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Vinicio Chacón Soto
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Este lunes por unanimidad las magistraturas de la Corte Suprema de Justicia por unanimidad rechazaron una gestión planteada por las personas profesionales en sicología forense y psiquiatría del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), para cumplir parte de su jornada laboral mediante teletrabajo.
Según se explicó en la sesión de Corte Plena, la idea planteada consistió en que esas personas profesionales durante la mañana atiendan a pacientes, para después del medio día ejercer teletrabajo para cumplir con la elaboración y presentación de los dictámenes correspondientes.
Según explicó Luis Ardón, secretario general de la Corte, en sesión del 1 de junio se conoció varios informes de dependencias del Poder Judicial al respecto y se planteó la necesidad de conocer la posición del director general del OIJ, Michael Soto, quien participó de la sesión de es este lunes precisamente de manera virtual.
Soto explicó que la propuesta enfrenta una limitación normativa, pues el Reglamento que regula el teletrabajo en el Poder Judicial “establece que no hay posibilidad de fraccionamiento” del tiempo, además de que la propuesta genera dudas, por ejemplo, al tiempo que puede consumir el desaplazamiento de las personas y el cumplimiento de la hora de almuerzo.
También planteó la incógnita de cómo se debería proceder si un caso en particular se alarga más allá de la hora en que el perito debía irse a teletrabajar.
“Creo que el espíritu del Reglamento del teletrabajo es bastante claro, en el sentido de que no se permite el fraccionamiento”, reiteró y observó que el Consejo Superior del Poder Judicial en la sesión del 11 de julio 2024 rechazó una gestión en esa misma línea.
El magistrado Jorge Olaso (Sala II) apoyó la posición de Soto y además citó el artículo 3 de la Ley para regular el Teletrabajo (No. 9738), que al definirlo establece que se ejerce “sin afectar el normal desempeño de otros puestos, de los procesos y de los servicios que se brindan”.
Añadió que según esa misma norma, este grupo de profesionales no calificarían dentro de la clasificación de teletrabajo itinerante. También adujo que la pretensión riñe con el Reglamento a la Ley 9738.
La magistrada Julia Varela (Sala II) también intervino para plantear la necesidad de una “revisión del Reglamento de Teletrabajo”, por ejemplo ante el “posible teletrabajo internacional”. Ya al referirse a esta solicitud puntual, expresó que “si bien es cierto en este momento la reglamentación no parece dar margen a ello, la situación no es que va a quedar cerrada la posibilidad a futuro, porque sino se vacía de alguna manera de contenido el espíritu del artículo 3 de la Ley de Teletrabajo”.
Varela preguntó a Soto, respecto a los profesionales que plantean esta gestión, “¿qué parte del trabajo es propiamente de hacer informes?”, algo que según consideró “sí pueden hacerlo fuera de la institución” durante las tardes, luego de haber cumplido durante las mañanas con el trabajo presencial de atención a pacientes.
Soto explicó que en efecto ese es el planteamiento propuesto, pero planteó “¿qué pasa si en la tarde se requiere un perito? y si ellos están en la casa, ¿qué posibilidad tiene de regresarse para darle continuidad del servicio?”.
Además advirtió que “esto podría abrir a otras áreas de la institución a que soliciten este tipo de teletrabajo”.
Posteriormente el magistrado presidente de la Corte, Orlando Aguirre, solicitó al Secretario de la Corte citar una antecedente ya visto en Corte Plena sobre el tema.
Ardón detalló que el año pasado se vio una iniciativa similar planteada por el Tribunal Contencioso Administrativo, que solicitó hacer media jornada bajo la modalidad de teletrabajo. Recordó que la Corte rechazó esa solicitud por unanimidad “por considerar que este supuesto no se encontraba dentro de los casos previstos” en el Reglamento que regula el teletrabajo en el Poder Judicial.
Así las cosas, tal como se indicó la gestión fue rechazada, de nuevo por unanimidad.
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