Bernardo Arévalo sanciona la Ley General del Sistema Portuario Nacional

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Bernardo Arévalo sanciona la Ley General del Sistema Portuario Nacional

El presidente Bernardo Arévalo sancionó el Decreto 20-2026, Ley General del Sistema Portuario Nacional.​

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Óscar García


2 de septiembre de 2026

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07:18h






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El presidente Bernardo Arévalo sancionó la Ley de Puertos. (Foto Prensa Libre: Cortesía EPQ)​


El Congreso de la República publicó este martes 2 de septiembre, en el Diario de Centro América, el Decreto 20-2026, Ley General del Sistema Portuario Nacional, sancionado por el presidente Bernardo Arévalo.

Según el decreto, la ley tiene por objeto establecer el marco jurídico para la organización, regulación, planificación, desarrollo, administración y supervisión del Sistema Portuario Nacional.

El fin es garantizar su funcionamiento eficiente, seguro, competitivo y sostenible.

La ley regula las competencias de la autoridad rectora y los derechos y obligaciones de los actores públicos y privados que integran el sistema.

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Además, establece los procedimientos para el desarrollo de infraestructura y superestructura portuaria, la prestación de servicios comerciales y logísticos portuarios, los proyectos de soporte a la actividad portuaria y las actividades complementarias a los servicios comerciales portuarios.

También establece las condiciones para fomentar la inversión pública y privada bajo los principios establecidos en la ley.

Para leer más: “Se necesita voluntad política para ejecutar la ley de puertos”

El decreto señala que la estructuración, planificación, desarrollo, construcción, reconstrucción, mantenimiento, rehabilitación, operación y ampliación de las instalaciones portuarias, así como el desarrollo de actividades portuarias y complementarias, se declaran de interés nacional y utilidad pública, con el objetivo de asegurar de forma continua la prestación y el mejoramiento del servicio comercial portuario y contribuir al desarrollo económico y social de la Nación.

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El decreto fue aprobado con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República y entrará en vigor 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.

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