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Betty Jumbo
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El presidente Daniel Noboa decretó un nuevo estado de excepción en Ecuador por grave conmoción interna, que se aplicará durante 60 días en nueve provincias y tres cantones.
El Gobierno declaró el nuevo estado de excepción en Ecuador mediante un decreto ejecutivo que establece medidas extraordinarias de seguridad en amplias zonas del país.
El decreto dispone que el nuevo estado de excepción en Ecuador se aplique en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. La medida también incluye a los cantones La Maná, en la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía, en la provincia de Bolívar. El Ejecutivo delimitó así los territorios donde se ejecutarán acciones especiales de control y seguridad.
El estado de excepción es una medida de carácter extraordinario y temporal que permite a un Gobierno suspender temporalmente ciertos derechos ciudadanos.
Esta medida se puede aplicar solamente en graves crisis, como desastres naturales, graves alteraciones del orden público o situaciones que amenacen la seguridad del Estado.
Tiene como objetivo garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos.
Uno de los derechos suspendidos es el derecho a la inviolabilidad de domicilio. Es decir, que se pueden realizar inspecciones, allanamientos y requisas por parte de la Policía y Fuerzas Armadas. También la toma física de los materiales o instrumentos que se considere que sirven para el cometimiento de delitos, a fin de neutralizar amenazas.
Además, se suspende el derecho a la libertad de reunión, lo cual impide cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público.
Se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia, es decir, que se pueden identificar, analizar y recopilar mensajes, comunicaciones, cartas o misivas físicas o electrónicas. Esto a fin de identificar comunicaciones que estén involucradas en el ocultamiento de alguna conducta ilícita.
El estado de excepción contempla, además, la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en las zonas incluidas en el decreto.
Uno de los ejes centrales del nuevo estado de excepción en Ecuador es la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio en las provincias y cantones, bajo este decreto. Esta medida autoriza a la fuerza pública a realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios objetivos y razonables de que en un inmueble se oculten integrantes de organizaciones criminales o se almacenen armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros objetos vinculados a infracciones penales.
El decreto establece que las intervenciones deberán cumplir los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. Las autoridades deberán dejar constancia documentada de cada actuación y respetar el debido proceso y los derechos intangibles reconocidos por la Constitución. El texto señala que los registros y controles sobre personas, bienes y espacios deberán guardar relación directa con el objetivo del allanamiento.
La normativa también suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia en las provincias y cantones incluidos. Esta suspensión permitirá la identificación, el análisis y la recopilación de información estrictamente pertinente cuando resulte indispensable para prevenir o neutralizar amenazas vinculadas a la declaratoria. El decreto aclara que la aplicación de esta medida será excepcional, caso por caso, y no podrá exceder los fines del estado de excepción.
Para cada intervención relacionada con la correspondencia, el órgano competente deberá presentar un informe motivado que identifique la información requerida y explique las razones que justifican el acceso. El texto prioriza, cuando sea posible, el uso de los mecanismos previstos en el régimen ordinario y exige que no se acceda a información ajena a los objetivos de la medida.
Información externa: Estado de excepción en Ecuador
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Estado de excepción en Ecuador se decretó el 31 de diciembre de 2025
El Gobierno declaró el nuevo estado de excepción en Ecuador mediante un decreto ejecutivo que establece medidas extraordinarias de seguridad en amplias zonas del país.
El decreto dispone que el nuevo estado de excepción en Ecuador se aplique en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. La medida también incluye a los cantones La Maná, en la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía, en la provincia de Bolívar. El Ejecutivo delimitó así los territorios donde se ejecutarán acciones especiales de control y seguridad.
¿Qué es el estado de excepción?
El estado de excepción es una medida de carácter extraordinario y temporal que permite a un Gobierno suspender temporalmente ciertos derechos ciudadanos.
Esta medida se puede aplicar solamente en graves crisis, como desastres naturales, graves alteraciones del orden público o situaciones que amenacen la seguridad del Estado.
Tiene como objetivo garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos.
Uno de los derechos suspendidos es el derecho a la inviolabilidad de domicilio. Es decir, que se pueden realizar inspecciones, allanamientos y requisas por parte de la Policía y Fuerzas Armadas. También la toma física de los materiales o instrumentos que se considere que sirven para el cometimiento de delitos, a fin de neutralizar amenazas.
Además, se suspende el derecho a la libertad de reunión, lo cual impide cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público.
Se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia, es decir, que se pueden identificar, analizar y recopilar mensajes, comunicaciones, cartas o misivas físicas o electrónicas. Esto a fin de identificar comunicaciones que estén involucradas en el ocultamiento de alguna conducta ilícita.
El estado de excepción contempla, además, la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en las zonas incluidas en el decreto.
Daniel Noboa suspendió dos derechos en el estado de excepción
Uno de los ejes centrales del nuevo estado de excepción en Ecuador es la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio en las provincias y cantones, bajo este decreto. Esta medida autoriza a la fuerza pública a realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios objetivos y razonables de que en un inmueble se oculten integrantes de organizaciones criminales o se almacenen armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros objetos vinculados a infracciones penales.
El decreto establece que las intervenciones deberán cumplir los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. Las autoridades deberán dejar constancia documentada de cada actuación y respetar el debido proceso y los derechos intangibles reconocidos por la Constitución. El texto señala que los registros y controles sobre personas, bienes y espacios deberán guardar relación directa con el objetivo del allanamiento.
La normativa también suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia en las provincias y cantones incluidos. Esta suspensión permitirá la identificación, el análisis y la recopilación de información estrictamente pertinente cuando resulte indispensable para prevenir o neutralizar amenazas vinculadas a la declaratoria. El decreto aclara que la aplicación de esta medida será excepcional, caso por caso, y no podrá exceder los fines del estado de excepción.
Para cada intervención relacionada con la correspondencia, el órgano competente deberá presentar un informe motivado que identifique la información requerida y explique las razones que justifican el acceso. El texto prioriza, cuando sea posible, el uso de los mecanismos previstos en el régimen ordinario y exige que no se acceda a información ajena a los objetivos de la medida.
Información externa: Estado de excepción en Ecuador
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