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Fabiola Pomareda García
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El Poder Ejecutivo tiene pendiente la firma de un decreto legislativo aprobado por la Asamblea Legislativa en diciembre pasado que, una vez se convierta en ley, establecerá un precio de referencia de los medicamentos cuando ingresan al país, con el fin de bajar los costos de éstos para los consumidores.
El 9 de diciembre de 2025 se aprobó en segundo debate el proyecto de “Ley de Fomento y Promoción de la Competencia en el Mercado de Medicamentos”, expediente presentado por las diputadas socialcristianas María Marta Carballo y Melina Ajoy.
Su objetivo -según las proponentes – es “promover el acceso de las personas a los medicamentos en el sector privado, mediante el fomento de medidas que ayuden a mejorar la competencia, fortalecer las herramientas de protección al consumidor y disminuir los precios, para garantizar el derecho de acceso a la salud de los costarricenses”.
Sin embargo, el decreto legislativo 10.838 aún no ha sido firmado por el Poder Ejecutivo, trámite pendiente para que se convierta en ley.
Reformas en mercado de medicamentos
Según el texto aprobado, una vez entre en vigencia esta ley, se creará una Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, que establecerá una metodología obligatoria para fijar el “precio de entrada” o precio de referencia de los medicamentos que ingresan al país.
Esta Comisión estará integrada por dos personas representantes de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), una del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), una del Ministerio de Salud, una del sector privado del área de farmacias, una del sector privado del área de droguerías, y una del sector privado del área de laboratorios farmacéuticos nacionales. Dicha Comisión estará encargada de formular y reglamentar la metodología para obtener un precio de referencia a los medicamentos que ingresen al país.
La metodología para establecer el precio de ingreso de los medicamentos deberá considerar, al menos, los precios de los medicamentos a nivel internacional y su comportamiento; la elasticidad del precio de la demanda de los medicamentos, tomando en cuenta cómo la variación en los precios afecta la demanda y accesibilidad para los consumidores; el nivel de innovación del medicamento; y la frecuencia y contexto de uso del medicamento, para establecer precios acordes con la utilidad y recurrencia en su prescripción, señala el texto.
Además, quedarán prohibidos expresamente los contratos de exclusividad entre droguerías e importadores de medicamentos y farmacias, una práctica identificada como restrictiva de la competencia. Las droguerías son las empresas que se abastecen importando medicinas de laboratorios internacionales o comprando a los laboratorios nacionales y luego las venden a las farmacias.
El texto señala: “Las droguerías e importadoras tendrán prohibido establecer y mantener contratos de exclusividad con las farmacias. Para efectos de esta ley, los contratos de exclusividad se consideran una práctica monopolística en el mercado de medicamentos, al limitar la competencia y el acceso equitativo de los productos farmacéuticos en el mercado. Cualquier incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme a la Ley 7472, Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, de 20 de diciembre de 1994”.
El texto también establece que el MEIC implementará un Observatorio de Precios de Medicamentos Multinivel, una plataforma pública y accesible las 24 horas que mostrará, con un desglose por distrito y farmacia, los precios de venta en toda la cadena.
Asimismo, el texto afirma que se “agilizarán” los trámites para el registro sanitario de medicamentos genéricos y bioequivalentes, mediante el reconocimiento de registros de autoridades extranjeras de prestigio -como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS)- y por medio de las importaciones paralelas de productos patentados, aumentando la oferta y presionando a la baja los precios.
Cuestionamientos
El Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica emitió un pronunciamiento criticando el proyecto aprobado y señalando, entre otras cosas, que el control riguroso del registro sanitario es competencia exclusiva del Ministerio de Salud y una garantía directa del derecho a la protección de la salud y a la vida, como lo ha reafirmado la Sala Constitucional.
El Colegio advirtió que “el registro sanitario no es un trámite administrativo más; es un instrumento esencial de protección para la población”. “Cualquier flexibilización o interpretación laxa de este proceso podría generar riesgos innecesarios para los pacientes”, indicó el Colegio.
El Colegio también criticó que la ley no define la metodología para la fijación de precios de referencia, dejando este elemento esencial a la reglamentación posterior.
Concentración del mercado impide que bajen los precios
Como ha publicado UNIVERSIDAD, los precios de los medicamentos en Costa Rica son entre un 30% y un 50% más caros que en otros países de Centroamérica y de Latinoamérica, debido a las ventajas que tienen los laboratorios internacionales, que fijan altos precios al país, y al poder de las empresas distribuidoras de medicamentos -o droguerías-.
Los mayores márgenes de ganancia los tienen aquellos laboratorios que fabrican e importan y las droguerías, que concentran el mercado y negocian con las farmacias la exclusividad.
Las droguerías son las empresas que comercializan y distribuyen las medicinas a las farmacias; sin embargo, muchas de ellas son parte de las mismas corporaciones dueñas de los laboratorios. Otras droguerías son dueñas de cadenas de farmacias.
Tres conglomerados económicos aglutinan el 75% del mercado privado de medicamentos en el país, operando la importación, depósito, distribución, venta al por mayor de medicamentos y cadenas de farmacias, según el “Estudio de mercado del sector farmacéutico”, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y dado a conocer el año pasado por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom).
La distribuidora o “droguería” con mayor participación de mercado (35%) es Grupo Dökka —que hasta el 2023 se llamaba Grupo Cuestamoras—. Es dueño de las distribuidoras Cefa Central Farmacéutica Cefarma y EOS Farmacias, así como las cadenas de farmacias La Bomba y Fischel. Le sigue Grupo Farmanova Intermed (GFI) con un 20%, propietario de las cadenas de farmacias Sucre y Santa Lucía. Y en tercer lugar, Compañía Farmacéutica S.A. (Cofasa), con un 20%.
Esta concentración del mercado genera prácticas anticompetitivas, que inciden en el alto precio de los medicamentos en el país, como lo han expuesto economistas, investigadores y estudios realizados por el MEIC, el Centro Internacional de Política Económica para el Desarrollo Sostenible (Cinpe) de la Universidad Nacional (UNA) y la Universidad de Costa Rica (UCR).
Numerosos intentos
Reducir los precios de los medicamentos fue una promesa de campaña del presidente Rodrigo Chaves y se pueden enumerar varios intentos realizados durante esta administración para lograrlo.
El 22 de junio de 2022 esta administración firmó un decreto para homologar o reconocer los registros sanitarios de los medicamentos otorgados por las autoridades reguladoras que son miembros del Consejo Internacional para Armonización de requisitos técnicos para productos farmacéuticos de uso humano. Este decreto fue anulado por la Sala Constitucional en agosto de 2024.
El 10 de agosto de 2022 el Gobierno firmó otro decreto para permitir la importación paralela de medicamentos por parte de «cualquier droguería sin el consentimiento del titular de la patente y que es comercializado conforme a las regulaciones sanitarias del país exportador».
Luego se impulsó una propuesta para que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) comercializara medicamentos de venta libre a usuarios, farmacias y hospitales privados a un precio menor que el mercado local, lo cual fue frenado por la Dirección Jurídica de la institución.
El decreto “Regulación de margen máximo de comercialización bruto de todos los medicamentos registrados ante el Ministerio de Salud” (44.863), que entró en vigencia en febrero de 2025, regula los márgenes máximos de comercialización de medicamentos, tanto para mayoristas como para minoristas, de 42 distintos grupos terapéuticos. Estos grupos aglutinan las medicinas según los síntomas o la enfermedad para la que se usan, por ejemplo, hipertensores, antibióticos, analgésicos, antidepresivos, etc.
La entrada Ley permitirá fijar precios de referencia de medicamentos al ingresar al país para beneficiar a consumidores aparece primero en Semanario Universidad.
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