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Paola Gavilanes
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El caso ocurrido en el sector de La Mena 2, en el sur de Quito, ha generado debate jurídico y social. Una mujer de 22 años fue detenida el domingo 11 de diciembre de 2026 tras causar la muerte de su tío con un cuchillo.
Según su versión, actuó al descubrir que el hombre intentaba abusar sexualmente de su hijo. Aunque inicialmente fue procesada por homicidio, el juez dictó medidas sustitutivas a la prisión preventiva.
¿Qué tan real es que evite la cárcel?
Para el abogado penalista José Elías Cárdenas, existen posibilidades reales de que la mujer no reciba una condena, siempre que las circunstancias respalden una legítima defensa de terceros.
El Código Penal establece tres requisitos: una agresión actual e ilegítima, la necesidad racional del medio empleado y la falta de provocación suficiente.
En este caso, la agresión sería el supuesto abuso sexual contra el niño, un acto grave que afecta su integridad física, sexual y psicológica. Si se demuestra que el ataque ocurrió mientras el abuso estaba en curso o era inminente, el primer requisito podría cumplirse.
Lee más: Pareja de una abuela utilizaba juegos de cartas para agredir sexualmente a niña de ocho años
Uno de los puntos más sensibles será el análisis de la proporcionalidad. En un contexto de shock y peligro inmediato, el uso del objeto más cercano -en este caso, un cuchillo- podría considerarse racional si no existía otra alternativa efectiva.
La defensa pierde fuerza si se prueba que el ataque ocurrió como venganza, es decir, cuando el peligro ya había cesado. Si el hombre ya no representaba una amenaza inmediata para el menor, la legítima defensa podría descartarse o reducirse a un exceso.
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El abogado Víctor Calero recuerda que el homicidio implica causar la muerte sin planificación previa, mientras que el asesinato requiere agravantes como la premeditación.
En este proceso, la Fiscalía investiga un presunto homicidio, cuya pena va de 10 a 13 años. Si se reconoce un exceso en la legítima defensa, la sanción podría reducirse de forma significativa.
La decisión judicial de no ordenar prisión preventiva podría reflejar, según los expertos, que no se acreditaron los requisitos para esa medida extrema.
La investigación sigue en marcha. Todo dependerá de lo que logre probar la Fiscalía y de la solidez de la defensa. Si se confirma que la mujer actuó para proteger a su hijo ante un peligro real e inmediato, la posibilidad de evitar la cárcel es alta.
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Según su versión, actuó al descubrir que el hombre intentaba abusar sexualmente de su hijo. Aunque inicialmente fue procesada por homicidio, el juez dictó medidas sustitutivas a la prisión preventiva.
¿Qué tan real es que evite la cárcel?
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Mató a su tío para proteger a su hijo, ¿puede esta mujer de 22 años librarse de la cárcel en Ecuador?
Para el abogado penalista José Elías Cárdenas, existen posibilidades reales de que la mujer no reciba una condena, siempre que las circunstancias respalden una legítima defensa de terceros.
El Código Penal establece tres requisitos: una agresión actual e ilegítima, la necesidad racional del medio empleado y la falta de provocación suficiente.
En este caso, la agresión sería el supuesto abuso sexual contra el niño, un acto grave que afecta su integridad física, sexual y psicológica. Si se demuestra que el ataque ocurrió mientras el abuso estaba en curso o era inminente, el primer requisito podría cumplirse.
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Mujer usó un cuchillo, proporcionalidad de la defensa
Uno de los puntos más sensibles será el análisis de la proporcionalidad. En un contexto de shock y peligro inmediato, el uso del objeto más cercano -en este caso, un cuchillo- podría considerarse racional si no existía otra alternativa efectiva.
La defensa pierde fuerza si se prueba que el ataque ocurrió como venganza, es decir, cuando el peligro ya había cesado. Si el hombre ya no representaba una amenaza inmediata para el menor, la legítima defensa podría descartarse o reducirse a un exceso.
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Homicidio o asesinato, una diferencia clave
El abogado Víctor Calero recuerda que el homicidio implica causar la muerte sin planificación previa, mientras que el asesinato requiere agravantes como la premeditación.
En este proceso, la Fiscalía investiga un presunto homicidio, cuya pena va de 10 a 13 años. Si se reconoce un exceso en la legítima defensa, la sanción podría reducirse de forma significativa.
Por qué el juez dictó medidas sustitutivas
La decisión judicial de no ordenar prisión preventiva podría reflejar, según los expertos, que no se acreditaron los requisitos para esa medida extrema.
La investigación sigue en marcha. Todo dependerá de lo que logre probar la Fiscalía y de la solidez de la defensa. Si se confirma que la mujer actuó para proteger a su hijo ante un peligro real e inmediato, la posibilidad de evitar la cárcel es alta.
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