Tribunal Ambiental ordena a Hotel RIU restaurar manglar en playa Matapalo y eliminar infraestructura en cauce de quebrada

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Fabiola Pomareda García

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El Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) declaró con lugar una denuncia contra la empresa SF Costa Rica Hotelera de Guanacaste S.A. por la afectación del ecosistema de manglar en la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) y por la modificación del cauce de una quebrada y su área de protección durante la construcción del Hotel RIU en playa Matapalo, en el Golfo de Papagayo (Guanacaste).

La resolución 1403-2025-TAA, emitida el 25 de noviembre por el Tribunal Ambiental, declaró con lugar la denuncia contra la compañía SF Costa Rica Hotelera de Guanacaste S.A. y la sociedad Yitzak Investments (encargada de la remoción de tierra durante la construcción del hotel) “por alteración y eliminación de vegetación arbórea y arbustiva dentro de la zona pública, en dos sectores: uno de 6.994 metros cuadrados y otro de 5.960 metros cuadrados”. Además, declaró con lugar la denuncia por la eliminación y relleno de un manglar de 8.233 metros cuadrados.

El TAA ordenó a estas empresas eliminar el relleno devolviendo la ZMT a su estado original y la recuperación del ecosistema de manglar, para lo cual les dio un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación de la resolución para presentar un cronograma de ejecución.

El TAA también declaró con lugar la denuncia contra las citadas empresas por “la modificación del curso de una quebrada sin nombre y la afectación del área de protección de dicha quebrada, que desembocaba en la zona pública” de la ZMT.

Ante esto, el TAA ordenó a las empresas “eliminar la infraestructura que se encuentra en el cauce de la quebrada y en su área de protección, devolviendo el cauce a su estado original” y realizar un plan de reforestación con especies nativas, para lo cual les dio un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación de la resolución para presentar un plan de ejecución.

Una construcción polémica

El complejo hotelero Hotel RIU se inauguró el 30 de octubre de 2009 en playa Matapalo, en Sardinal, cantón de Carrillo, en medio de polémica por la denuncia de supuestos daños ambientales por parte de la Asociación Confraternidad Guanacasteca.

Además de la denuncia ante el TAA interpuesta el 11 de noviembre de 2009 por Gadi Amit, de Confraternidad Guanacasteca, a la que se sumó el Estado costarricense y el fallecido ecologista Juan Figuerola, también se llevó a cabo un proceso judicial contra el Hotel RIU. Sin embargo, en 2022 se llegó a una conciliación entre el Estado y la empresa en el proceso penal por el presunto daño ambiental en el terreno donde se construyó el complejo hotelero.

Cabe mencionar que tras de que el Tribunal tardó una década investigando los presuntos delitos ambientales contra el Hotel RIU, éste estuvo desintegrado durante ocho meses -entre abril y octubre de 2024 – durante la actual administración.

La Asociación Confraternidad Guanacasteca difundió un pronunciamiento en el que celebró la resolución del TAA. “Tras 15 años de dura lucha, el Tribunal Ambiental, reconoció la verdad de nuestras denuncias (…). Estaremos vigilantes del correcto cumplimiento de lo ordenado por el TAA. En lo penal ya habían reconocido otros daños ambientales”.

Ordenan eliminar infraestructura en cauce de quebrada

De acuerdo con la resolución, un Informe de Inspección realizado el 21 de abril de 2009, suscrito por Jacklyn Rivera Wong, del Programa Nacional de Humedales del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), concluyó que el área donde se ubica el Hotel RIU Costa Rica y demás edificaciones “corresponde a área de bosque según antecedentes fotográficos y mapas de cobertura forestal, por lo que se cometió un cambio de uso de suelo para el área de desarrollo del proyecto”.

La resolución también cita un oficio del 2 de febrero de 2010, del Área de Conservación Tempisque (ACT) del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) (ACT-AP-SIG-12), que certifica que “se constató la eliminación y relleno de un manglar de 8.233 metros cuadrados” y la eliminación de los mojones que delimitaban parte de este manglar, así como la eliminación de vegetación arbórea, Patrimonio Natural del Estado (PNE), dentro de la zona pública.

Esta información fue corroborada por otro oficio de la oficina subregional Santa Cruz de la ACT el 9 de marzo de 2010.

Por otra parte, el informe de Rivera Wong, también resaltó que “se dio una modificación de un cuerpo de agua que llega al manglar y la afectación del área de protección de dicho cuerpo de agua”, según el Expediente 174-09-03-TAA.

A esto se suma un informe de la Dirección de Aguas del Minae del 12 de febrero de 2024 (DA-UHTPNOL-0118-2024), que afirma que “consta un cauce de dominio público de tipo quebrada, el cual está atravesando construcciones en la actualidad (…) y se desprende que dicha construcción es el Hotel RIU”.

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Figura incluida en el informe DA-UHTPNOL-0118-2024

Según la resolución del TAA, el informe afirma que el punto 2 de la figura 2 corresponde a la quebrada sin nombre, un cauce de dominio público, y su parte baja estaría atravesando construcciones en la actualidad; el punto 4 corresponde a la quebrada Huesera; y el punto 6 se dictamina como una quebrada de carácter intermitente.

El abogado Bernal Gamboa, a cargo de la representación legal de Confraternidad Guanacasteca, explicó a este medio que ese dictamen de la Dirección de Aguas del Minae de 2024 confirmó la existencia de la quebrada que alimentaba el manglar. “Era muy difícil reconocer el daño al humedal sin reconocer el daño a la quebrada porque de forma natural el humedal ocupa el agua dulce de la quebrada para poder hacer el efecto del agua salobre de los humedales”.

“El nuevo dictamen sí dice que efectivamente hubo un desvío de la quebrada y que la quebrada pasaba justo donde está el primer edificio del RIU”, dijo Gamboa.

Hotel RIU: “Resolución todavía no está en firme”

La compañía RIU Hotels & Resorts manifestó en un comunicado remitido a UNIVERSIDAD “su absoluto respeto por la institucionalidad costarricense y por las resoluciones emitidas por las instancias administrativas competentes, en el marco del Estado de Derecho que caracteriza al país”.

“La empresa ha sido notificada de la resolución emitida dentro del proceso ante el Tribunal Administrativo y, si bien se respeta formalmente lo dispuesto por dicha instancia, se gestionarán todos los recursos legales y procesales para defender la verdad real y los intereses de la empresa, pues esta resolución todavía no está en firme”, afirmó.

“RIU reitera que todo lo construido con relación a los hechos denunciados, siempre se llevó a cabo contando con todas las autorizaciones legales y ambientales necesarias. La empresa confía en que el proceso permitirá una revisión objetiva, técnica y completa de los hechos”, se añadió.

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Manglar en playa Matapalo. (Foto: Asociación Confraternidad Guanacasteca)

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