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Moisés Cáceres
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La denominada tercera placa marcará un cambio progresivo en la forma de controlar el tránsito en Quito. El 6 de enero de 2026, el Concejo Metropolitano aprobó la ordenanza que habilita la implementación de este dispositivo electrónico de identificación vehicular. La decisión llegó tras un año del primer debate y advertencias sobre la protección de datos personales.
Tras la aprobación, el foco del debate se trasladó a una inquietud ciudadana central: cómo se manejarán y protegerán los datos personales asociados a la tercera placa y qué controles existen para evitar usos indebidos.
La tercera placa corresponde a un adhesivo electrónico que se instalará en los vehículos cuando cumplan la revisión técnica vehicular. No reemplaza a la placa metálica ni modifica el proceso de matriculación. La instalación inicial será gratuita y avanzará de forma progresiva conforme los vehículos realicen este trámite obligatorio.
El secretario de Movilidad de Quito, Álex Pérez, explicó que el sistema permitirá identificar vehículos mediante pórticos, antenas y lectores móviles ubicados en accesos, salidas y tramos estratégicos del Distrito Metropolitano. La lectura será automática y no requerirá detener los vehículos ni solicitar documentos en la vía.
Según el Municipio, el objetivo del sistema es facilitar controles posteriores sobre aspectos como la matrícula o la revisión técnica vehicular, además de reducir la dependencia de operativos manuales en las calles.
Tras la aprobación de la ordenanza, Diego Garrido, presidente de la Comisión de Movilidad del Concejo Metropolitano, explicó que la implementación será progresiva y estará vinculada a la revisión técnica vehicular.
El sistema podría empezar a operar desde el segundo semestre de 2026, una vez concluidos los procesos administrativos y de contratación.
Garrido señaló que, en una primera etapa, se prevé la instalación de cuatro o cinco puntos de lectura, sin que esto limite una ampliación futura.
La ordenanza permite utilizar infraestructura existente, como pórticos ubicados en accesos a la ciudad, y sumar nuevos puntos de control conforme avance la implementación.
La normativa contempla sanciones para quienes manipulen el dispositivo o interfieran su lectura. Entre las infracciones constan portar el adhesivo en un lugar distinto al autorizado, impedir su lectura de forma fraudulenta o falsificar el dispositivo.
Las multas previstas van del 15 % al 50 % del salario básico unificado. En determinados casos, las sanciones podrán sustituirse por trabajo comunitario, siempre que no exista reincidencia.
La ordenanza establece que el dispositivo contendrá únicamente dos datos: la placa del vehículo y el número de chasis. Además, prohíbe de forma expresa el uso del sistema como un mecanismo de rastreo o geolocalización en tiempo real.
Pese a esa prohibición, durante el debate público y en declaraciones posteriores surgieron observaciones sobre la necesidad de extremar cuidados en el manejo de la información, especialmente por el potencial cruce de datos con otras bases institucionales.
Para Lorena Naranjo Godoy, directora de la Maestría en Derecho Digital de la Universidad de Las Américas (UDLA) y columnista de EL COMERCIO, el principal vacío de la ordenanza está en que no incorpora de forma expresa obligaciones de auditoría, supervisión permanente o fiscalización externa sobre el tratamiento de los datos que genere la tercera placa.
Naranjo explicó que la prohibición del uso del sistema como GPS constituye una primera capa normativa, pero advirtió que una política pública de esta naturaleza requiere controles adicionales.
Entre ellos, mencionó controles administrativos, organizativos y tecnológicos, así como mecanismos formales de verificación que permitan comprobar que la prohibición se cumple en la práctica.
A su criterio, la ordenanza no exige informes periódicos públicos, auditorías técnicas continuas ni reportes obligatorios del delegado de protección de datos personales sobre este tratamiento específico, lo que deja esos controles sujetos a decisiones posteriores de la administración municipal o a la actuación de las autoridades de control existentes.
Sobre este punto, Diego Garrido explicó que la ordenanza no incluyó un artículo específico sobre auditorías porque el modelo planteado se basa en una base de datos limitada a la placa y al número de chasis, sin un vínculo permanente con la identidad del propietario del vehículo.
Según Garrido, el cruce con datos personales solo se produciría de manera excepcional, cuando exista la necesidad de levantar una infracción, y no como parte del funcionamiento ordinario del sistema.
Además, sostuvo que la tecnología utilizada es de radiofrecuencia, lo que —según afirmó— descarta funciones de geolocalización, rastreo o seguimiento continuo.
El concejal añadió que varios aspectos operativos, incluidos los protocolos técnicos de aplicación, se definirán en la norma técnica que debe emitirse tras la aprobación de la ordenanza, instrumento en el que podrían detallarse procedimientos adicionales relacionados con el manejo de la información.
Luis Enríquez, experto en ciberseguridad y académico, señaló que el debate no se centra en rechazar la tecnología, sino en cómo se justifica legalmente el tratamiento de los datos cuando el uso del dispositivo es obligatorio.
Enríquez explicó que, incluso si el sistema no funciona como GPS, la lectura del paso de un vehículo por distintos puntos puede generar datos comportamentales, como patrones de circulación, si no existen límites claros.
Por ello, subrayó que el Municipio deberá demostrar que el tratamiento de la información cumple con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, en especial en lo relativo a la legitimidad, finalidad y proporcionalidad del uso de los datos.
Desde el ámbito técnico, Iván Reyes, coordinador de la Maestría en Ciberseguridad de la UIDE, señaló que este tipo de dispositivos funciona mediante radiofrecuencia y que el chip, por lo general, contiene un identificador único.
El riesgo, explicó, no está tanto en el dispositivo físico, sino en la seguridad de las bases de datos que almacenan y procesan la información.
Reyes indicó que la protección de los datos depende del nivel de cifrado, de los controles de acceso y de las políticas que regulen cuánto tiempo se conserva la información y para qué fines se utiliza.
También advirtió que, aunque el sistema no funcione como GPS, el registro del paso de un vehículo por distintos pórticos puede generar información sensible si no existen límites claros sobre su almacenamiento y uso.
Los especialistas coinciden en que la tercera placa puede convertirse en una herramienta útil para el ordenamiento vial, la planificación del tránsito y, eventualmente, el apoyo a la localización de vehículos robados. Sin embargo, también advierten que una gestión deficiente de la información puede generar riesgos para la privacidad.
La evaluación real del sistema llegará con su implementación, cuando se conozcan los estudios de impacto, la gestión de riesgos y los mecanismos de control que adopte el Municipio.
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Tras la aprobación, el foco del debate se trasladó a una inquietud ciudadana central: cómo se manejarán y protegerán los datos personales asociados a la tercera placa y qué controles existen para evitar usos indebidos.
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- ¿Cómo funcionará la tercera placa en Quito?
- La tercera placa plantea riesgos para la protección de datos
- Quito avanza en la implementación de la ‘Tercera Placa’ vehicular
Cómo funcionará la tercera placa según lo explicado por el Municipio
La tercera placa corresponde a un adhesivo electrónico que se instalará en los vehículos cuando cumplan la revisión técnica vehicular. No reemplaza a la placa metálica ni modifica el proceso de matriculación. La instalación inicial será gratuita y avanzará de forma progresiva conforme los vehículos realicen este trámite obligatorio.
El secretario de Movilidad de Quito, Álex Pérez, explicó que el sistema permitirá identificar vehículos mediante pórticos, antenas y lectores móviles ubicados en accesos, salidas y tramos estratégicos del Distrito Metropolitano. La lectura será automática y no requerirá detener los vehículos ni solicitar documentos en la vía.
Según el Municipio, el objetivo del sistema es facilitar controles posteriores sobre aspectos como la matrícula o la revisión técnica vehicular, además de reducir la dependencia de operativos manuales en las calles.
Implementación progresiva y alcance del sistema
Tras la aprobación de la ordenanza, Diego Garrido, presidente de la Comisión de Movilidad del Concejo Metropolitano, explicó que la implementación será progresiva y estará vinculada a la revisión técnica vehicular.
El sistema podría empezar a operar desde el segundo semestre de 2026, una vez concluidos los procesos administrativos y de contratación.
Garrido señaló que, en una primera etapa, se prevé la instalación de cuatro o cinco puntos de lectura, sin que esto limite una ampliación futura.
La ordenanza permite utilizar infraestructura existente, como pórticos ubicados en accesos a la ciudad, y sumar nuevos puntos de control conforme avance la implementación.
Sanciones previstas para el uso indebido del dispositivo
La normativa contempla sanciones para quienes manipulen el dispositivo o interfieran su lectura. Entre las infracciones constan portar el adhesivo en un lugar distinto al autorizado, impedir su lectura de forma fraudulenta o falsificar el dispositivo.
Las multas previstas van del 15 % al 50 % del salario básico unificado. En determinados casos, las sanciones podrán sustituirse por trabajo comunitario, siempre que no exista reincidencia.
Qué datos manejará la tercera placa
La ordenanza establece que el dispositivo contendrá únicamente dos datos: la placa del vehículo y el número de chasis. Además, prohíbe de forma expresa el uso del sistema como un mecanismo de rastreo o geolocalización en tiempo real.
Pese a esa prohibición, durante el debate público y en declaraciones posteriores surgieron observaciones sobre la necesidad de extremar cuidados en el manejo de la información, especialmente por el potencial cruce de datos con otras bases institucionales.
La ordenanza no obliga a auditorías sobre el tratamiento de datos personales
Para Lorena Naranjo Godoy, directora de la Maestría en Derecho Digital de la Universidad de Las Américas (UDLA) y columnista de EL COMERCIO, el principal vacío de la ordenanza está en que no incorpora de forma expresa obligaciones de auditoría, supervisión permanente o fiscalización externa sobre el tratamiento de los datos que genere la tercera placa.
Naranjo explicó que la prohibición del uso del sistema como GPS constituye una primera capa normativa, pero advirtió que una política pública de esta naturaleza requiere controles adicionales.
Entre ellos, mencionó controles administrativos, organizativos y tecnológicos, así como mecanismos formales de verificación que permitan comprobar que la prohibición se cumple en la práctica.
A su criterio, la ordenanza no exige informes periódicos públicos, auditorías técnicas continuas ni reportes obligatorios del delegado de protección de datos personales sobre este tratamiento específico, lo que deja esos controles sujetos a decisiones posteriores de la administración municipal o a la actuación de las autoridades de control existentes.
La explicación del Concejo sobre la ausencia de auditorías obligatorias
Sobre este punto, Diego Garrido explicó que la ordenanza no incluyó un artículo específico sobre auditorías porque el modelo planteado se basa en una base de datos limitada a la placa y al número de chasis, sin un vínculo permanente con la identidad del propietario del vehículo.
Según Garrido, el cruce con datos personales solo se produciría de manera excepcional, cuando exista la necesidad de levantar una infracción, y no como parte del funcionamiento ordinario del sistema.
Además, sostuvo que la tecnología utilizada es de radiofrecuencia, lo que —según afirmó— descarta funciones de geolocalización, rastreo o seguimiento continuo.
El concejal añadió que varios aspectos operativos, incluidos los protocolos técnicos de aplicación, se definirán en la norma técnica que debe emitirse tras la aprobación de la ordenanza, instrumento en el que podrían detallarse procedimientos adicionales relacionados con el manejo de la información.
- Esta información le puede interesar: Quito aprueba la ordenanza para aplicar la tercera placa en los vehículos este 6 de enero de 2026
Legitimidad del tratamiento de datos
Luis Enríquez, experto en ciberseguridad y académico, señaló que el debate no se centra en rechazar la tecnología, sino en cómo se justifica legalmente el tratamiento de los datos cuando el uso del dispositivo es obligatorio.
Enríquez explicó que, incluso si el sistema no funciona como GPS, la lectura del paso de un vehículo por distintos puntos puede generar datos comportamentales, como patrones de circulación, si no existen límites claros.
Por ello, subrayó que el Municipio deberá demostrar que el tratamiento de la información cumple con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, en especial en lo relativo a la legitimidad, finalidad y proporcionalidad del uso de los datos.
Advertencias técnicas sobre el uso y resguardo de la información
Desde el ámbito técnico, Iván Reyes, coordinador de la Maestría en Ciberseguridad de la UIDE, señaló que este tipo de dispositivos funciona mediante radiofrecuencia y que el chip, por lo general, contiene un identificador único.
El riesgo, explicó, no está tanto en el dispositivo físico, sino en la seguridad de las bases de datos que almacenan y procesan la información.
Reyes indicó que la protección de los datos depende del nivel de cifrado, de los controles de acceso y de las políticas que regulen cuánto tiempo se conserva la información y para qué fines se utiliza.
También advirtió que, aunque el sistema no funcione como GPS, el registro del paso de un vehículo por distintos pórticos puede generar información sensible si no existen límites claros sobre su almacenamiento y uso.
Un sistema con beneficios y desafíos
Los especialistas coinciden en que la tercera placa puede convertirse en una herramienta útil para el ordenamiento vial, la planificación del tránsito y, eventualmente, el apoyo a la localización de vehículos robados. Sin embargo, también advierten que una gestión deficiente de la información puede generar riesgos para la privacidad.
La evaluación real del sistema llegará con su implementación, cuando se conozcan los estudios de impacto, la gestión de riesgos y los mecanismos de control que adopte el Municipio.
- Información extra: Protección de datos personales
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