de la sustitución. Especial atención con el hidrógeno verde, que para que lo sea, la electrólisis debe producirse con energía eléctrica de origen renovable y no con gas natural o derivados del petróleo en las centrales eléctricas.
El llamado gas natural de transición, importado y utilizado, comprimido o licuado, requiere de infraestructura propia y diferenciada y llegará para quedarse, a pesar de que la ley especifique lo contrario, por la economía del volumen necesario y por su composición natural que no es solo metano, sino con otras proporciones de hidrocarburos de cadenas más complejas, si no se le extraen y se licúa.
Asimismo, el pasado estuvo abundante en medidas para el ahorro y la mejora de la eficiencia energética de combustibles. Iniciando con la importancia que se dio a la administración de la demanda, las encuestas de consumo en los diversos sectores, residencial, comercial, transporte e industrial, para determinar las causas del desperdicio y las malas prácticas de la utilización de los diversos derivados. Así, aparecieron las auditorías energéticas, los controles de importación de equipos, vehículos y maquinaria de consumo ineficiente, las mejores prácticas de manejo, la presión de los neumáticos, la inspección vehicular y el estricto mantenimiento preventivo. La ley de Regulación del uso racional de la energía (Nº7447, octubre 1994), fue producto de esos esfuerzos.
La otra vertiente de esta transición incompleta es la descarbonización de la economía, acto fallido del sector energía, que, si no fuera por el aporte de la captura que proporciona la cobertura forestal, estaría lejos de poder cumplirse con la contribución determinada que el país ha ofrecido, con base en el Acuerdo de País, Conferencia de las Partes, (COP 21), del Cambio Climático, noviembre 2015.
Recope tiene la oportunidad de renacer, pero depende de la creatividad en la implementación de esta ley y de la madurez y conocimientos de sus funcionarios.
La entrada Recope renovable: la otra cara aparece primero en Semanario Universidad.
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