Ministerio de Trabajo analiza reformas al procedimiento del visto bueno

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Gladys Rivadeneira

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El Ministerio de Trabajo analiza reformas al procedimiento del visto bueno, según informó el ministro Harold Burbano, luego de la segunda reunión del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), el 9 de diciembre.

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Las causales del visto bueno que tramita el Ministerio de Trabajo​


El visto bueno es un procedimiento administrativo que lo puede solicitar el empleador o el trabajador para proceder con la terminación de un contrato laboral.

Según el actual Código del Trabajo, los empleadores pueden sustentar esta solicitud en ocho causales y el empleador en cuatro.

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Las causales de solicitud de visto bueno del empleador​


El empleador puede solicitar el visto bueno por estas causas:

  • Por faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo o por abandono de este por un tiempo mayor de tres días consecutivos, sin causa justa y siempre que dichas causales se hayan producido dentro de un período mensual de labor.
  • Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados;
  • Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador;
  • Por injurias graves irrogadas al empleador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante;
  • Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se
  • comprometió;
  • Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social. Más, si fuere justificada la denuncia, quedará asegurada la estabilidad del trabajador, por dos años, en trabajos permanentes;
  • Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, las prescripciones y dictámenes médicos; y,
  • Por el cometimiento de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la empresa.

Las causales de solicitud de visto bueno del trabajador​


El trabajador puede solicitar visto bueno para la terminación del contrato labora por las siguientes causas:

  • Por injurias graves inferidas por el empleador, sus familiares o representantes al trabajador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes.
  • Por disminución o por falta de pago o de puntualidad en el abono de la remuneración pactada;
  • Por exigir el empleador que el trabajador ejecute una labor distinta de la convenida, salvo en los
    casos de urgencia previstos en el artículo 52 de este Código, pero siempre dentro de lo convenido en el contrato o convenio y,
  • En casos de sufrir acoso laboral, cometido o permitido por acción u omisión por el empleador o
    empleadora o sus representantes legales.

El enfoque de las reformas que analiza el Ministerio del Trabajo al procedimiento del visto bueno​


Al referirse a cambios en el visto bueno, el ministro de Trabajo, Harold Burbano, señaló que las reformas girarían en torno a “aclarar conceptos”.

Esto, con el fin de reducir la “discrecionalidad” de los inspectores del trabajo, que son los funcionarios que pueden conceder o negar el visto bueno, tras un procedimiento.

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El Ministro de Trabajo manifestó que también buscan “reducir los tiempos”, respecto al visto bueno.

“El procedimiento del visto bueno, dentro del Ministerio, es un procedimiento muy largo, es poco eficiente, y lo vamos a reformar”, añadió, en entrevista con Ecuavisa.



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