Magistrado de Sala IV dicta moratoria en permisos de tala y de construcción en todo el Polo Turístico Golfo de Papagayo

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Fabiola Pomareda García

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El magistrado de la Sala Constitucional Fernando Cruz dictó hoy una medida cautelar que ordena una “moratoria total” sobre el otorgamiento de permisos de tala y de construcción en terrenos ubicados dentro del Polo Turístico Golfo de Papagayo, en Guanacaste, mientras se resuelve una acción de inconstitucionalidad que impugnó varias normas por las que se rige este proyecto.

También suspendió todos los actos administrativos dictados por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), dictados al amparo de estas normas impugnadas.

El 13 de noviembre de 2025, la Sala Constitucional dio curso a una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado y especialista en Derecho Ambiental Álvaro Sagot, que impugnó disposiciones específicas que conforman el marco normativo del Polo Turístico Golfo de Papagayo. Esta se tramita bajo el expediente 25-033926-0007-CO.

En particular, la acción impugnó el artículo 74 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre (6043) y el artículo 93 de su Reglamento, que establecen el régimen excepcional de administración continua del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) sobre Bahía Culebra; el artículo 1 de la Ley 6370 y los artículos 2 y 12 de la Ley 6758, que declaran de utilidad pública el proyecto y amplían las potestades del ICT para autorizar obras y otorgar concesiones dentro del área expropiada; los artículos 1 y 2 del Decreto 33132-MP-T, que declaran el proyecto de conveniencia nacional y ordenan su respaldo institucional; y el artículo 5.1 del Reglamento 4572 del ICT (Plan Maestro General), que fija lineamientos de desarrollo, densidades y condiciones ambientales dentro del área concesionada.

El caso de playa Panamá

De acuerdo con el magistrado Fernando Cruz, instructor del caso, “se acaba de dictar la medida cautelar suspendiendo cualquier actividad que tenga que ver con el desarrollo hotelero o que tenga que ver con la tala de árboles en esa zona”.

Cruz explicó que, hasta tanto no se resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada en noviembre del año pasado, esta es una medida cautelar “para evitar daños irreparables en el eventual caso de que se declarara con lugar”.

Según se lee en la medida cautelar dictada por Cruz, esta se dicta debido a que se encuentra en trámite una acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 44448-MP-TUR, que introduce el concepto de “compensación de densidad o coeficiente de ocupación” entre fincas concesionadas, inclusive si estas no son colindantes, siempre que estén bajo titularidad de una misma persona física o jurídica.

La medida cautelar dictada por el magistrado dispone una moratoria total sobre el otorgamiento de permisos de tala de árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo en el contexto del desarrollo de un proyecto de naturaleza hotelera; la suspensión de autorizaciones de construcción y modificaciones de densidad en la zona; y la suspensión de actos administrativos, en particular los emitidos por el Minae, la Setena y el ICT, cuando se fundamenten en la normativa cuestionada.

Recurso de amparo solicitó medida cautelar

La medida cautelar dictada por Cruz esta tarde, responde a un recurso de amparo interpuesto el 14 de abril por el dirigente sindical y activista Sergio Ortiz Pérez, quien solicitó a la Sala dictar medidas cautelares para detener la tala de 748 árboles como parte de la construcción del megaproyecto turístico y hotelero Bahía Papagayo, mientras se resuelve la acción de inconstitucionalidad citada.

“La tala de cientos de árboles constituye una afectación directa al patrimonio natural, cuya reversión resulta, en la práctica, imposible en el corto o mediano plazo. La pérdida de masa forestal no solo implica la eliminación de individuos arbóreos, sino también la alteración de hábitats, la disminución de biodiversidad y la afectación de servicios ecosistémicos esenciales”, planteaba el recurso.

Para Sergio Ortiz Pérez, “esto no es menor”, sino que “es una señal clara de que existe un riesgo real de daño ambiental grave e irreparable, y que el país no puede quedarse de brazos cruzados mientras ese daño se materializa”.

“Queda claro que el tema no era una exageración, era una advertencia fundamentada. La Sala también toma en cuenta algo clave: que la normativa impugnada podría estar violando principios fundamentales como el de no regresión ambiental y el principio precautorio, además del derecho constitucional a un ambiente sano”, señaló Ortiz.

“Esto demuestra algo muy importante: en Costa Rica todavía existen mecanismos institucionales que funcionan, cuando se utilizan con responsabilidad y con fundamento. Aquí no se trata de estar en contra del desarrollo. Se trata de algo mucho más básico: que el desarrollo respete la Constitución, que tenga sustento técnico, y que no comprometa el patrimonio natural de las futuras generaciones”, expresó Ortiz.

El diputado electo del Frente Amplio, Edgardo Araya, también interpuso ayer un recurso de amparo ante la Sala Constitucional solicitando al tribunal que ordene una medida cautelar inmediata para que no se realice la tala de 748 árboles, como parte de la construcción de Bahía Papagayo. El recurso en contra del Sinac, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) y la Dirección Jurídica del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) fue interpuesto ayer jueves “en nombre del bosque de Playa Panamá”.

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