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Ana Guerrero
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La Fiscalía General del Estado logró que un Juez de Garantías Penales dicte auto de llamamiento a juicio contra Galo Hernán M. T., Karina Paola M. L. y Marco Antonio L. F., tras analizar más de 20 elementos de convicción. La entidad sostuvo que las evidencias permiten presumir la responsabilidad de los procesados en el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, con casos en Ambato y Riobamba.
La entidad de justicia, este 15 de enero de 2025, informó que la investigación previa, iniciada en 2024, permitió identificar un patrón de captación basado en engaños y falsas promesas de empleo.
De acuerdo con la Fiscalía, los sospechosos publicaron anuncios en Facebook que ofrecían trabajo como ayudantes de panadería.
Tras el contacto inicial, los procesados trasladaron a las víctimas a hoteles de Ambato y Riobamba, donde las obligaron a mantener relaciones sexuales.
Entre las víctimas constó una adolescente. La Fiscalía explicó que los procesados aprovecharon la vulnerabilidad de las personas contactadas para concretar el traslado y la explotación sexual en establecimientos de hospedaje.
Ante los indicios recabados, la Fiscalía solicitó a un Juez de Garantías Penales órdenes de detención y allanamientos en domicilios ubicados en Chimborazo y Tungurahua.
El 20 de agosto de 2025, las autoridades ejecutaron las diligencias judiciales y detuvieron a los tres procesados.
Durante los allanamientos, los agentes incautaron computadoras, teléfonos móviles y documentos que simulaban contratos como “damas de compañía”, además de otros indicios relevantes para la investigación penal.
La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Trasnacional e Internacional (Fedoti) presentó una acusación fundamentada y anunció las pruebas que sustentará durante la audiencia de juicio.
Entre los elementos más relevantes constan las pericias practicadas a las redes sociales alojadas en los dispositivos electrónicos incautados, los informes de vigilancia y seguimiento autorizados por una autoridad competente y los reportes elaborados por las unidades policiales que intervinieron en la investigación.
Al concluir la diligencia, el Magistrado ratificó la prisión preventiva para Galo Hernán M. T. y Karina Paola M. L. Para Marco Antonio L. F., el juez dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.
El proceso penal se sustenta en el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta norma sanciona la trata de personas con fines de explotación sexual con una pena privativa de libertad que oscila entre 22 y 26 años.
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Casos de trata de personas en Ambato y Riobamba
La entidad de justicia, este 15 de enero de 2025, informó que la investigación previa, iniciada en 2024, permitió identificar un patrón de captación basado en engaños y falsas promesas de empleo.
De acuerdo con la Fiscalía, los sospechosos publicaron anuncios en Facebook que ofrecían trabajo como ayudantes de panadería.
Tras el contacto inicial, los procesados trasladaron a las víctimas a hoteles de Ambato y Riobamba, donde las obligaron a mantener relaciones sexuales.
Entre las víctimas constó una adolescente. La Fiscalía explicó que los procesados aprovecharon la vulnerabilidad de las personas contactadas para concretar el traslado y la explotación sexual en establecimientos de hospedaje.
Allanamientos y detenciones en Chimborazo y Tungurahua
Ante los indicios recabados, la Fiscalía solicitó a un Juez de Garantías Penales órdenes de detención y allanamientos en domicilios ubicados en Chimborazo y Tungurahua.
El 20 de agosto de 2025, las autoridades ejecutaron las diligencias judiciales y detuvieron a los tres procesados.
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Durante los allanamientos, los agentes incautaron computadoras, teléfonos móviles y documentos que simulaban contratos como “damas de compañía”, además de otros indicios relevantes para la investigación penal.
Pruebas anunciadas para la etapa de juicio
La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Trasnacional e Internacional (Fedoti) presentó una acusación fundamentada y anunció las pruebas que sustentará durante la audiencia de juicio.
Entre los elementos más relevantes constan las pericias practicadas a las redes sociales alojadas en los dispositivos electrónicos incautados, los informes de vigilancia y seguimiento autorizados por una autoridad competente y los reportes elaborados por las unidades policiales que intervinieron en la investigación.
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Al concluir la diligencia, el Magistrado ratificó la prisión preventiva para Galo Hernán M. T. y Karina Paola M. L. Para Marco Antonio L. F., el juez dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.
Marco legal y sanción prevista
El proceso penal se sustenta en el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta norma sanciona la trata de personas con fines de explotación sexual con una pena privativa de libertad que oscila entre 22 y 26 años.
- Informe externo: Trata de personas
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