I
Ignacio Ortiz Salas
Guest
La opinión jurídica solicitada por la Rectoría de la Universidad de Costa Rica (UCR) sobre los acuerdos suscritos con el Movimiento Estudiantil Autónomo (MEA) para poner fin a la toma de los edificios administrativos B y C provocó cuestionamientos tanto del propio movimiento estudiantil como de Esperanza Tasies, integrante de la comisión negociadora que participó en el proceso.
El documento OJ-207-2026 concluyó que varios de los compromisos asumidos por la administración universitaria presentan problemas de legalidad relacionados con la representación del movimiento estudiantil, el compromiso de no impulsar acciones legales contra participantes de la protesta, la preservación de murales realizados durante la ocupación y la conformación de una comisión para desarrollar un estudio actuarial sobre el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES).
“Esta opinión jurídica es un análisis y valoración de cuestiones legales desde la Oficina Jurídica, no una sentencia ni una resolución. Eso quiere decir que esa opinión no es una carta maestra para que el rector Carlos Araya escape del acuerdo que decidió tomar”, indicó el MEA en una reacción tras consulta de UNIVERSIDAD.
El grupo estudiantil recordó que el acuerdo fue firmado por el equipo designado personalmente por el rector y sostuvo que una eventual invalidez no puede darse por establecida únicamente a partir de un criterio jurídico.
La valoración jurídica fue emitida a solicitud de la Rectoría contenida en el oficio R-3820-2026, firmado por Carlos Araya el pasado 28 de mayo. En la consulta se solicitó analizar tres aspectos específicos del acuerdo firmado el 15 de mayo: el compromiso de no impulsar acciones legales o disciplinarias contra estudiantes participantes en la toma, la preservación de los murales realizados durante la ocupación y la creación de una comisión para elaborar un estudio actuarial sobre el FEES.
La opinión concluye que el Movimiento Estudiantil Autónomo carece de personería jurídica para asumir obligaciones frente a la institución, cuestiona la posibilidad de negociar el ejercicio de potestades disciplinarias o judiciales y plantea observaciones sobre los compromisos relacionados con los murales y el estudio actuarial. Además, sostiene que varios de los acuerdos podrían resultar incompatibles con el ordenamiento jurídico universitario y nacional.
“No tuve conocimiento de que los acuerdos fueran absolutamente nulos”
Las conclusiones del documento también fueron cuestionadas por Esperanza Tasies, representante de Sedes y Recintos ante el Consejo Universitario, e integrante de la comisión que participó en las negociaciones con el estudiantado.
Consultada por UNIVERSIDAD, Tasies aseguró que durante el proceso no tuvo conocimiento de que los acuerdos pudieran presentar los problemas de legalidad señalados posteriormente por la Oficina Jurídica. “De mi parte no tuve conocimiento de que los acuerdos con el MEA fueran absolutamente nulos, como ahora, a posteriori, indica la Oficina Jurídica. Y debo reconocer que tampoco tuve dicha intuición”, respondió.
La representante explicó que su participación en la comisión negociadora estuvo vinculada a su experiencia académica en movimientos sociales y protesta social, y no a una función administrativa específica dentro del proceso.
“De mi parte actué movida únicamente por la buena fe, el principio institucional de resolución alterna de conflictos y mi experiencia de 40 años participando e investigando los movimientos sociales y la protesta social”, indicó.
Durante una sesión del Consejo Universitario en la que se discutió el tema, Tasies también cuestionó algunos de los razonamientos incorporados en el criterio OJ-207-2026. Particularmente, manifestó su desacuerdo con la valoración realizada por la Oficina Jurídica respecto a los grafitis y murales elaborados por estudiantes durante la ocupación de los edificios administrativos. Tasies sostuvo que existe una tradición universitaria internacional que reconoce este tipo de expresiones como manifestaciones culturales y políticas vinculadas con la libertad de pensamiento y la protesta social.
Al responder las consultas de este medio, insistió en que la valoración de las acciones estudiantiles debe incorporar principios como la libertad de expresión, la autonomía universitaria y el derecho a la protesta.
“Las acciones del estudiantado deben ser valoradas integrando los principios de libertad de expresión, autonomía y derecho a la protesta social. Valores que no integra la Oficina Jurídica en su pronunciamiento”, afirmó.
UNIVERSIDAD remitió consultas sobre el tema desde el pasado 17 de junio a la Rectoría y solicitó copia de los documentos relacionados con este proceso. También gestionó reacciones de Leonora De Lemos, vicerrectora de Vida Estudiantil y vocera de la administración en la mesa negociadora; Javier Tapia, director del Instituto de Investigaciones Psicológicas e integrante de la comisión; y Miguel Guzmán Stein, asesor de Rectoría que también participó en las negociaciones.
La Vicerrectoría de Vida Estudiantil acusó recibo de las consultas el 18 de junio, sin que al cierre de edición hubiera remitido respuestas. Tapia indicó a este medio que no se referiría al tema. Guzmán Stein no respondió las consultas enviadas. Por su parte, la Rectoría facilitó los documentos solicitados, pero tampoco respondió las preguntas planteadas para esta publicación.
Aclaración a solicitud de la Mag. Yorleny Guevara Cruz
“En relación con la nota ‘UTN nombró profesores a cuatro exdirectores excluidos de elecciones por supuesta falta de idoneidad académica’ (17 de junio de 2026): mis títulos son Bachillerato en Banca y Finanzas, Bachillerato en Administración de Empresas con énfasis en Recursos Humanos, Licenciatura en Administración de Empresas con énfasis en Recursos Humanos y Magíster en Administración de Recursos Humanos, atestados, presentados en fecha y tiempo según lo establecido en la Convocatoria electoral del Tribunal Electoral Universidad Técnica Nacional-1-2025, formación directamente afín a la carrera de Administración y Gestión de Recursos Humanos. La calificación de ‘no cumple’ obedeció a un criterio de comparación literal entre el nombre del título y el de la carrera, que la propia Dirección General de Desarrollo Humano (DGDH) reconoció no tener competencia técnica para aplicar.”
La entrada Estudiantes MEA: “opinión jurídica no es una carta para que rectoría desconozca acuerdo” aparece primero en Semanario Universidad.
Sigue leyendo...