Estado de Sitio en Guatemala 2026: toque de queda, clases y reuniones, explicado en 10 preguntas

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Estado de Sitio en Guatemala 2026: toque de queda, clases y reuniones, explicado en 10 preguntas

El Estado de Sitio en Guatemala fue decretado el 18 de enero de 2026 para combatir la violencia de pandillas. Conozca su alcance, límites y vigencia.​

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Glenda Burrión


19 de enero de 2026

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16:29h



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El Estado de Sitio en Guatemala, decretado el 18 enero de 2026 por el presidente Bernardo Arévalo, responde a hechos de violencia atribuidos a maras y pandillas que pusieron en riesgo el orden público y la seguridad ciudadana.

Esta medida constituye un mecanismo constitucional excepcional, que faculta al Ejecutivo a limitar de forma temporal y focalizada ciertas garantías, únicamente cuando existe una amenaza grave al Estado.

Aunque se espera que el Congreso de la República conozca el decreto el 19 de enero, este órgano también tiene la facultad de ratificarlo, modificarlo o anularlo.

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Mientras se conoce la decisión del Congreso, a continuación, se responden 10 preguntas clave que han surgido en torno al decreto vigente este año, entre ellas si existe toque de queda o si las actividades religiosas están suspendidas.

1. ¿Qué es el Estado de Sitio?​


El Estado de Sitio es una medida constitucional excepcional que permite al Ejecutivo limitar temporalmente ciertas garantías cuando existe una amenaza grave a la seguridad del Estado o al orden público.

Su aplicación está regulada por la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Orden Público.

La normativa establece que el presidente no está obligado a imponer todas las restricciones posibles, sino únicamente aquellas que resulten necesarias, proporcionales y justificadas.

Estado de Sitio decretado por Bernardo Arévalo el 18 de enero de 2026.

Estado de Sitio decretado por Bernardo Arévalo el 18 de enero de 2026.

2. ¿Cómo se aplicarán las medidas?​


El Ejecutivo aseguró que las acciones se implementarán solo en la medida indispensable, priorizando la protección de los derechos de los habitantes y el restablecimiento del orden y la seguridad pública.

Prensa Libre consultó a la Presidencia de la República, que aclaró que las medidas del Estado de Sitio están dirigidas exclusivamente contra pandillas y estructuras criminales, y no contra la ciudadanía. En ese sentido, la vida cotidiana y los eventos previamente programados pueden desarrollarse con normalidad, sin restricciones generales.

3. ¿La vida cotidiana continúa con normalidad?​


Sí. El decreto establece que el trabajo, el comercio y los servicios continúan funcionando con normalidad y no han sido suspendidos.

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4. ¿Habrá toque de queda o restricciones de movilidad?​


No. El Gobierno confirmó que no se decretó toque de queda ni una restricción general a la libre locomoción, la cual se mantiene vigente.

5. ¿Se prohíben reuniones religiosas o empresariales?​


No. Este Estado de Sitio no prohíbe ni limita reuniones religiosas ni empresariales, siempre que se realicen conforme a la ley y no alteren el orden público.

6. ¿Se suspenden procesos políticos o judiciales?​


No. Las elecciones, procesos judiciales, renovaciones de autoridades y demás procedimientos institucionales continúan sin interrupción.

7. ¿Qué pasa con las clases escolares?​


Las clases fueron suspendidas únicamente el 19 de enero, sin que exista una suspensión general del ciclo educativo.

Te informamos lo que debes saber del estado de Sitio.

Mantente atento a información verificada a través de canales oficiales.
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— Gobierno de Guatemala
🇬🇹
(@GuatemalaGob) January 19, 2026

8. ¿A quiénes está dirigida la medida?​


El Estado de Sitio está focalizado exclusivamente, según lo indicó Arévalo, en combatir la criminalidad organizada, particularmente maras y pandillas, y no será utilizado para perseguir opiniones ni actos lícitos.

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9. ¿Qué medidas extraordinarias permite la ley?​


Durante su vigencia, la ley autoriza intervención militar, control de servicios públicos y, en casos específicos, la detención sin orden judicial, siempre dentro de los límites legales y bajo control posterior de las autoridades competentes.

10. ¿Hasta cuándo estará vigente?​


El Estado de Sitio tendrá vigencia hasta el 16 de febrero de 2026, siempre que el Congreso de la República lo ratifique sin modificaciones, como lo establece la Constitución.


Al 19 de enero a las 16 horas, el Congreso aún no había conocido ni ratificado el Acuerdo, por lo que podrían registrarse cambios conforme avancen los acontecimientos.

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