Prestatarios y banca privada llegan a acuerdo sobre diferimiento de créditos

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Daniel Zenteno

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Este lunes, los representantes del sector prestatario firmaron un acuerdo con representantes de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) y la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas (Asofin) en el marco del diferimiento de créditos.

El Ministerio de Economía medió las mesas de diálogo entre ambos sectores y logró la elaboración de un documento que contiene cuatro puntos para otorgar un alivio financiero a los prestatarios, pero sin afectar a la banca privada ni al sistema financiero.

Gustavo Blacutt, viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, recordó que el diferimiento de créditos es una medida del Decreto Supremo 5503 que busca corregir la ley que se aprobó durante los últimos días de la gestión de Luis Arce.

“Una de las últimas actuaciones del anterior gobierno fue aprobar la Ley de Diferimiento Automático de Deudas que fue una ley que verdaderamente desordenaba el sistema financiero nacional y enfrentaba a este sector (financiero) con el sector de prestatarios porque era una ley inaplicable en muchísimos de sus artículos”, criticó.

Acuerdo​


El primer punto del acuerdo es la suspensión por seis meses de las medidas judiciales en créditos de vivienda de interés social que favorecen a miles de familias que por la situación económica no pueden cumplir con sus pagos. De esta manera, las entidades financieras no pueden emitir “órdenes de embargo y ejecución de sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas”.

En tanto, el segundo punto establece que el diferimiento de créditos no es automático y los prestatarios deberán presentar una solicitud formal y justificada. Este hecho también permitirá un mejor tratamiento de cada uno de los casos.

“La banca se va a poner a trabajar con cada uno de los prestatarios de manera individual, de tal manera que puedan atender los temas personales de cada uno de ellos de una manera totalmente personalizada”, indicó Blacutt.

Documento​


Por otra parte, el tercer punto abre la posibilidad de que algunas operaciones “no alcanzadas por el Decreto 5503” puedan recibir un tratamiento excepcional y no generalizado, para que la banca, analizando el caso, adopte “medidas de alivio financiero tales como la flexibilización de condiciones, negociaciones individuales u otros mecanismos como reprogramaciones”.

El cuarto punto, uno de los de mayor preocupación para los prestatarios, establece que las condiciones financieras durante el periodo de diferimiento implican que los intereses y otros cargos correspondientes a cuotas diferidas no generarán intereses extraordinarios o adicionales. “No se incrementarán las tasas de intereses”, resumió Blacutt.

El viceministro destacó el trabajo del sector financiero y de los prestatarios y dijo que son un ejemplo de con diálogo se puede lograr el beneficio de miles de personas.

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