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Gladys Rivadeneira
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El presidente Daniel Noboa, a través del Decreto Ejecutivo 268, aprobó las zonas de seguridad del Estado de Frontera y las Áreas Reservadas de Seguridad que estarán bajo el control de las Fuerzas Armadas, este lunes 29 de diciembre de 2025.
Tras una reunión del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe), el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 268, mediante el cual se aprueban las Zonas de Seguridad del Estado de Frontera y las Áreas Reservadas de Seguridad que estarán bajo el control de las Fuerzas Armadas en los espacios terrestre, marítimo y aéreo.
Estas zonas se detallan en el Anexo “B”, documento clasificado como secreto para uso de las Fuerzas Armadas y presentado en la sesión No. 62 del Cosepe.
El decreto también aprueba las Regulaciones Especiales y Normas Generales de Aplicación, conforme consta en el Anexo “A”, documento desclasificado y presentado en la misma sesión No. 62 del Consejo de Seguridad Pública y del Estado.
Asimismo, se aprueba el Concepto Estratégico de las Zonas de Seguridad del Estado, junto con las especificaciones y ubicación de dichas zonas, contenidos en el Anexo “B” y sus respectivos apéndices, igualmente clasificados para uso de las Fuerzas Armadas.
El Ministerio de Economía y Finanzas será el responsable de la revisión, planificación y asignación presupuestaria necesaria para cumplir con los propósitos establecidos en el Decreto Ejecutivo 269.
En una disposición adicional, se encarga a la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado y al Ministerio de Defensa Nacional la difusión del Anexo “A”.
Esta difusión será en todas las instituciones públicas y privadas que operan en las áreas reservadas de seguridad y zonas de frontera.
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Las zonas de seguridad del Estado de frontera bajo control militar, aprobadas por Daniel Noboa
Tras una reunión del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe), el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 268, mediante el cual se aprueban las Zonas de Seguridad del Estado de Frontera y las Áreas Reservadas de Seguridad que estarán bajo el control de las Fuerzas Armadas en los espacios terrestre, marítimo y aéreo.
Estas zonas se detallan en el Anexo “B”, documento clasificado como secreto para uso de las Fuerzas Armadas y presentado en la sesión No. 62 del Cosepe.
Regulaciones especiales y concepto estratégico
El decreto también aprueba las Regulaciones Especiales y Normas Generales de Aplicación, conforme consta en el Anexo “A”, documento desclasificado y presentado en la misma sesión No. 62 del Consejo de Seguridad Pública y del Estado.
Asimismo, se aprueba el Concepto Estratégico de las Zonas de Seguridad del Estado, junto con las especificaciones y ubicación de dichas zonas, contenidos en el Anexo “B” y sus respectivos apéndices, igualmente clasificados para uso de las Fuerzas Armadas.
Asignación presupuestaria y difusión institucional
El Ministerio de Economía y Finanzas será el responsable de la revisión, planificación y asignación presupuestaria necesaria para cumplir con los propósitos establecidos en el Decreto Ejecutivo 269.
En una disposición adicional, se encarga a la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado y al Ministerio de Defensa Nacional la difusión del Anexo “A”.
Esta difusión será en todas las instituciones públicas y privadas que operan en las áreas reservadas de seguridad y zonas de frontera.
- Informe extra: Daniel Noboa
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