F
Fabiola Pomareda García
Guest
Un nuevo decreto emitido por el Poder Ejecutivo permite adoptar “medidas excepcionales” y simplificar y agilizar los trámites para construir y poner en marcha los proyectos de generación de electricidad a partir de recursos renovables que requieran los sistemas de generación, transmisión y distribución necesarios para garantizar el suministro eléctrico nacional, actual y futuro.
El pasado 20 de febrero sesionó el Consejo Subsectorial de Energía, el mecanismo de coordinación de más alto nivel del sector energético, y abordó el tema del Decreto Ejecutivo 44930-MINAE, según informó el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
El Decreto Ejecutivo 44930-MINAE “Declara de interés público la adición de sistemas de generación energética para garantizar el suministro eléctrico en Costa Rica” y fue aprobado en agosto de 2025.
Esta orden declaró de interés público la adición de sistemas de generación energética para garantizar el suministro eléctrico, en respuesta al crecimiento proyectado de la demanda, los efectos climáticos recientes y la necesidad de fortalecer la seguridad energética del país, se argumentó.
Asimismo, declaró de interés público la suscripción y prórrogas de contratos autorizados en el Capítulo I y II de la Ley 7200 «Ley que Autoriza la Generación Eléctrica Autónoma o Paralela», según el texto.
La justificación
Como justificación para tener que emitir este decreto, el Gobierno recordó la situación que se vivió en mayo de 2024, cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció racionamientos eléctricos, los cuales al final no tuvieron que realizarse porque llovió.
También se argumentó que el Plan de Expansión de la Generación Eléctrica 2024-2040 estimó que la demanda eléctrica del país crecería un 4.2% en 2024 -en comparación con 2023- y un 3.4% en 2025, por sobre el año anterior. Este aumento de la demanda se basa en la proyección del crecimiento de la economía nacional del 4.0% para el periodo 2025-2026, según el Banco Central de Costa Rica (BCCR).
Otra justificación es que “si bien una condición de criticidad hidroeléctrica no se ha llegado a concretar”, el ICE reaccionó ante la posibilidad de que este evento se materializara este año (2025) o los siguientes, con el alquiler de varios bloques de generación térmica y el programa de obras de generación y transmisión previstos hasta el 2030, a partir de las recomendaciones de planificación técnica de la institución.
Los cambios
El decreto declara de interés público la adopción de medidas excepcionales para adquirir materiales y equipos, y construir los proyectos que requieran los sistemas de generación, transmisión y distribución de electricidad, necesarios para garantizar el suministro eléctrico nacional, actual y futuro, así como la atención de un “posible crecimiento disruptivo de la demanda de energía eléctrica”.
En este sentido, simplifica y agiliza los trámites necesarios “para la adjudicación, obtención de permisos de construcción, licenciamiento ambiental, concesiones, declaratoria de actividades de conveniencia nacional y puesta en marcha de los proyectos de generación, transmisión y distribución eléctrica”, incluyendo la incorporación de nuevas plantas de generación con fuentes de energías renovables y la infraestructura de transmisión requerida para transportar dicha energía.
También insta a todas las empresas distribuidoras de energía, como el ICE, Compañía Nacional de Fuerza y Luz S .A., Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH), Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (Jasec), Coopeguanacaste, Coopelesca, Coopesantos y CoopeAlfaroRuiz a invertir en la infraestructura de la red eléctrica, “de forma que se permita integrar de manera eficiente los nuevos proyectos de generación con fuentes de energía renovable, la inyección de excedentes de energía de generación distribuida y la compra de excedentes entre empresas distribuidoras, así como la inclusión de sistemas de almacenamiento de energía”.
Asimismo, solicita a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) a reformar la Norma técnica de planeación, operación y acceso al sistema eléctrico nacional (AR-NT-POASEN) para permitir el desarrollo de inversiones en obras del sistema de transmisión por parte de empresas privadas y cooperativas de electrificación rural y su posterior reconocimiento; previa validación del desarrollo de estas por parte del ICE, según las necesidades del sistema.
Otra medida que dicta el decreto es que pide al Minae, a la Aresep, al ICE y a las empresas distribuidoras eléctricas reformar sus reglamentos para optimizar la aplicación de la «Ley de Promoción de Recursos Energéticos Distribuidos con Fuentes Renovables» (Ley 10.086) y el artículo 16 bis de la «Ley de Régimen de Zonas Francas» (Ley 7210), reformado por el artículo 3 de la «Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para Promover la Atracción de Inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)».
Esto con el fin de “facilitar, democratizar y garantizar la integración ágil y segura de los recursos energéticos distribuidos, propiciando condiciones que promuevan la inclusión de sistemas de almacenamiento de energía y regulación eficiente de la demanda, así como seguridad jurídica y financiera a los clientes que realicen estas inversiones”.
La entrada Decreto da “medidas excepcionales” para acelerar proyectos eólicos, solares e hidroeléctricos por «crecimiento» de demanda de electricidad y «efectos climáticos» aparece primero en Semanario Universidad.
Sigue leyendo...