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Daniela Muñoz Solano
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El Ministerio de Educación Pública emitió el pasado viernes 3 de julio una directriz que restringe la libertad de las personas docentes para hablar de política en el aula o en otros espacios durante el desempeño de sus funciones.
Mediante la circular DM-CIR-0047-2026, el ministro Leonardo Sánchez junto con las viceministras María Alexandra Ulate (Académica) y Sofía Ramírez (Administrativa), emitió una serie de “lineamientos” sobre neutralidad político-electoral, prohibición de proselitismo y mediación pedagógica “objetiva” en centros educativos públicos.
El documento pretende, según escribieron los jerarcas, “recordar y precisar el deber de neutralidad
político-electoral y pedagógica que rige el funcionamiento de los centros educativos públicos, así como prevenir cualquier forma de proselitismo, propaganda, adoctrinamiento o utilización de estudiantes, personal, bienes, instalaciones, actos la oficiales, canales institucionales o actividades curriculares para fines ajenos al servicio educativo”.
Es pertinente recordar que esta disposición fue establecida por el mismo grupo que permitió que se realizaran actividades partidarias del oficial en escuelas y colegios durante la administración anterior, e incluso contrató al hoy diputado oficialista Robert Junior para dar charlas como parte de las actividades oficiales del MEP en centros educativos.
En la misiva el ministro explica que esta disposición no presenta una limitación al “análisis académico, histórico, cívico o crítico de temas políticos, sociales, económicos o institucionales previstos en el currículo nacional” abordaje legítimo cuando se realiza de forma apegada “a los planes y programas de estudio aprobados, mediante fuentes diversas, metodologías equilibradas, respeto a la pluralidad y promoción del pensamiento crítico del estudiantado”.
Sánchez recuerdan el documento que si bien el artículo 39 de la Ley Fundamental de Educación reconoce que ningún miembro del personal puede ser sancionado por la expresión de sus ideas políticas o religiosas, el mismo articulado “establece una prohibición expresa dentro de las instituciones de enseñanza: mantener discusiones o hacer propaganda sectaria o de política electoral”.
A continuación el jerarca procedió a prohibir que se realizara durante la jornada laboral o usando recursos institucionales toda propaganda político-electoral, partidaria, “sectaria” o de “captación ideológica” dirigida al estudiantado, al personal o a la comunidad educativa.
Asimismo se estableció la prohibición de utilizar las clases, tareas, pruebas, proyectos, exposiciones, actos cívicos, reuniones, pizarras, murales, carteles, uniformes, plataformas digitales, redes institucionales o cualquier otro medio del centro educativo para “favorecer o descalificar partidos políticos, candidaturas, precandidaturas, figuras públicas, movimientos electorales o posiciones sectarias”.
Nuevamente usando lenguaje que puede ser interpretado de forma laxa prohibió “inducir, solicitar o presionar” al estudiantado para participé en actividades políticas o político electorales como marchas, reuniones campañas y otras que calificó como “de naturaleza político-electoral o sectaria”.
Seguidamente se establece una prohibición de incorporar en la mediación pedagógica o en los instrumentos de evaluación cualquier contenido orientado “a confirmar una conclusión política predeterminada por el docente”, eso sí, sólo “cuando ello exceda o distorsione el currículo oficial”
Así mismo se prohíbe “usar” posición como antes para “para beneficiar o perjudicar a partidos políticos, candidaturas, movimientos o posiciones ideológicas” y se verá también la colocación o distribución de “propaganda electoral” en los centros y el ingreso o la permanencia de “personas externas en los centros educativos cuando el propósito de su visita consista en realizar propaganda, proselitismo político-partidario, captación o adoctrinamiento ideológico, o cualquier otra actividad incompatible con el principio de neutralidad político-electoral”.
Varias personas docentes (cuyos nombres no se dan a conocer para evitar represalias) alertaron a Universidad sobre este documento y sobre las preocupaciones que genera que se usa el lenguaje que puede ser interpretado de manera laxa por las autoridades para reprimir al personal que disienta con el gobierno de turno.
Más adelante en la misiva se establece la “mediación pedagógica permitida” y se restringe el estudio de regímenes políticos, procesos electorales, instituciones públicas, derechos humanos, participación ciudadana, ideologías, movimientos sociales, acontecimientos históricos o debates públicos solo a cuando “forme parte de los planes y programas de estudio vigentes y se ejecute bajo criterios de objetividad pedagógica”.
Para esto se le exige a los docentes ajustar su mediación a los aprendizajes esperados acorde con El currículo oficial, presentar “fuentes, ejemplos y perspectivas de manera plural, contextualizada y equilibrada, evitando la selección sesgada de materiales”, promover la deliberación y la formación del criterio propio del estudiantado, así como abstenerse de “imponer” su opinión personal.
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