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Mientras la PNC registra más de 800 conductores ebrios detenido, la reforma de “cero tolerancia al alcohol” avanza sin plazos claros
El departamento de Guatemala concentra una de cada cuatro capturas por conducir ebrio, mientras la reforma para endurecer los controles sigue sin una fecha definida.
Sandy Pineda
16 de julio de 2026
|
16:17h
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Autoridades atienden un accidente de tránsito ocurrido en la colonia Castillo Lara, zona 7, donde murieron dos personas y una más resultó herida. (Foto Prensa Libre: Erick Ávila)
El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC) confirmó que trabaja en una propuesta de reforma al Reglamento de Tránsito bajo una política de “cero tolerancia” al alcohol. Sin embargo, las autoridades evitaron precisar fechas o detallar la ruta del proyecto, limitándose a señalar que el borrador técnico se encuentra en un “90% de desarrollo” y que, tras ser finalizado, deberá ser remitido al Ministerio de Gobernación (Mingob) para su respectivo análisis en el área legal y posterior aprobación.
Este proceso sugiere que la obligatoriedad inmediata de las pruebas de alcoholemia seguirá postergada.
De acuerdo con estadísticas de la PNC, un total de 824 personas han sido capturadas a nivel nacional por conducir en estado de ebriedad en poco más del primer semestre, entre el 1 de enero y el 12 de julio de 2026.
El dato más alarmante se concentra en el departamento de Guatemala, que acumula 201 detenciones, representando casi la cuarta parte (el 24.39%) del total de capturados.
La urgencia de una normativa y de aplicación inmediata contrasta con la realidad operativa en las carreteras del país, indicó Amílcar Montejo, vocero de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de Guatemala.
Limitación del reglamento
Actualmente, el ordenamiento jurídico aborda la conducción bajo efectos de licor de manera predominantemente administrativa.
El artículo 40 bis de la Ley de Tránsito contempla multas que oscilan entre los Q5 mil y los Q25 mil, además de la retención y suspensión de la licencia de conducir.
No obstante, el marco legal vigente no cataloga la conducción en estado de ebriedad directamente como un delito penal, relegando la vía penal únicamente si se produce un siniestro con consecuencias colaterales graves.
Es un grado de tolerancia a decir de Montejo, quien señaló que la comuna capitalina es una de las instituciones que respalda firmemente un cambio estructural profundo.
La PMT de Guatemala aboga por una reforma que tipifique la conducción bajo efectos del alcohol directamente como un delito penal y, además, haga de carácter estrictamente obligatorio someterse a la prueba de alcoholemia, eliminando la posibilidad de que el conductor la rechace para evadir la justicia.
Un goteo constante de tragedias
La necesidad de estas reformas, según el portavoz de tránsito, se fundamenta en el repunte de siniestros viales que marcan la cotidianidad.
Aunque no es el eje central de la discusión administrativa, el deceso de Nidia Renata Bautista García, ocurrido el pasado 12 de julio tras 14 días de agonía tras ser arrollada por un conductor ebrio que intentó darse a la fuga en la zona 18, es el reflejo más crudo de las deficiencias normativas actuales.
Este caso coincide con el panorama que detalla el Boletín Estadístico del Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito (Onset) con datos hasta mayo pasado.
Según el informe, la siniestralidad vial en el país muestra un incremento interanual del 10%, registrando 1 mil 032 fallecidos y 4 mil 116 lesionados en ese período.
La vulnerabilidad de los motoristas —quienes representan el 50.95% del parque vehicular nacional— y la recurrencia de hechos durante fines de semana y horarios nocturnos (sábados y domingos concentran la mayor cantidad de percances). Los datos, según el portavoz, evidencian que el factor humano, catalizado por el licor, sigue cobrando vidas de forma sistemática.
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Disputa por capacidad operativa
A la par de la reforma de “cero tolerancia” estancada en el Ejecutivo, la regulación e inspección del tránsito diario enfrenta otro conflicto.
Roger Escalante, gerente de Emetra en Mixco, y Dalia Santos, portavoz de la PMT de Villa Nueva, coinciden en advertir que las modificaciones legales derivadas del Decreto 33-2024 (vigente desde finales de 2024) les restaron injerencia operativa al despojar a las municipalidades de la facultad de imponer multas en rutas de carácter nacional que atraviesan sus jurisdicciones, como la ruta Interamericana o la CA-9 Sur.
Santos matizó que, aunque las PMT locales mantienen el ordenamiento vial en pie, la falta de capacidad punitiva ha dejado estas carreteras nacionales expuestas a la irresponsabilidad de los infractores.
Respecto a este cuestionamiento, el Departamento de Tránsito de la PNC argumentó que las limitaciones de acción local responden estrictamente a la ley:
“Hay que recordar que en este tema las PMT pueden establecer operativos, pueden regular y apoyar la administración del tránsito y su competencia de sus diferentes sectores, mas no pueden imponer multas, obviamente por las modificaciones a la ley de tránsito y su reglamento según el decreto 33-2024”, puntualizó la entidad policial.
Para contrarrestar la falta de agentes y equipos señalada por las comunas en las rutas nacionales, Tránsito de la PNC informó que prevén la pronta incorporación de una nueva promoción de agentes, así como la adquisición de patrullas y motocicletas.
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