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Giovanna Alvear
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La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) alertó sobre la difusión masiva de un archivo viral llamado Lista de Infieles Ecuador. Este documento circula en redes sociales, plataformas de mensajería y enlaces públicos.
Cualquier usuario puede subir información sin verificación ni cumplimiento de las condiciones legales del tratamiento de datos personales, previstas en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
La entidad advirtió que esta práctica representa un riesgo grave para los derechos y libertades de los ciudadanos. Los listados anónimos y colaborativos exponen datos de forma indebida y vulneran el derecho a la protección de información personal. La SPDP explicó que el carácter “viral” o supuestamente recreativo del archivo no elimina responsabilidades ni las consecuencias legales por su uso y difusión.
La institución analiza el alcance, impacto y origen del archivo. Este proceso busca identificar a posibles responsables por la circulación del contenido. La SPDP actúa dentro de sus competencias legales para determinar los hechos y aplicar las medidas correspondientes.
La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales contempla infracciones cuando los responsables no garantizan la confidencialidad o cuando se divulgan datos sin autorización.
Los artículos 68, 70 y 76 de la norma regulan la obligación de custodiar, manejar y difundir información bajo parámetros de seguridad.
La Superintendencia de Protección de Datos puede auditar, investigar y sancionar estas vulneraciones, incluso en documentos digitales editados de forma anónima.
La SPDP pidió a la ciudadanía no participar en estas dinámicas. Solicitó evitar el reenvío, la consulta o el aporte de información. La entidad enfatizó que la protección de datos personales constituye un deber colectivo y una obligación legal. Señaló que, en un entorno digital donde los contenidos se viralizan de forma inmediata, resulta esencial actuar con responsabilidad, frenar la propagación de materiales que afecten a terceros y promover una cultura de respeto a los datos personales.
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Cualquier usuario puede subir información sin verificación ni cumplimiento de las condiciones legales del tratamiento de datos personales, previstas en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
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La entidad advirtió que esta práctica representa un riesgo grave para los derechos y libertades de los ciudadanos. Los listados anónimos y colaborativos exponen datos de forma indebida y vulneran el derecho a la protección de información personal. La SPDP explicó que el carácter “viral” o supuestamente recreativo del archivo no elimina responsabilidades ni las consecuencias legales por su uso y difusión.
Evaluación de la difusión de nombres de infieles
La institución analiza el alcance, impacto y origen del archivo. Este proceso busca identificar a posibles responsables por la circulación del contenido. La SPDP actúa dentro de sus competencias legales para determinar los hechos y aplicar las medidas correspondientes.
La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales contempla infracciones cuando los responsables no garantizan la confidencialidad o cuando se divulgan datos sin autorización.
Los artículos 68, 70 y 76 de la norma regulan la obligación de custodiar, manejar y difundir información bajo parámetros de seguridad.
La Superintendencia de Protección de Datos puede auditar, investigar y sancionar estas vulneraciones, incluso en documentos digitales editados de forma anónima.
Llamado a la ciudadanía
La SPDP pidió a la ciudadanía no participar en estas dinámicas. Solicitó evitar el reenvío, la consulta o el aporte de información. La entidad enfatizó que la protección de datos personales constituye un deber colectivo y una obligación legal. Señaló que, en un entorno digital donde los contenidos se viralizan de forma inmediata, resulta esencial actuar con responsabilidad, frenar la propagación de materiales que afecten a terceros y promover una cultura de respeto a los datos personales.
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