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Fabiola Pomareda García
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Después de analizar el informe presentado por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) de delimitación de hectáreas de bosque en los terrenos que fueron excluidos de la protección del Estado como parte del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (Regama), la Defensoría de los Habitantes solicitó a la Sala Constitucional que ordene una validación técnica independiente a dicho informe.
La Defensoría solicitó a la Sala Constitucional que esta validación sea realizada por la sección de Biología Forense del Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), que es un ente verdaderamente independiente y que tiene sistemas de gestión de calidad y acreditaciones internacionales bajo normas ISO, alegó.
Desde que se aprobó la ley 9223, “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur” en 2014, los terrenos que están en la costa entre Cocles y el poblado de Manzanillo, en el Caribe Sur quedaron fuera de la protección del Refugio.
Se ha denunciado de forma continua el deterioro y reducción del bosque en esa franja, mediante las prácticas de socola, deforestación, y secado y destrucción de humedales. Además, en dicha franja costera es donde existen las mayores presiones por un cambio de uso de suelo que agilice el desarrollo inmobiliario.
En 2019 la Sala declaró parcialmente con lugar una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el vecino de Limón Marco Levy Virgo en contra de la ley aprobada en 2014.
En el voto 2019-12745, del 10 de julio de 2019, la Sala IV ordenó al Sinac delimitar los territorios comprendidos en la zona boscosa, y, en conjunto con la Procuraduría General de la República (PGR), ejercer las acciones legales correspondientes en defensa del patrimonio público, para que estos terrenos volvieran a estar bajo protección del Refugio.
Siete años después, finalmente el 11 de setiembre de 2025 el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach, y el director a.i. del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), David Chavarría, remitieron a la Sala Constitucional el “Informe final de cumplimiento” de esa orden.

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Después de seis años, finalmente el Minae cumplió con una sentencia de la Sala IV, que en 2019 le ordenó delimitar las hectáreas de bosque que deben volver a estar bajo protección del Estado.
Las dudas de la Defensoría
De acuerdo con la Defensoría, si bien reconoce que el Minae “atendió en lo sustancial lo ordenado por la Sala Constitucional, sobre la protección del patrimonio natural en el Caribe Sur”, “persisten dudas razonables sobre la suficiencia y pertinencia de la metodología utilizada”.
La Defensoría explicó, en primer lugar, que el Minae partió de la cobertura forestal existente en 2025, “lo cual podría legitimar pérdidas ambientales ocurridas durante la vigencia de la Ley 9223, posteriormente declarada inconstitucional”.
En segundo lugar, la Defensoría indicó que “el informe no asegura de manera expresa que el bosque anegado -como ecosistema particular distinto del bosque general- haya sido cartografiado e integrado según lo recomendado por la Defensoría y la Procuraduría”.
Y en tercer lugar, aunque el Minae aseveró que su estudio fue “validado” por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo) para la Defensoría, “este órgano no puede considerarse independiente, ya que está adscrito al propio Minae y carece de competencias legales para realizar peritajes de esta naturaleza”.
“La Defensoría considera que debe validarse, a través de fuentes científicas o pericias generadas desde un actor ajeno al presente proceso judicial, la información suministrada por el Minae ante las dudas razonables de que la delimitación de las zonas boscosas presentada, cumpla efectivamente con la legislación nacional e internacional, a fin de que se garantice la protección y conservación del patrimonio natural del Estado”, enfatizó la institución.
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