Organizaciones informan a la OIT sobre el cumplimiento de derechos colectivos en Ecuador

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Gladys Rivadeneira

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Una coalición de organizaciones de la sociedad civil, derechos humanos y pueblos y nacionalidades presentó ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) un informe sobre el cumplimiento del Convenio 169, instrumento internacional sobre derechos colectivos.

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El informe de las organizaciones a la OIT sobre el cumplimiento de derechos colectivos en Ecuador​


El Convenio 169 rige en Ecuador desde 1998, este tratado es el instrumento internacional más relevante sobre derechos colectivos de los pueblos indígenas, e incluye a pueblos afroecuatorianos y montubios.

El informe presentado a la OIT fue elaborado por la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (Ceols) y la Internacional de Servicios Públicos (ISP).

Estas organizaciones contaron con el apoyo del Centro de Investigación y Defensa del Derecho al Trabajo (CIDDT), Amazon Frontlines, Amazon Watch, Alianza de Organizaciones de Derechos Humanos, Acción Ecológica, CEDENMA, INREDH.

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Además, organizaciones indígenas, campesinas y afrodescendientes, entre ellas la Nacionalidad Achuar del Ecuador (NAE), NASHIE, NASIEPAI, OWAP, PAKKIRU, FCUNAE, FCAE.

La Comunidad A’i Cofán de Sinangoe, la FOA, la Fundación Alianza Ceibo, la Fundación Azúcar, CONAMUNE y el Colectivo Cerro el Mozo.

Evaluación internacional al Estado ecuatoriano​


La Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) revisa los informes estatales y de organizaciones sobre la implementación del convenio y emite recomendaciones, anualmente.

La última observación para Ecuador se registró en 2015.

El Convenio 169 busca promover las relaciones igualitarias en sociedades plurinacionales.

En Ecuador, sus derechos colectivos protegen la pervivencia de pueblos indígenas y afroecuatorianos: sus prioridades de vida, instituciones, gobierno propio, justicia, territorios ancestrales e integridad.

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Sin embargo, el informe señala que en la práctica ha existido una supuesta vulneración sistemáticamente de los derechos.

Supuestas violaciones sistemáticas a la consulta previa​


El tratado establece la participación significativa de los pueblos en decisiones estatales que puedan afectarlos.

Aunque la Constitución reconoce el derecho a la consulta previa y la jurisprudencia ha desarrollado el derecho al consentimiento, el informe sostiene que ambos han sido incumplidos.

Según el reporte, el Estado ecuatoriano:

  • Limita el ámbito de aplicación de las consultas.
  • Autoriza proyectos extractivos, petroleros, mineros, hidroeléctricos y agroindustriales sin consulta previa.
  • Aprueba normas que afectan a pueblos indígenas sin consulta prelegislativa, como leyes sobre áreas protegidas o transparencia social.

Estas acciones implican imposición estatal, desposesión de territorios y vulneración de derechos, empujando a comunidades indígenas y afrodescendientes a condiciones laborales precarias.

Contexto político tenso y conflictividad social​


El informe subraya que los derechos colectivos suelen ser incómodos para los gobiernos y que el contexto actual es especialmente delicado.

El documento hace mención del paro nacional que duró un mes, por las medidas económicas, “proyectos extractivos” y políticas de “seguridad” del presidente Daniel Noboa, marcado por confrontaciones con el movimiento indígena.

Organizaciones como el movimiento indígena de Cotopaxi declararon al presidente “persona no grata”, mientras que Noboa respondió que el territorio es uno solo y los amenazó con expulsión. La represión en protestas y acciones contra dirigentes se califican como particularmente violentas.

Recuerda que, el 16 de noviembre, la propuesta presidencial de convocar a una Asamblea Constituyente fue rechazada en consulta popular.

La defensa de los derechos colectivos fue uno de los argumentos principales para oponerse al proyecto, agrega.

Expectativa por las recomendaciones de la OIT​


El informe expone en detalle los supuestos incumplimientos históricos de varios gobiernos respecto al Convenio 169.

Recalca que, aunque la Constitución reconoce un amplio catálogo de derechos colectivos, estos no se reflejan plenamente en las situaciones más complejas de relación entre pueblos y Estado.

Las organizaciones esperan que el examen de la CEACR y sus recomendaciones sean una oportunidad para avanzar en derechos, evitando cualquier retroceso para los pueblos indígenas, afroecuatorianos y montubios del país.


  • Informe externo: OIT


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