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Vinicio Chacón Soto
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Desde el Poder Judicial se celebró que con la reciente aprobación de la Ley de Ejecución de la Pena y Medidas de Seguridad Curativas (expediente N.° 24.019) se establece “un marco normativo que ordena el sistema penitenciario y define reglas claras tanto para las personas privadas de libertad como para las instituciones que intervienen en esta etapa del proceso penal”.
Mediante comunicado divulgado esta mañana, se recordó que con la nueva ley “el país salda una deuda histórica de más de 50 años”, desde que se promulgó el Código Penal. Además, “la emisión de este marco regulatorio había sido señalada como una obligación por la Sala Constitucional”.
Además se apuntó que el propio Ministerio de Justicia y Paz participó en la elaboración de este proyecto de ley, a través de las mesas de trabajo que se realizaron tanto en la Presidencia como en la Asamblea Legislativa, aunque posteriormente Rodrigo Chaves abjuró de la iniciativa.
De hecho luego de la aprobación en primer debate del proyecto, el pasado martes, Chaves anunció su intención de vetarlo.
Por ello no es casual que el Poder Judicial también destaque que este proyecto de ley en su momento “recibió dictamen afirmativo unánime en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, con el respaldo de todas las fracciones representadas en ese foro legislativo”.
Reformas
Entre los beneficios de la nueva legislación, se menciona que “no flexibiliza las normas vigentes ni establece tratos más favorables para las personas privadas de libertad”, sino que “brinda claridad sobre los derechos, deberes y procedimientos que deben observar todos los actores del sistema”.
Además se asegura que refuerza la seguridad jurídica al establecer que “cualquier beneficio, cambio en la modalidad de cumplimiento de la pena o incidente de libertad condicional deberá contar con una resolución debidamente motivada, sujeta a los recursos correspondientes”.
Otro aspecto destacado es que impone la obligación de que las personas juzgadoras visiten los centros penales, “al menos cada seis meses”, para verificar el respeto a los derechos fundamentales y cuando sea necesario ordenar “medidas correctivas ante eventuales vulneraciones o situaciones de hacinamiento”.
Respecto a la rehabilitación y reducción de la reincidencia, se destaca que que se promueve “procesos estructurados de atención técnica, responsabilidad personal y justicia restaurativa”, lo cual incluye su aplicación en la fase de ejecución “para penas alternativas e incidentes de libertad condicional, siempre con el consentimiento de la víctima”. Con ello “se fortalecen las condiciones para atender las causas del delito y reducir la reincidencia”.
Finalmente, se concluye que con la aprobación de la nueva Ley “el país avanza hacia un sistema de ejecución de la pena más claro, equilibrado y transparente, que armoniza derechos y deberes, refuerza el control judicial y fortalece la seguridad jurídica en beneficio de toda la ciudadanía”.
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