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Laura Martínez Quesada
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La propuesta de “Ley para regular la exploración y explotación de minería metálica sostenible a cielo abierto en el distrito de Cutris de San Carlos” (Expediente 24.717) pretende profundizar un capítulo de alto riesgo en la historia ambiental, social y jurídica de Costa Rica. Presentada como una estrategia para enmendar los daños provocados por la minería ilegal y reactivar la economía local, la iniciativa encierra múltiples vacíos técnicos, inconsistencias normativas y peligrosos precedentes.
A solicitud del Consejo Universitario hice un análisis exhaustivo del proyecto y a continuación un resumen para sintetizar las principales observaciones, pero puede ser consultado completo aquí (Álvarez Mora, 2025).
Este proyecto no constituye una política pública integral ni una solución a la problemática que dice atender. Más bien, se perfila como una vía para legalizar la expansión minera a cielo abierto bajo un manto de supuesta “sostenibilidad”, sin atender las causas estructurales que han hecho fracasar todas las experiencias previas en el país.
Para comprender la magnitud del riesgo, es necesario recordar el antecedente más emblemático: el caso Crucitas. Este intento de explotación minera por parte de Industrias Infinito fue declarado ilegal por la justicia costarricense después de años de conflicto social, denuncias ambientales y litigios. El proyecto dejó un historial de ilegalidades ampliamente documentado por instancias judiciales, ambientales y académicas, y provocó daños socio ambientales significativos que nunca fueron reparados. Ignorar este antecedente y avanzar con una nueva legislación que habilite nuevamente la minería a cielo abierto en la misma zona no es solo un ejercicio de negación histórica: es abrir la puerta a repetir exactamente los mismos errores, pero ahora acumulando también los impactos de la minería ilegal que ha proliferado desde entonces.
La propuesta no presenta un diagnóstico serio ni integral sobre la situación actual en Cutris. No analiza de forma rigurosa la magnitud y dinámica de la minería ilegal, ni la compleja relación que esta guarda con el lavado de activos, el narcotráfico y la criminalidad transfronteriza. Tampoco considera las lecciones de otras experiencias mineras en el país, como la mina Macacona en Esparza o la mina Beta Vargas en Chomes, que fracasaron por los graves impactos socioambientales que generaron, los pasivos ambientales no remediados y la consecuente impunidad empresarial. Sin responder a las preguntas centrales. ¿por qué han fracasado todos los proyectos mineros metálicos en Costa Rica, cómo funciona la cadena de valor de la minería ilegal, cuál es su articulación con el crimen organizado? no es posible plantear una nueva política minera responsable.
El proyecto plantea una delimitación territorial completamente desproporcionada. El distrito de Cutris tiene 849,19 km², pero los estudios oficiales indican que la minería ilegal afecta menos del 1% de esa superficie. Sin embargo, la propuesta habilita todo el distrito para exploración y explotación minera. Esto equivale a sacrificar ecosistemas y territorios enteros con la excusa de remediar una afectación puntual. Es como si, ante la contaminación localizada en un solo cantón, se autorizara la explotación de toda una provincia. Esta desproporción no responde a una lógica de contención, sino a un diseño que favorece la expansión minera sin justificación técnica ni ambiental.
La ambigüedad del texto legislativo refuerza esta sospecha. No se especifica la diferencia entre cierre técnico y remediación, y sí habrá remediación previa de la minería ilegal o posterior a la explotación, ni quién asumirá los costos reales. Tampoco se define con claridad cómo se distinguirán los daños causados por la minería legal, la de Industrias Infinito o la futura y los provocados por la ilegal, lo que abre la puerta a que el Estado, y por ende, el contribuyente, termine asumiendo gastos que deberían corresponder a las empresas. Si de verdad el objetivo fuera la restauración ambiental, la ley exigiría como requisito indispensable que las empresas tuvieran experiencia comprobada en remediación de zonas afectadas por minería ilegal, cosa que el proyecto omite.
El panorama resulta aún más preocupante al analizar el trasfondo económico y político de esta iniciativa. El catastro minero evidencia un acaparamiento significativo de solicitudes de concesión en la zona núcleo de interés minero, concentradas en pocas empresas y profesionales que en algunos casos han impulsado con insistencia la reapertura de la minería. Esto pone en entredicho la credibilidad técnica de sus planteamientos.
Incluso se han señalado denuncias de que miembros de la cúpula de un colegio profesional acumulan solicitudes de exploración por miles de hectáreas en Crucitas (Diario Extra, 2025). Dichas solicitudes corresponden a exploración de oro subterráneo en áreas donde se tiene conocimiento de actividad ilegal y que, además, no presentan condiciones geológicas aptas para este tipo de minería. La situación no solo se refleja en las tragedias ocurridas en túneles de minería ilegal, sino que también podría evidenciar una estrategia de acaparamiento, con miras posiblemente a obtener beneficios si la ley llegara a aprobarse.
No necesariamente se trata de hechos aislados ni de una simple coincidencia. En el pasado, este tipo de concentración de solicitudes de concesiones ha estado ligada a prácticas especulativas destinadas a retener derechos mineros para luego venderlos o transferirlos a grandes corporaciones transnacionales cuando el contexto político o económico resulte favorable. Conviene aclarar, sin embargo, que hasta ahora aparentemente ninguna de estas solicitudes ha alcanzado un derecho consolidado de concesión.
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