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Gladys Benítez Prieto
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La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) recibió una denuncia contra la licitación del Banco Nacional de Fomento (BNF) para adquisición de un nuevo “core”, el software principal de sus gestiones financieras (ID 445258, segundo llamado).
El organismo regulador de las compras del Estado tiene en sus manos la posibilidad de investigar una serie de anomalías que denuncia el consorcio Solubank, conformado por las empresas Softshop SA y Horizonte SRL Soluciones Informáticas de Avanzada. Se trata del único competidor de ITTI, firma amiga del Gobierno pues es propiedad de sus exsocios comerciales y hasta marzo último, el mismo Presidente Santiago Peña tenía inversiones en la compañía.
De acuerdo con el dictamen de evaluación de ofertas, el BNF descalificó a Solubank y la única que sigue en carrera es ITTI, a la que al parecer contra viento y marea han querido adjudicar desde el inicio del llamado. Precisamente, esa advertencia fue hecha en varias etapas del proceso, pues se llamó la atención sobre un pliego aparentemente dirigido, sobre el posible conflicto de intereses, así como sobre acciones concretas de la convocante que favorecieron abiertamente a la citada compañía (la mayoría de estas advertencias se hicieron ante la DNCP).
BNF descalifica a única competidora de ITTI en licitación del "core"
Por estos motivos, el consorcio Solubank decidió protestar contra su descalificación, pero según los documentos a los que accedió nuestro diario, Contrataciones Públicas rechazó “inlimine” dicha protesta, es decir sin analizar la cuestión de fondo, alegando que la misma fue extemporánea, o sea, que supuestamente se presentó fuera de plazo.
En respuesta, el único competidor de ITTI pidió una reconsideración, argumentando que presentó su protesta dentro del plazo correcto, es decir, en el lapso de los siete días hábiles contados a partir de la notificación de descalificación.
Paralelamente, presentó una denuncia ante la DNCP, que fue recibida pero sobre la cual todavía no hay una respuesta oficial por parte del organismo regulador de las adquisiciones públicas.
En el escrito presentado por Solubank se resaltan aparentes anomalías en la evaluación técnica de la oferta de ITTI.
Se menciona, por ejemplo, la aprobación de dos perfiles técnicos obligatorios, pese a tener “0 Puntos”. Además, en siete ítems otorgaron a ITTI más puntos que el máximo, es decir, le puntuaron por encima del 100% en varios casos. Asimismo, dice que no se observa en el documento de evaluación el requisito de demostración obligatoria del producto.
Otro punto denunciado es que el BNF no respetó los plazos para la apertura del sobre económico, que debía realizar después de la finalización del periodo de recurso de protestas.
Hay que recordar que la modalidad de este llamado es de dos sobres, el primero contiene la propuesta técnica y el segundo, la económica. Con este sistema, se analiza en la primera etapa toda la parte documental y se deja para una segunda fase la competencia de los precios.
El decreto 2264 de agosto de 2024, por el cual se reglamentó la ley N° 7021 “De suministro y contrataciones públicas”, establece de manera taxativa lo que debe suceder si hay un incumplimiento de los plazos por parte de una convocante.
Según se lee en el artículo 75, si no se cumplen los plazos para la apertura de oferta económica, el llamado tiene que ser cancelado.
“Una vez publicado el resultado de la evaluación técnica, la convocante informará a través del SICP el día y hora fijados para la apertura de las ofertas económicas de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico. La fijación de la fecha y hora deberá contemplar el plazo establecido en la normativa para la interposición del recurso de protesta, en caso contrario, la convocante deberá cancelar el procedimiento de contratación. La impugnación contra el resultado de la evaluación técnica tendrá efectos suspensivos respecto a la apertura de la oferta de precios”, dice el artículo.
Sin embargo, el BNF abrió al parecer el segundo sobre -solamente de ITTI pues descalificó a Solubank- sin considerar la disposición señalada.
Para el Comité de Evaluación del banco del Estado, solo “ITTI alcanzó el puntaje mínimo requerido para participar de la segunda etapa de la convocatoria, correspondiente a la apertura de sobre de propuesta económica”.
Está en manos de la DNCP, dirigido por Agustín Encina, respaldar la actuación de dicho comité o bien, investigar la denuncia que recibió y analizar si corresponde una reevaluación o cancelación del proceso de licitación, ante la serie de hechos denunciados.
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El organismo regulador de las compras del Estado tiene en sus manos la posibilidad de investigar una serie de anomalías que denuncia el consorcio Solubank, conformado por las empresas Softshop SA y Horizonte SRL Soluciones Informáticas de Avanzada. Se trata del único competidor de ITTI, firma amiga del Gobierno pues es propiedad de sus exsocios comerciales y hasta marzo último, el mismo Presidente Santiago Peña tenía inversiones en la compañía.
Allanaron el camino para adjudicar a ITTI
De acuerdo con el dictamen de evaluación de ofertas, el BNF descalificó a Solubank y la única que sigue en carrera es ITTI, a la que al parecer contra viento y marea han querido adjudicar desde el inicio del llamado. Precisamente, esa advertencia fue hecha en varias etapas del proceso, pues se llamó la atención sobre un pliego aparentemente dirigido, sobre el posible conflicto de intereses, así como sobre acciones concretas de la convocante que favorecieron abiertamente a la citada compañía (la mayoría de estas advertencias se hicieron ante la DNCP).
BNF descalifica a única competidora de ITTI en licitación del "core"
Por estos motivos, el consorcio Solubank decidió protestar contra su descalificación, pero según los documentos a los que accedió nuestro diario, Contrataciones Públicas rechazó “inlimine” dicha protesta, es decir sin analizar la cuestión de fondo, alegando que la misma fue extemporánea, o sea, que supuestamente se presentó fuera de plazo.
En respuesta, el único competidor de ITTI pidió una reconsideración, argumentando que presentó su protesta dentro del plazo correcto, es decir, en el lapso de los siete días hábiles contados a partir de la notificación de descalificación.
Paralelamente, presentó una denuncia ante la DNCP, que fue recibida pero sobre la cual todavía no hay una respuesta oficial por parte del organismo regulador de las adquisiciones públicas.
Lo que dice la denuncia
En el escrito presentado por Solubank se resaltan aparentes anomalías en la evaluación técnica de la oferta de ITTI.
Se menciona, por ejemplo, la aprobación de dos perfiles técnicos obligatorios, pese a tener “0 Puntos”. Además, en siete ítems otorgaron a ITTI más puntos que el máximo, es decir, le puntuaron por encima del 100% en varios casos. Asimismo, dice que no se observa en el documento de evaluación el requisito de demostración obligatoria del producto.
Otro punto denunciado es que el BNF no respetó los plazos para la apertura del sobre económico, que debía realizar después de la finalización del periodo de recurso de protestas.
Hay que recordar que la modalidad de este llamado es de dos sobres, el primero contiene la propuesta técnica y el segundo, la económica. Con este sistema, se analiza en la primera etapa toda la parte documental y se deja para una segunda fase la competencia de los precios.
¿Qué ordena la ley ante el incumplimiento del plazo?
El decreto 2264 de agosto de 2024, por el cual se reglamentó la ley N° 7021 “De suministro y contrataciones públicas”, establece de manera taxativa lo que debe suceder si hay un incumplimiento de los plazos por parte de una convocante.
Según se lee en el artículo 75, si no se cumplen los plazos para la apertura de oferta económica, el llamado tiene que ser cancelado.
“Una vez publicado el resultado de la evaluación técnica, la convocante informará a través del SICP el día y hora fijados para la apertura de las ofertas económicas de aquellas firmas que hayan superado el análisis técnico. La fijación de la fecha y hora deberá contemplar el plazo establecido en la normativa para la interposición del recurso de protesta, en caso contrario, la convocante deberá cancelar el procedimiento de contratación. La impugnación contra el resultado de la evaluación técnica tendrá efectos suspensivos respecto a la apertura de la oferta de precios”, dice el artículo.
Sin embargo, el BNF abrió al parecer el segundo sobre -solamente de ITTI pues descalificó a Solubank- sin considerar la disposición señalada.
“En cancha” de la DNCP
Para el Comité de Evaluación del banco del Estado, solo “ITTI alcanzó el puntaje mínimo requerido para participar de la segunda etapa de la convocatoria, correspondiente a la apertura de sobre de propuesta económica”.
Está en manos de la DNCP, dirigido por Agustín Encina, respaldar la actuación de dicho comité o bien, investigar la denuncia que recibió y analizar si corresponde una reevaluación o cancelación del proceso de licitación, ante la serie de hechos denunciados.
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