CC ampara a AGER y ordena a Arévalo intervenir en proceso de consulta sobre hidroeléctrica Palo Viejo

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Fachada de la Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala

Justicia

CC ampara a AGER y ordena a Arévalo intervenir en proceso de consulta sobre hidroeléctrica Palo Viejo

La CC otorgó un amparo a la AGER y ordenó al presidente Bernardo Arévalo ejercer su función jerárquica por la consulta del proyecto hidroeléctrico Palo Viejo.​

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César Pérez Marroquín y Douglas Cuevas


16 de julio de 2026

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La CC otorgó un amparo provisional a AGER y ordenó al presidente Bernardo Arévalo ejercer su función jerárquica sobre el Ministerio de Energía y Minas por la consulta del proyecto hidroeléctrico Palo Viejo. (Foto Hemeroteca PL)​


La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un amparo provisional a la Asociación de Generadores de Energía Renovable (AGER) y ordenó al presidente Bernardo Arévalo ejercer las facultades jerárquicas que la Constitución y la ley le confieren sobre el Ministerio de Energía y Minas (MEM), en relación con el procedimiento de consulta al pueblo maya ixil de San Juan Cotzal, Quiché, por el proyecto hidroeléctrico Palo Viejo.

El amparo fue promovido contra el Acuerdo Ministerial 145-2026/SG, emitido por el MEM, mediante el cual se establecieron las pautas para efectuar una consulta al pueblo maya ixil sobre el proyecto hidroeléctrico Palo Viejo, ubicado en San Juan Cotzal, Quiché, y en operación desde el 2012.

La resolución aclara que el amparo provisional no constituye un pronunciamiento sobre el fondo del caso ni anticipa criterio respecto de la constitucionalidad o legalidad del acuerdo ministerial, sino que representa una medida cautelar para preservar la eficacia de la sentencia definitiva.

Por esa razón, la CC ordenó al presidente Arévalo ejercer las facultades jerárquicas que la Constitución y la ley le confieren respecto del ministro de Energía y Minas, con el propósito de garantizar que las actuaciones administrativas relacionadas con el procedimiento cuestionado se desarrollen conforme al orden constitucional y legal vigente.


También se señala que el proyecto hidroeléctrico Palo Viejo cuenta con autorizaciones administrativas otorgadas con anterioridad, aspecto que deberá ser valorado cuando la Corte emita la resolución definitiva.

Acuerdo suspendido​


El Acuerdo Ministerial 145-2026/SG fue publicado el 27 de abril del 2026 en el Diario de Centro América. El documento establece las reglas generales para desarrollar la consulta al pueblo maya ixil de San Juan Cotzal sobre el proyecto hidroeléctrico Palo Viejo.

El acuerdo indica que la consulta busca restituir el derecho del pueblo maya ixil a expresar su opinión y alcanzar acuerdos vinculantes sobre las consecuencias, riesgos, medidas de mitigación, reparación, compensación o participación en los beneficios derivados de la instalación y operación del proyecto.

Como antecedente, el 8 de julio la Corte de Constitucionalidad otorgó un amparo provisional a Empresa Agrícola San Francisco Cotzal, S. A.; Agrícola Cafetalera Palo Viejo, S. A., y José Antonio Sánchez Boche, resolución con la que suspendió provisionalmente la aplicación del acuerdo ministerial.


Además, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) y la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) también han promovido acciones para que el acuerdo sea declarado inconstitucional.

El amparo otorgado contra el presidente Bernardo Arévalo por una consulta comunitaria fue por mayoría de 4/1. El voto razonado del magistrado Molina Barreto explica que este tipo de procedimientos deben ser antes que el proyecto en cuestión ya esté en marcha. pic.twitter.com/W4JHCeM1WP

— Douglas Cuevas (@dcuevas_pl) July 16, 2026
La @CC_Guatemala otorga amparo a Asociación de Generadores de Energía Renovable y ordena al presidente @BArevalodeLeon ejercer su función jerárquica. El amparo es contra un acuerdo que llama a consulta por un proyecto hidroeléctrico. Votos a favor: Lemus, Molina, Ochoa y Rivera.

— Douglas Cuevas (@dcuevas_pl) July 16, 2026

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