Glas no saldrá a un hospital; juez niega hábeas corpus

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Maria Jose Aguilar

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El juez de garantías penitenciarias de la Unidad Judicial de La Libertad, Jean Valverde, tomó una decisión sobre la medida de hábeas corpus en beneficio del exvicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, este domingo 28 de diciembre de 2025.

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A las 17:16 de la tarde de este domingo, el juez informó su decisión sobre es viable el traslado de Glas a un hospital para recibir atención médica.

Antes de emitir su veredicto, el magistrado recordó los argumentos expuestos por la defensa, por el Ministerio de Salud de Ecuador. Además, lo dispuesto en la medida cautelar emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).


La audiencia se inició el viernes, 26 de diciembre de 2025 y se suspendió en dos ocasiones.

La resolución de la audiencia de Glas​


El juez Jean Daniel Valverde resolvió declarar improcedente la acción de hábeas corpus presentada a favor del exvicepresidente Jorge Glas.

En su fallo, el magistrado explicó que los elementos expuestos por la parte accionante no alcanzan para poder determinar esta vulneración de derechos. Además, no demuestran que exista una situación que justifique una derivación urgente a una casa de salud.

Durante la lectura de la resolución, el juez indicó que se realizó una revisión amplia del material probatorio, en concordancia con lo dispuesto por la Corte Constitucional y bajo el principio de tutela judicial efectiva y se concluyó que “no existe vulneración de derecho constitucionales a la integridad personal, a la salud y demás derechos conexos”.

El análisis incluyó informes médicos, tratamientos previos y valoraciones clínicas, sin que se evidencie una afectación actual a los derechos alegados, señaló el magistrado.

Los argumentos del Estado en la audiencia de hábeas corpus de Glas​


La tarde del sábado, 27 de diciembre de 2025, el médico del MSP, Heider Retamozo, quien ha revisado a Glas en el Centro de privación de libertad Santa Elena 1 informó que “ha tenido un total de 40 atenciones (médicas)” en medicina familiar, psicología, odontología, urología y psiquiatría. Asimismo, indicó al tribunal que, bajo su criterio, el exvicepresidente no requiere hospitalización.

Glas ingresó a la cárcel del Encuentro el pasado 10 de noviembre, en el lapso de 47 días ha recibido las 40 atenciones médicas señaladas por Retamozo. Y en total, a lo largo de su reclusión, ha recibido 527 atenciones dentro del sistema público de salud.

Para el abogado Fausto Lara, del Ministerio de Salud Pública, “no se ha vulnerado ningún derecho constitucional. (…) Las atenciones han sido continuas e ininterrumpidas”. Lara también expuso en la audiencia que esto desvirtuaría una supuesta vulneración y que la solicutd de hábeas corpus es improcedente.

Esto dijo la defensa de Glas en la audiencia de hábeas corpus de Glas​


En la audiencia del sábado 27, el médico personal de Glas, Alejandro Barreto, presentó un informe que describe un cuadro con “18 enfermedades” y un régimen de “21 fármacos diarios”.

Entre los diagnósticos expuestos constan: hipertensión, trastorno depresivo mayor, estrés postraumático, riesgo suicida, sinusitis crónica, gastritis atrófica, colon irritable, problemas prostáticos, espondilitis anquilosante, rinitis, fibromialgia, asma, cálculos renales, anemia, hongos en las uñas, tendinosis, bursitis y dependencia a benzodiacepinas.

Asimismo, la defensa advirtió sobre condiciones adversas en la cárcel por la existencia de polvo procedente de obras de construcción dentro de la prisión, falta de agua potable y afectaciones emocionales, indicó Barreto.

Durante su intervención por videoconferencia, Glas denunció haber sido sometido a tratos “crueles y degradantes” en la cárcel de máxima seguridad.

Las medidas de la CIDH para Glas​


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 10 de febrero de 2025 la Resolución de Medidas Cautelares No. 13/2025 en favor del exvicepresidente Jorge David Glas Espinel, en seguimiento a las medidas otorgadas inicialmente en 2019. Esto tras una visita al centro penitenciario donde permanecía detenido en ese entonces.

En ese documento, el organismo internacional instó al Estado ecuatoriano a adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida, integridad personal y salud de Glas.

En la audiencia de este domingo 28 de diciembre, el juez recordó la vigencia de las medidas cautelares emitidas por la Corte. Al finalizar la lectura de su resolución enfatizó en la responsabilidad institucional de garantizar su seguimiento.

Señaló que estas medidas responden a “situaciones graves y urgentes para prevenir daños irreparables” y recalcó que el Ministerio de Salud Pública mantiene “un rol trascendental dentro del sistema de rehabilitación social”, dado que “la salud física y mental son ejes prioritarios y primordiales del sistema”.

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