La antigua concesionaria del puerto de Isla Margarita demanda el decreto de expropiación que ordenó la Presidencia

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Mónica Palm

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Panama Colon Container Port (PCCP), la antigua concesionaria del fallido puerto y terminal de contenedores en la costa atlántica, presentó una demanda para impedir la expropiación de 41 fincas en Isla Margarita, como ordenó la Presidencia de la República hace dos meses.

La demanda contencioso-administrativa fue presentada por el abogado Alejandro Cossio, en representación de PCCP, para que se declare nulo por ilegal el Decreto Ejecutivo 90 de 20 de octubre de 2025, mediante el cual el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, ordenó la expropiación de las fincas propiedad de esta sociedad. Orillac, además, es presidente de la junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), entidad que el pasado 10 de abril canceló la concesión de uso de 81.5 hectáreas de fondo de mar que PCCP había obtenido en 2013 para la construcción de un puerto, adyacente a las fincas —ahora expropiadas— donde supuestamente construiría una terminal de contenedores.

PCCP es presidida por el ciudadano bahameño Dion Bowe.

La empresa nunca completó los trabajos ni del puerto de contenedores ni de la terminal de carga. En cambio, incumplió el cronograma de desarrollo del proyecto, acumuló una morosidad de 1.4 millones de dólares en el pago de cánones y tarifas, y no renovó las fianzas de cumplimiento ni las pólizas, las cuales “tienen entre dos y tres años, respectivamente, de estar vencidas”. Estas fueron las principales causales para rescindir su concesión de fondo de mar.

El pasado 19 de diciembre, la demanda presentada por el abogado Cossio fue asignada al despacho de Cecilio Cedalise, magistrado de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) hasta el próximo 31 de diciembre. Cedalise será reemplazado por Gisela Agurto, a partir de enero.

El Ministerio de la Presidencia ordenó la expropiación de las tierras ante la insistencia del gobierno del presidente José Raúl Mulino de atraer inversiones a Isla Margarita, en atención a la demanda del comercio mundial que transita por suelo panameño. El artículo 51 de la Constitución establece que, en caso de interés social urgente, el Ejecutivo puede ejecutar la expropiación u ocupación de la propiedad privada para asegurar el bien de la colectividad.

Previo a la orden de expropiación, PCCP había impedido el ingreso al área de peritos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Contraloría General de la República, quienes habían visitado la zona con el fin de establecer el valor promedio de las fincas. De momento, se desconoce el monto de la indemnización que deberá pagar el Estado a PCCP como resultado de la expropiación.

El presidente Mulino ha prometido que convocará una licitación pública para conseguir un nuevo operador portuario para Isla Margarita en los primeros meses de 2026, lo que no debe ser muy difícil dado su ventajosa ubicación: en toda la entrada en el sector atlántico del Canal de Panamá, al lado de otras terminales ya consolidadas, como las operadas por Colon Container Port y SSA Marine MIT. Además, la industria está en crecimiento: entre enero y noviembre de 2025, el sistema portuario panameño movilizó más de 9.06 millones de TEUs (medida de contenedores de 20 pies cada uno), lo que representa un incremento de 3.3% frente al mismo período de 2024.

Imagen captada en Google Maps en la que se aprecia la ubicación de la otrora concesión de PCCP y la isla en la que están las fincas expropiadas.

PCCP no se ha quedado de brazos cruzados.

Para impedir la entrada de otro actor en lo que era su concesión, presentó al menos cinco amparos de garantías constitucionales entre el 2 y el 6 de junio de 2025, en contra de las decisiones adoptadas por el administrador y la junta directiva de la AMP. Falló en el intento, porque ninguna de estas acciones prosperó: el pleno de la Corte Suprema de Justicia se negó a admitir cada uno de esos amparos, mediante cinco fallos emitidos entre el 16 de julio y el 12 de septiembre de este año.

También naufragó la demanda administrativa que la empresa presentó —a través de una de sus subsidiarias— para que se declarara nula una decisión de la AMP de no modificar el cronograma de inversión del proyecto, como pretendía PCCP. El 8 de octubre de 2025, la Sala Tercera determinó que la AMP no incurrió en ilegalidad al rechazar esa solicitud.

No es el único contratiempo legal. Además, PCCP fue demandada en Delaware, Estados Unidos, por un antiguo socio de origen chino, que alega haber sido despojado del 51 % de las acciones del proyecto en Isla Margarita. Este proceso se desarrolla en paralelo a otro enfrentamiento entre las partes, que consiste en un arbitraje en Panamá.

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