Daniel Noboa cuestiona fallo de la Corte Constitucional sobre concesiones eléctricas en Ecuador

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Alejandra Vélez

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El Presidente de la República cuestionó un fallo de la Corte Constitucional sobre las concesiones eléctricas al sector público. El pronunciamiento del Ejecutivo se dio este sábado 10 de enero de 2026, tras una reciente decisión vinculada al sector eléctrico.

El tema abrió un nuevo cruce de criterios entre el Gobierno y la Corte Constitucional.

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El mensaje del Presidente​


El presidente Daniel Noboa publicó un mensaje en su cuenta de X, en el que criticó el fallo de la Corte Constitucional relacionado con las concesiones en el sector eléctrico.

En su publicación afirmó que la resolución “no es una discusión jurídica aislada”, sino un “cálculo político”.

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Según Noboa, la decisión implica “negar empleo, energía y estabilidad a las familias ecuatorianas”. También sostuvo que se pone “la ideología y la revancha por encima del bienestar del país”.

Críticas directas al fallo​


El Jefe de Estado cuestionó las motivaciones detrás de la sentencia.

Afirmó que quienes respaldan esa postura “prefieren un país en desastre si eso les permite volver a gobernar”.

Además, señaló que su Gobierno no accedió a intentos de cogobernar ni a repartir cuotas. Indicó que su administración actúa “sin negociar principios” y sin aceptar pedidos recurrentes de espacios de poder.

La postura del Ejecutivo​


Noboa aseguró que su deber no es “administrar el caos ni gobernar para unos pocos”. En ese contexto, reiteró que su responsabilidad es garantizar “energía, trabajo y futuro para millones de ecuatorianos”.

El Presidente afirmó que fue elegido para resolver problemas y no para permanecer pasivo.

Añadió que continuará actuando con firmeza, dentro del marco legal y con una visión de largo plazo.

Qué resolvió la Corte Constitucional​


El pronunciamiento presidencial se dio luego de conocerse el fallo emitido el 11 de diciembre de 2025. La Corte declaró inconstitucional el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Esa disposición permitía al Estado delegar servicios eléctricos al sector privado bajo el argumento de interés público, colectivo o general.

Alcances de la decisión​


La sentencia limita la delegación al sector privado únicamente a casos en los que el servicio no pueda ser prestado por empresas públicas o mixtas.

Según el fallo, la norma no establecía excepciones claras y vulneraba el principio de excepcionalidad en sectores estratégicos.

No obstante, se mantienen otros mecanismos de participación no estatal previstos en la ley y en la Constitución. Esto anticipa nuevos debates sobre futuros proyectos en el sistema eléctrico.


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