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Pedro Da Ré, ABC TV
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El IPS informó a través de un comunicado público a sus jubilados y pensionados que el próximo 7 de septiembre de 2026 se inicia el Censo Digital de Actualización de Datos, un procedimiento obligatorio y gratuito que se extiende por un periodo de tres meses, hasta el 7 de diciembre de 2026.
Señalan que la realización del censo responde al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Nº 430/73, que establece la necesidad de mantener actualizados los datos de los jubilados y pensionados, que además forma parte del proceso de digitalización y modernización de los servicios del seguro social.
Explican que para actualizar la información se debe inscribir el domicilio, número telefónico, correo electrónico, estado civil y datos de familiares o herederos.
Sostienen que esto permitirá mejorar la comunicación y las notificaciones con los beneficiarios, facilitar el otorgamiento oportuno y seguro de las prestaciones, fortalecer los mecanismos de control y contribuir al resguardo de los recursos del Fondo Común de Jubilaciones y Pensiones.
Censo de jubilados del IPS: ¿cuándo comienza y cómo puedo completarlo?
Aseguran desde la previsional que la institución se encuentra actualmente preparando todos los mecanismos y herramientas digitales necesarios para la implementación del censo, con el objetivo de garantizar un proceso ágil, sencillo y seguro para los beneficiarios.
En los próximos días, el IPS brindará toda la información necesaria sobre el procedimiento, los pasos para realizar la actualización y los canales de asistencia habilitados.
Aclaran que las comunicaciones oficiales serán difundidas exclusivamente a través de los canales institucionales del IPS.
Recuerdan que todos los jubilados y pensionados deberán realizar la actualización de sus datos dentro del plazo establecido y especifican que el procedimiento será exclusivamente digital y no tendrá costo alguno.
Consejo del IPS aprueba censo digital para jubilados y pensionados
Señalan que esta modalidad busca facilitar el cumplimiento de la obligación legal, evitando traslados, gastos adicionales, impresiones y trámites en papel.
Afirman que el carácter digital del censo no significa que los jubilados y pensionados estarán solos durante el proceso, ya que el IPS prevé disponer diferentes canales de atención y asistencia para acompañar a quienes presenten dificultades en el uso de herramientas digitales o requieran ayuda para completar la actualización.
“El Instituto de Previsión Social recomienda a los beneficiarios aguardar la comunicación oficial sobre la habilitación del sistema y seguir únicamente la información difundida por los canales institucionales, a fin de realizar el trámite de manera segura”, concluye el comunicado.
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Señalan que la realización del censo responde al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Nº 430/73, que establece la necesidad de mantener actualizados los datos de los jubilados y pensionados, que además forma parte del proceso de digitalización y modernización de los servicios del seguro social.
Explican que para actualizar la información se debe inscribir el domicilio, número telefónico, correo electrónico, estado civil y datos de familiares o herederos.
Sostienen que esto permitirá mejorar la comunicación y las notificaciones con los beneficiarios, facilitar el otorgamiento oportuno y seguro de las prestaciones, fortalecer los mecanismos de control y contribuir al resguardo de los recursos del Fondo Común de Jubilaciones y Pensiones.
Censo de jubilados del IPS: ¿cuándo comienza y cómo puedo completarlo?
IPS prepara herramientas digitales
Aseguran desde la previsional que la institución se encuentra actualmente preparando todos los mecanismos y herramientas digitales necesarios para la implementación del censo, con el objetivo de garantizar un proceso ágil, sencillo y seguro para los beneficiarios.
En los próximos días, el IPS brindará toda la información necesaria sobre el procedimiento, los pasos para realizar la actualización y los canales de asistencia habilitados.
Aclaran que las comunicaciones oficiales serán difundidas exclusivamente a través de los canales institucionales del IPS.
Trámite es obligatorio, recuerdan
Recuerdan que todos los jubilados y pensionados deberán realizar la actualización de sus datos dentro del plazo establecido y especifican que el procedimiento será exclusivamente digital y no tendrá costo alguno.
Consejo del IPS aprueba censo digital para jubilados y pensionados
Señalan que esta modalidad busca facilitar el cumplimiento de la obligación legal, evitando traslados, gastos adicionales, impresiones y trámites en papel.
Afirman que el carácter digital del censo no significa que los jubilados y pensionados estarán solos durante el proceso, ya que el IPS prevé disponer diferentes canales de atención y asistencia para acompañar a quienes presenten dificultades en el uso de herramientas digitales o requieran ayuda para completar la actualización.
“El Instituto de Previsión Social recomienda a los beneficiarios aguardar la comunicación oficial sobre la habilitación del sistema y seguir únicamente la información difundida por los canales institucionales, a fin de realizar el trámite de manera segura”, concluye el comunicado.
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