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El proyecto de ley que elimina la prisión contra los alcaldes por mover partidas del presupuesto municipal fue aprobado de urgencia en el Senado pese a una advertencia previa de la Dirección Técnico Legislativa, que alertó sobre vacíos en el régimen sancionador y riesgos de inseguridad jurídica si la pieza se aprobaba sin consecuencias claras.
En un informe elaborado 24 días antes de la aprobación de la iniciativa de ley, la Dirección Técnico Legislativa del Senado observó que la expresión en el proyecto que dice que “su violación conlleva las sanciones administrativas que establezca la ley” era imprecisa, al no identificar de manera concreta qué normativa sería aplicable ni cuál autoridad sería competente para imponer dichas sanciones.
Con su planteamiento, los revisores técnicos del proyecto se refirieron específicamente al cambio más puntual en la pieza que modifica las penalidades de hasta cinco años de prisión contra los alcaldes que muevan fondos del presupuesto de una partida a otra y las sustituye por sanciones administrativas.
El órgano técnico advirtió que la falta de referencia normativa puede generar “inseguridad jurídica” y dificultades al momento de determinar el régimen sancionador correspondiente.
Incluso, la Dirección Técnico Legislativa fue más allá y concluyó que, debido a la imprecisión del mandato, la conducta de mover fondos en el presupuesto municipal no podía ser objeto de sanción administrativa, por lo que propuso que la infracción fuera conocida mediante un juicio político.
A pesar de estas observaciones, el proyecto fue aprobado por el Senado.
La iniciativa modifica el artículo 21 de la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, y establece nuevos porcentajes para la distribución del presupuesto municipal, incluyendo hasta un 75 % para gastos corrientes y al menos un 25 % para inversión y capital.
El proyecto aprobado elimina las sanciones de hasta cinco años de prisión que contemplaba la legislación vigente, promulgada en el 2007 y modificada en el 2025, que establecía penas de dos a cinco años de prisión, multas e inhabilitación para el servicio público en caso de violación a los límites presupuestarios, sustituyéndolas ahora por sanciones de carácter administrativo, como la destitución del alcalde.
Actualmente, la iniciativa se encuentra en estudio en una comisión de la Cámara de Diputados, donde deberá ser analizada antes de ser conocida por el pleno.
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Congreso Nacional
Cuando el proyecto se aprobó de urgencia y en dos sesiones consecutivas, el pasado ocho de enero, fue objeto de múltiples críticas por el cambio de sanciones penales a sanciones administrativas.
Ante las quejas, el presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y el presidente de la Liga Municipal Dominicana, Nelson Núñez y Víctor D’Aza, respectivamente, explicaron que las sanciones serán impuestas conforme a la Constitución y al nuevo Código Penal, que contempla la destitución de funcionarios municipales que incumplan la ley.
Los funcionarios afirmaron que la modificación no despenaliza la falta ni elimina las consecuencias.
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En un informe elaborado 24 días antes de la aprobación de la iniciativa de ley, la Dirección Técnico Legislativa del Senado observó que la expresión en el proyecto que dice que “su violación conlleva las sanciones administrativas que establezca la ley” era imprecisa, al no identificar de manera concreta qué normativa sería aplicable ni cuál autoridad sería competente para imponer dichas sanciones.
Mover presupuesto
Con su planteamiento, los revisores técnicos del proyecto se refirieron específicamente al cambio más puntual en la pieza que modifica las penalidades de hasta cinco años de prisión contra los alcaldes que muevan fondos del presupuesto de una partida a otra y las sustituye por sanciones administrativas.
El órgano técnico advirtió que la falta de referencia normativa puede generar “inseguridad jurídica” y dificultades al momento de determinar el régimen sancionador correspondiente.
Juicio político
Incluso, la Dirección Técnico Legislativa fue más allá y concluyó que, debido a la imprecisión del mandato, la conducta de mover fondos en el presupuesto municipal no podía ser objeto de sanción administrativa, por lo que propuso que la infracción fuera conocida mediante un juicio político.
A pesar de estas observaciones, el proyecto fue aprobado por el Senado.
La iniciativa modifica el artículo 21 de la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, y establece nuevos porcentajes para la distribución del presupuesto municipal, incluyendo hasta un 75 % para gastos corrientes y al menos un 25 % para inversión y capital.
El proyecto aprobado elimina las sanciones de hasta cinco años de prisión que contemplaba la legislación vigente, promulgada en el 2007 y modificada en el 2025, que establecía penas de dos a cinco años de prisión, multas e inhabilitación para el servicio público en caso de violación a los límites presupuestarios, sustituyéndolas ahora por sanciones de carácter administrativo, como la destitución del alcalde.
Actualmente, la iniciativa se encuentra en estudio en una comisión de la Cámara de Diputados, donde deberá ser analizada antes de ser conocida por el pleno.
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Ante las quejas, el presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y el presidente de la Liga Municipal Dominicana, Nelson Núñez y Víctor D’Aza, respectivamente, explicaron que las sanciones serán impuestas conforme a la Constitución y al nuevo Código Penal, que contempla la destitución de funcionarios municipales que incumplan la ley.
Los funcionarios afirmaron que la modificación no despenaliza la falta ni elimina las consecuencias.
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