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Fabiola Pomareda García
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El abogado especialista en derecho penal Karl Villalobos interpuso un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra la Municipalidad de San Carlos y la delegación policial de San Carlos por haber desalojado a 77 familias de la comunidad de Chorreras sin que se hubiera realizado el estudio de impacto ambiental requerido en los casos en que se trata de un área protegida.
Mientras que la activista del Observatorio Ciudadano Susan Rodríguez afirmó que algunos de los campesinos tenían contratos de arrendamiento otorgados por el Instituto de Tierras y Colonización (ITCO) o el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), hoy Instituto de Desarrollo Rural (Inder); pero que fueron desalojados sin que conste que se realizó el respectivo trámite para revocar esos contratos.
El 19 de noviembre inició el desalojo de más de 70 familias, en la comunidad de Chorreras, en Cutris de San Carlos, por parte de funcionarios de los ministerios de Ambiente y Energía (Minae), de Seguridad Pública, de Salud, de la Policía Profesional de Migración, de la Municipalidad de San Carlos y de la Fuerza Pública.
Esto se realizó en cumplimiento de una “medida cautelar atípica de la restitución de las cosas a su estado anterior” por proceso de usurpación de territorio estatal, parte del expediente 25-000857-306-PE.
La comunidad de Chorreras estaba ubicada en la franja fronteriza norte y durante años se desarrolló como cualquier otra comunidad rural. A lo largo de una calle se levantaron las viviendas, con una pulpería, un bar-restaurante, una iglesia católica y una evangélica, una escuela del Ministerio de Educación Pública (MEP) y un centro comunal, describió Susan Rodríguez, activista de una organización llamada Observatorio Ciudadano, ubicada en La Fortuna.
Actualmente Chorreras se ubica dentro del “Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo”, ya que la creación del Refugio mediante el decreto 22.962-MIRENEM, en 1994, se realizó muchos años después de que se conformara el poblado.
Estructura desmantelada en el poblado de Chorreras, en Cutris de San Carlos. (Foto: Sinac/Minae)
Alegan violación a la normativa ambiental
Villalobos explicó que el 19 de noviembre los funcionarios de la Municipalidad de San Carlos, apoyados por la Fuerza Pública de San Carlos, empezaron a demoler las viviendas y otras estructuras del pueblo generando “enormes cúmulos de escombros y basura en la zona”, y derramando en algunas partes un líquido azulado, posiblemente tóxico; pero que previo a realizar las demoliciones no se realizó el estudio técnico de impacto ambiental que se exige para tales actos dentro de un área protegida.
El recurso de amparo fue presentado el 24 de noviembre y se encuentra en trámite ante la Sala Constitucional.
“A la hora de hacer el desalojo, el Estado tiene que cumplir con el marco de legalidad, tiene que cumplir con la normativa ambiental, tiene que cumplir con la salvaguarda de menores de edad, tiene que cumplir con el cuidado de adultos mayores que estaban en ese momento; había una iglesia que algunos testigos dicen que quemaron y hay una escuela del MEP que prácticamente la despedazaron”, dijo Villalobos.
“Las leyes exigen que cualquier acto humano que vaya a alterar el ambiente requiere un estudio de impacto ambiental. A la hora de hacer un desalojo de este tipo se tenía que tener un estudio de impacto ambiental y eso no se hizo, sencillamente llegaron y destruyeron ese pueblo (…). Hay quemas, hay basura que tiraron por ese lugar y contaminaron, hay un agua como verde azul que no se sabe que es (…). En este momento ese pueblo ya no existe, lo desarmaron.”, refirió Villalobos.
El recurso de amparo plantea “que previo a realizar las maniobras de demolición y derribo de la comunidad de Chorreras por parte de los funcionarios de la Municipalidad de San Carlos y la fuerza publica de ese cantón, nunca se realizó el estudio técnico de impacto ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, que se exige para tales actos, como bien lo indica la ley orgánica del Ambiente, concretamente en su articulo 17”.
También argumenta que “el marco normativo mencionado desarrolla en forma profusa y bastante clara la obligación por parte de las instituciones del Estado de que en todas las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos se debe actuar, aún en acatamiento de una orden judicial, en protección del derecho de todos a un medio ambiente sano”.

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Contratos de arrendamiento
De acuerdo con Susan Rodríguez, varios finqueros de la zona “tenían títulos que el ITCO les dio en 1978”. Rodríguez dijo que desde el 20 de noviembre pidió el informe técnico sobre la situación jurídica de esas tierras supuestamente usurpadas al Inder; pero le indicaron que la oficina del Inder en la Zona Norte no lo tenía.
“Acaban de ejecutar un proceso de desalojo y el Inder no tiene los documentos. Si la fiscal acusó a las personas de invasión, la única institución autorizada para dar un informe técnico es el Inder; el Inder tenía que dar un historial técnico legal de estas tierras”, afirmó Rodríguez.
Según argumentó Rodríguez, el desalojo lo solicitó el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) porque las personas se ubicaban en zona protegida bajo un decreto ejecutivo. “Pero eso pasó después de que el ITCO dio los contratos de arrendamiento a las personas para desarrollar ese pueblo rural. Estoy esperando que me manden los documentos probatorios de que se hizo el respectivo tramite administrativo para revocar esos contratos que tenían para poder habitar este lugar”, señaló.
“Imagínese, destrozaron un pueblo por una medida que dictó un juzgado sin haber hecho el debido proceso”, dijo Rodríguez.
UNIVERSIDAD solicitó al Inder el informe técnico sobre la situación jurídica de estas tierras que habían sido supuestamente usurpadas, así como el dato sobre las personas que tenían contratos de arrendamiento otorgados por el ITCO o el IDA en la zona. También se consultó cuál fue el trámite que siguió el Inder para revocar esos contratos. Sin embargo, la consulta aún se encontraba en trámite a la hora de cierre.

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