TSE reitera que fiscales de partidos políticos tienen prohibido asistir en su voto a adultos mayores o personas con discapacidad

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Fabiola Pomareda García

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aclaró que está prohibido que los fiscales de los partidos políticos intervengan como “voto asistido” para aquellos votantes adultos mayores o con alguna discapacidad.

El “voto asistido” es una opción dirigida a las personas que tienen dificultades para votar por sí solas dentro del recinto secreto y busca garantizar que todas las personas puedan ejercer su derecho al voto de forma autónoma, secreta y libre.

Esto se basa en el artículo 181 del Código Electoral, que establece que el TSE debe tomar las medidas necesarias para facilitar el voto de las personas que lo requieran, procurando siempre proteger la libertad del sufragio y, en lo posible, el carácter secreto del voto.

Sin embargo, el TSE reiteró hoy que “los fiscales de los partidos políticos tienen prohibido intervenir en el voto asistido”. “Esta medida busca garantizar la libertad del sufragio, en especial para las personas adultas mayores o con alguna discapacidad”, destacó el TSE.

Lo anterior está regulado en el artículo 31 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Nacionales de 2026, que regula estas formas de votación y establece que la persona que asista al elector no puede ser fiscal de un partido político.

Además, las Juntas Receptoras de Votos (JRV) pueden negar el “voto asistido” si consideran que el elector puede votar de manera independiente, y deben denunciar cualquier posible abuso. “El incumplimiento de estas normas puede implicar la revocatoria inmediata de credenciales y otras sanciones legales”,señaló el Tribunal.

Sólo un familiar o persona cuidadora

Aquellas personas que tengan dificultades para votar por sí mismas, podrán optar, “de forma excepcional”, por el «voto asistido» o el «voto público»; pero esto deberá ser valorado previamente por la JRV.

En el caso del “voto asistido”, el elector ingresará al recinto secreto con una persona costarricense, mayor edad y de su confianza (puede ser un familiar directo o persona cuidadora) quien únicamente podrá marcar la opción indicada por la voluntad del elector (a). Esa persona no podrá ser fiscal de ningún partido político.

En el caso del “voto público”, el elector manifestará su voluntad de votar de esa forma y quien preside la JRV marcará las papeletas conforme a lo expresado por el elector.

El TSE pondrá a disposición de las 7.154 JRV diversos productos de apoyo, como lupas, crayones con cobertor, mamparas móviles, fichas de comunicación para personas con discapacidad auditiva, plantillas Braille para personas con discapacidad visual, guías para firmar en el padrón y superficies antideslizantes para sujetar la papeleta, se informó.

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