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Agencia Peruana de Noticias Andina
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que cumplan una jornada mínima de 4 horas diarias, en promedio, tendrán derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
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