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Fabiola Pomareda García
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La Sala Constitucional anuló la subasta de frecuencias de radio y televisión impulsada por el actual Gobierno y declaró inconstitucionales los procedimientos de licitación por no garantizar el pluralismo de medios y de contenidos “que debe existir en un Estado democrático de derecho y en una sociedad de la información libre y plena”.
Por mayoría, la Sala declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto por una persona ciudadana contra los procedimientos de licitación, que alegaba que estos establecían como único criterio de adjudicación la oferta económica más alta, lo que a su juicio favorecía la concentración del espectro en grandes operadores y excluía a medios pequeños, comunitarios, religiosos y regionales.
La persona argumentó que ello podría vulnerar principios constitucionales como la libertad de expresión, el pluralismo informativo, la igualdad, la transparencia y la continuidad del servicio público de radiodifusión.
Saldrían del aire
Después de que el 19 de setiembre del 2025, la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) dio inicio al proceso de subasta, publicando el pliego de condiciones de la licitación, diversas personas expertas, universidades, instituciones y empresas alertaron que la subasta privilegiaba exclusivamente la capacidad económica, favoreciendo la concentración mediática en grandes consorcios y desplazando a quienes han cumplido funciones culturales, educativas y democráticas esenciales.
El proceso establecía, en tres concursos bajo la modalidad de subasta, precios base que iban desde los $9.643 (unos ₡4.8 millones) para radio AM, $386.102 (unos ₡195 millones) para radio FM con alcance nacional, entre $157.629 y $325.044 para frecuencias televisivas regionales y $1.601.786 (unos ₡800 millones) para televisión de cobertura nacional.
El año pasado, numerosas emisoras de radio en AM y FM y canales de televisión anunciaron que no habían participado del proceso por los altos costos fijados, por lo que podrían quedar fuera del aire en los próximos meses. En su momento, la lista de emisoras y televisoras que se quedaron por fuera incluía a Grupo Columbia, Radio Sinfonola, Radio Musical (incluye a Radio HIT), Onda Brava, Élite Radio, La Potente TV, Radio Santa Clara, Radio Sinaí, TV Sur Canal 14, TVN Canal 14, Cadena Radial Costarricense, Telefides y Canal 1, entre otras.
Sin embargo, el 26 de noviembre de 2025, la Sala Constitucional ordenó como medida cautelar suspender la subasta reconociendo “un grave riesgo de una disminución significativa de los servicios de radiodifusión”.
Tres meses para publicar nuevo concurso
La subasta, como estaba planteada, afectaría no solo a los medios sino también a los radioescuchas y televidentes nacionales, en vista de que la radiodifusión quedaría solo en manos de empresas con capacidad de pago, a las que ni siquiera se les obligaba a demostrar que tienen capacidad de producción de contenidos.
De acuerdo con la Sala Constitucional, la resolución emitida esta tarde anuló los procedimientos de licitación 2025LY-000001-SUTEL (AM), 2025LY-000002-SUTEL (FM) y 2025LY-000003-SUTEL (TV).
Asimismo, los magistrados ordenaron al ministro a. i. de la Presidencia, Jorge Rodríguez Bogle; a la ministra de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, Paula Bogantes Zamora, y al presidente del Consejo de la Sutel, Carlos Watson Carazo, que ejecuten los actos pertinentes “a fin de garantizar la no interrupción de la prestación de los servicios actuales de radiodifusión”, mientras adjudican las radiofrecuencias mediante otros procedimientos.
La Sala IV definió estos otros procedimientos como aquellos que no usen la oferta económica más alta como único criterio de adjudicación, sino que de modo efectivo “incorporen el pluralismo -tanto de medios como de contenidos- y procuren una distribución equitativa, transparente e igualitaria de la totalidad del espectro radioeléctrico relativo a la prestación de servicios de radiodifusión sonora, en amplitud modulada (AM) y frecuencia modulada (FM), así como de radiodifusión televisiva de acceso libre”.
El tribunal constitucional dio un periodo de tres meses a las autoridades para que publiquen un nuevo procedimiento concursal de otorgamiento de concesiones para la prestación de los servicios de radiodifusión sonora en amplitud modulada, frecuencia modulada y televisiva de acceso libre, “a fin de garantizar la participación de interesados que presten servicios culturales, religiosos, educativos y regionales”.
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