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Boris Gongora
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El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, señaló este miércoles que la posición del Órgano Electoral no ha cambiado desde un inicio y que todo partido político que no haya alcanzado el 3% de los votos válidos debe perder su personería jurídica.
En las elecciones generales del 17 de agosto de 2025, Acción Democrática Nacionalista (ADN) y Unidad Cívica Solidaridad (UCS) no lograron el 3% de los votos válidos, motivo por el cual el TSE inició el trámite de cancelación de sus personerías jurídicas.
Sin embargo, ambas organizaciones políticas interpusieron acciones constitucionales que frenaron temporalmente la ejecución de esa resolución. En los últimos días, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se pronunció en contra de ADN, lo que permitió que el trámite de cancelación continúe, mientras que aún se aguarda una decisión respecto a UCS.
“Estamos a la espera de la respuesta del Tribunal Constitucional en el caso de UCS”, señaló Ávila en conferencia de prensa.
Lea más: Órgano Electoral sorteará el viernes la ubicación de las franjas en la papeleta
El titular del TSE recordó que el proceso de cancelación de la personería jurídica de ADN y UCS fue iniciado en agosto del año pasado, luego de que ambas siglas no alcanzaran el 3% de votación en la primera vuelta de las elecciones generales.
Indicó que desde ese momento ambas organizaciones conocían de manera clara y formal la determinación del TSE de cumplir la normativa vigente y proceder con la cancelación de su personería jurídica. No obstante, explicó que la presentación de acciones de inconstitucionalidad obligó al TSE a remitir la documentación al Tribunal Constitucional, lo que paralizó el proceso conforme a la ley.
Ávila precisó que, dado que el TCP únicamente se ha pronunciado sobre ADN, el TSE se vio obligado a emitir una determinación solo respecto a esa organización política.
“Seguramente en las próximas horas o días, cuando el Tribunal Constitucional se pronuncie, analizaremos y nos referiremos al tema de UCS. Ustedes comprenderán que el auto constitucional emitido por el Tribunal Constitucional se refiere única y exclusivamente a ADN”, afirmó.
Respecto a la inhabilitación de los partidos que conformaban alianzas con ADN, Ávila reiteró que desde 2025 esta sigla tenía pendiente un trámite de cancelación de personería jurídica, por lo que la decisión del TSE se basa estrictamente en los resultados de la primera vuelta electoral.
“Cuando el Tribunal Electoral se encontraba realizando este trámite, la organización política recurrió al Tribunal Constitucional. No fue el Tribunal Supremo Electoral, sino ADN. Eso hizo que se paralice nuestra determinación, tal como establece la norma”, explicó.
El Ávila reiteró que la pasada semana el TCP notificó al TSE y ordenó proseguir con la cancelación de la personería jurídica, motivo por el cual la Sala Plena determinó de inmediato la cancelación de la personería jurídica de ADN.
Esta decisión implica que al perder su personería jurídica, también quedan automáticamente canceladas todas las alianzas que se hubieran conformado con esta organización política.
The post TSE recuerda que partidos que no logren el 3% deben perder su personería jurídica appeared first on La Razón.
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En las elecciones generales del 17 de agosto de 2025, Acción Democrática Nacionalista (ADN) y Unidad Cívica Solidaridad (UCS) no lograron el 3% de los votos válidos, motivo por el cual el TSE inició el trámite de cancelación de sus personerías jurídicas.
Sin embargo, ambas organizaciones políticas interpusieron acciones constitucionales que frenaron temporalmente la ejecución de esa resolución. En los últimos días, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se pronunció en contra de ADN, lo que permitió que el trámite de cancelación continúe, mientras que aún se aguarda una decisión respecto a UCS.
“Estamos a la espera de la respuesta del Tribunal Constitucional en el caso de UCS”, señaló Ávila en conferencia de prensa.
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El titular del TSE recordó que el proceso de cancelación de la personería jurídica de ADN y UCS fue iniciado en agosto del año pasado, luego de que ambas siglas no alcanzaran el 3% de votación en la primera vuelta de las elecciones generales.
Indicó que desde ese momento ambas organizaciones conocían de manera clara y formal la determinación del TSE de cumplir la normativa vigente y proceder con la cancelación de su personería jurídica. No obstante, explicó que la presentación de acciones de inconstitucionalidad obligó al TSE a remitir la documentación al Tribunal Constitucional, lo que paralizó el proceso conforme a la ley.
Ávila precisó que, dado que el TCP únicamente se ha pronunciado sobre ADN, el TSE se vio obligado a emitir una determinación solo respecto a esa organización política.
“Seguramente en las próximas horas o días, cuando el Tribunal Constitucional se pronuncie, analizaremos y nos referiremos al tema de UCS. Ustedes comprenderán que el auto constitucional emitido por el Tribunal Constitucional se refiere única y exclusivamente a ADN”, afirmó.
Respecto a la inhabilitación de los partidos que conformaban alianzas con ADN, Ávila reiteró que desde 2025 esta sigla tenía pendiente un trámite de cancelación de personería jurídica, por lo que la decisión del TSE se basa estrictamente en los resultados de la primera vuelta electoral.
“Cuando el Tribunal Electoral se encontraba realizando este trámite, la organización política recurrió al Tribunal Constitucional. No fue el Tribunal Supremo Electoral, sino ADN. Eso hizo que se paralice nuestra determinación, tal como establece la norma”, explicó.
El Ávila reiteró que la pasada semana el TCP notificó al TSE y ordenó proseguir con la cancelación de la personería jurídica, motivo por el cual la Sala Plena determinó de inmediato la cancelación de la personería jurídica de ADN.
Esta decisión implica que al perder su personería jurídica, también quedan automáticamente canceladas todas las alianzas que se hubieran conformado con esta organización política.
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