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Gabriela Quiroz
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El presidente Daniel Noboa envió al Registro Oficial la Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (Cootad) para la sostenibilidad y eficacia del gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). La norma queda lista para su publicación.
La Asamblea Nacional aprobó el proyecto el 20 de febrero de 2026 con 77 votos del oficialismo y sus aliados. El Ejecutivo no presentó objeciones. Por tanto, sancionó la ley y dispuso su trámite final.
La normativa crea la llamada regla 70/30. Desde su plena vigencia, los GAD deberán destinar al menos el 70% de su presupuesto a gasto no permanente, es decir, inversión y mantenimiento de obras. Entre las áreas prioritarias constan agua potable, saneamiento, alcantarillado, vialidad urbana e infraestructura básica. El 30% restante podrá cubrir gasto corriente, como sueldos.
El texto aclara que la ley no elimina la autonomía política, administrativa ni financiera de municipios y prefecturas. Sin embargo, fija parámetros de disciplina fiscal para asegurar el uso eficiente de los recursos transferidos desde el Estado central. Las juntas parroquiales rurales quedan exceptuadas.
La norma también establece controles. Los GAD deberán publicar cada trimestre el indicador de gasto y su composición. El Ministerio de Finanzas emitirá informes de seguimiento dentro de los 60 días posteriores a cada trimestre.
Si un GAD incumple la regla, el ente rector de las finanzas públicas aplicará los porcentajes previstos en la Constitución e informará a la Contraloría.
La aplicación será progresiva: 65% en 2026, 68% en 2027 y 70% desde 2028.
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La Asamblea Nacional aprobó el proyecto el 20 de febrero de 2026 con 77 votos del oficialismo y sus aliados. El Ejecutivo no presentó objeciones. Por tanto, sancionó la ley y dispuso su trámite final.
La normativa crea la llamada regla 70/30. Desde su plena vigencia, los GAD deberán destinar al menos el 70% de su presupuesto a gasto no permanente, es decir, inversión y mantenimiento de obras. Entre las áreas prioritarias constan agua potable, saneamiento, alcantarillado, vialidad urbana e infraestructura básica. El 30% restante podrá cubrir gasto corriente, como sueldos.
La norma fija disciplina fiscal a los municipios
El texto aclara que la ley no elimina la autonomía política, administrativa ni financiera de municipios y prefecturas. Sin embargo, fija parámetros de disciplina fiscal para asegurar el uso eficiente de los recursos transferidos desde el Estado central. Las juntas parroquiales rurales quedan exceptuadas.
La norma también establece controles. Los GAD deberán publicar cada trimestre el indicador de gasto y su composición. El Ministerio de Finanzas emitirá informes de seguimiento dentro de los 60 días posteriores a cada trimestre.
Si un GAD incumple la regla, el ente rector de las finanzas públicas aplicará los porcentajes previstos en la Constitución e informará a la Contraloría.
La aplicación será progresiva: 65% en 2026, 68% en 2027 y 70% desde 2028.
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