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Fabiola Pomareda García
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El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el Instituto del Café de Costa Rica (Icafé), rechazaron los hallazgos de un reciente reporte sobre la situación laboral de los migrantes indígenas Ngäbe-Buglé en fincas cafetaleras de Coro Brus y alegaron que se extrapolaron “observaciones limitadas a un reducido número de fincas en Coto Brus a la totalidad de la industria nacional”.
El pasado 5 de agosto se publicó el reporte Behind Costa Rica’s ‘pura vida’: Bitter exploitation of Indigenous Migrants Harvesting Coffee (Detrás del “pura vida” en Costa Rica, explotación amarga de migrantes indígenas que cosechan café), realizado por la organización de vigilancia sin fines de lucro Coffee Watch.

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De acuerdo con el reporte, la producción cafetalera del país ha caído debido a los crecientes costos, la volatilidad del precio del café, la escasez de mano de obra y el cambio climático y que esto ha estimulado una dependencia abrumadora en trabajadores migrantes que laboran en jornadas laborales agotadoras, con bajos salarios, viviendo en “baches” insalubres, muchos de ellos sin electricidad ni agua potable, en Coto Brus.
Sin embargo, los ministerios citados afirmaron en un comunicado enviado el 7 de agosto que “el documento adolece de un severo quiebre metodológico, sesgos ideológicos, uso sistemático de narrativas emocionales y un desconocimiento patente de la arquitectura legal e institucional que protege a la población trabajadora en nuestro país”.
También respondieron que el reporte “carece de validez científica y rigor estadístico” y que “en lugar de sustentarse en un diseño muestral aleatorio y probabilístico, el estudio recurre a relatos anecdóticos, testimonios anónimos de organizaciones no identificadas y una marcada adjetivación efectista, como ‘explotación amarga’ y ‘trabajo brutal’, evidenciando un sesgo de confirmación preconcebido diseñado para suscitar indignación antes que para ofrecer un diagnóstico riguroso”.
Asimismo, los jerarcas plantearon que “las denuncias formuladas en la publicación se basan de forma exclusiva en la percepción informal de los entrevistados”.
“Tras un reporte sin solvencia técnica ni metodológica, subyace el intento de instrumentalizar la vulnerabilidad de las poblaciones indígenas para alimentar campañas de financiamiento internacional y lesionar la reputación comercial del café costarricense”, sostuvieron en el comunicado.
Según el MTSS, para la cosecha 2025-2026, el pago por cajuela alcanzó un promedio de ₡1.521,35, lo que está por encima del monto mínimo legal fijado por el MTSS, cuyo máximo fue de ₡1.184,10 por cajuela.
Sin embargo, como publicó UNIVERSIDAD, al consultar de forma específica si ha recibido denuncias sobre la situación descrita en el reporte, la Dirección Nacional de Inspección (DNI) del MTSS afirmó que recibió una denuncia relacionada con el sector cafetalero, la cual fue presentada en abril de este año y actualmente se encuentra en trámite.
“Al tratarse de un expediente en curso, no es posible brindar mayores detalles sobre su contenido, en resguardo del debido proceso y la confidencialidad de la investigación”, se indicó.
Por su parte, el Icafé afirmó a este medio que “no existe relación laboral entre un recolector y una persona productora” porque el Código Laboral establece que toda relación laboral requiere la presencia de la prestación de un servicio, remuneración y subordinación, y que en este caso la actividad tiene un “carácter impersonal e informal”.
Esta interpretación legal de Icafé se fundamenta, entre otras cosas en que hay una falta de arraigo porque el recolector “hoy recolecta en una finca, pero al día siguiente recolecta en la finca vecina”; no existe horario de entrada; la cultura dispone que la recolección puede ejercerla cualquier persona, sin perjuicio de edad; no hay una sujeción horaria; y no hay pago fijo (es consecuente a la cantidad de cajuelas), indicó la entidad.
Asimismo, el Icafé citó que los recolectores no perciben salario o sueldo, por lo que se excluyen de la obligación de aseguramiento ante la Caja y que existe una “absoluta ausencia de subordinación”.
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