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Orlando Silva
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El presidente de la República, Daniel Noboa, declaró en comisión de servicios a la comitiva de apoyo que lo acompañará en su viaje a Estados Unidos, previsto para los días 26 y 27 de diciembre de 2025, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo 264, suscrito el martes 23 de diciembre de 2025 en Quito.
El decreto establece que el traslado del presidente Noboa a Estados Unidos se realizará para atender asuntos de índole personal. En ese contexto, el documento aclara que no se generarán gastos con cargo al presupuesto público en favor del jefe de Estado durante los días del desplazamiento.
La medida se fundamenta en las atribuciones constitucionales del Presidente de la República y en las normas que regulan el ejercicio de la Función Ejecutiva.
Según el Decreto Ejecutivo 264, la comitiva de apoyo que acompañará al Primer Mandatario estará conformada únicamente por el jefe de Seguridad. El documento no contempla la participación de otros funcionarios o servidores públicos en este viaje.
Asimismo, se señala que los viáticos y demás gastos que se generen por el desplazamiento del integrante de la comitiva se cubrirán con cargo al presupuesto de la institución a la que pertenece.
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Como disposición general única, el decreto ordena comunicar a la Asamblea Nacional la realización del viaje presidencial, conforme a lo establecido en el inciso final del artículo 144 de la Constitución de la República.
El Decreto Ejecutivo 264 entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.
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El viaje de Daniel Noboa a Estados Unidos responde a asuntos de índole personal
El decreto establece que el traslado del presidente Noboa a Estados Unidos se realizará para atender asuntos de índole personal. En ese contexto, el documento aclara que no se generarán gastos con cargo al presupuesto público en favor del jefe de Estado durante los días del desplazamiento.
La medida se fundamenta en las atribuciones constitucionales del Presidente de la República y en las normas que regulan el ejercicio de la Función Ejecutiva.
La comitiva estará integrada únicamente por el jefe de Seguridad
Según el Decreto Ejecutivo 264, la comitiva de apoyo que acompañará al Primer Mandatario estará conformada únicamente por el jefe de Seguridad. El documento no contempla la participación de otros funcionarios o servidores públicos en este viaje.
Asimismo, se señala que los viáticos y demás gastos que se generen por el desplazamiento del integrante de la comitiva se cubrirán con cargo al presupuesto de la institución a la que pertenece.
Te puede interesar: José Antonio Kast, presidente electo de Chile, se reunirá con Daniel Noboa en Quito
El Ejecutivo notificará el viaje a la Asamblea Nacional
Como disposición general única, el decreto ordena comunicar a la Asamblea Nacional la realización del viaje presidencial, conforme a lo establecido en el inciso final del artículo 144 de la Constitución de la República.
El Decreto Ejecutivo 264 entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.
- Información extra: Daniel Noboa
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