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Lucía Vásconez
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El Gobierno Nacional confirmó que el viernes 2 de enero de 2026 será feriado de descanso obligatorio para los sectores público y privado en Ecuador. El asueto se suma al feriado de Año Nuevo y permitirá un descanso extendido del 1 al 4 de enero de 2026.
El presidente Daniel Noboa oficializó el puente del feriado de Año Nuevo mediante el Decreto Ejecutivo 249, firmado el miércoles 17 de diciembre de 2025. La ejecución de la medida estará a cargo del Ministerio de la Producción, Comercio Exterior e Inversiones y del Ministerio de Gobierno, en coordinación con las entidades públicas y privadas, según sus competencias.
El decreto establece que el feriado no es recuperable y debe cumplirse en todo el territorio nacional. Esto significa que el trabajador no debe compensar ese día con horas adicionales ni trabajar otro día para “reponerlo”.
Aunque el 2 de enero es un feriado obligatorio, algunos trabajadores deberán cumplir sus jornadas por la naturaleza de sus actividades. En esos casos, la ley laboral establece un pago adicional.
El artículo 55, numeral 4, del Código del Trabajo señala que el trabajo realizado en días de descanso obligatorio, como sábados, domingos o feriados, debe pagarse con un recargo del 100%. Es decir, cada hora trabajada se paga al doble del valor normal.
Esta disposición aplica tanto para el sector público como para el privado y considera ese tiempo como trabajo extraordinario.
El cálculo del pago por horas trabajadas en un feriado es directo. Primero, el trabajador debe dividir su salario mensual para 240, que corresponde al número de horas laboradas en un mes.
El valor obtenido representa el pago por una hora ordinaria. Ese monto debe multiplicarse por dos, ya que la ley ordena un recargo del 100% en feriados.
Si el trabajador labora varias horas el 2 de enero, deberá multiplicar ese valor por el número total de horas efectivamente trabajadas.
El pago doble por trabajar en feriados no es un beneficio opcional, sino un derecho laboral. Los empleadores están obligados a cumplir esta disposición y los trabajadores pueden exigir que se respete la normativa vigente.
Información externa: Daniel Noboa
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El pago que corresponde si trabaja el 2 de enero de 2026
El presidente Daniel Noboa oficializó el puente del feriado de Año Nuevo mediante el Decreto Ejecutivo 249, firmado el miércoles 17 de diciembre de 2025. La ejecución de la medida estará a cargo del Ministerio de la Producción, Comercio Exterior e Inversiones y del Ministerio de Gobierno, en coordinación con las entidades públicas y privadas, según sus competencias.
El decreto establece que el feriado no es recuperable y debe cumplirse en todo el territorio nacional. Esto significa que el trabajador no debe compensar ese día con horas adicionales ni trabajar otro día para “reponerlo”.
¿Qué pasa si le toca trabajar el 2 de enero de 2026?
Aunque el 2 de enero es un feriado obligatorio, algunos trabajadores deberán cumplir sus jornadas por la naturaleza de sus actividades. En esos casos, la ley laboral establece un pago adicional.
El artículo 55, numeral 4, del Código del Trabajo señala que el trabajo realizado en días de descanso obligatorio, como sábados, domingos o feriados, debe pagarse con un recargo del 100%. Es decir, cada hora trabajada se paga al doble del valor normal.
Esta disposición aplica tanto para el sector público como para el privado y considera ese tiempo como trabajo extraordinario.
Cómo calcular el pago por trabajar en feriado
El cálculo del pago por horas trabajadas en un feriado es directo. Primero, el trabajador debe dividir su salario mensual para 240, que corresponde al número de horas laboradas en un mes.
El valor obtenido representa el pago por una hora ordinaria. Ese monto debe multiplicarse por dos, ya que la ley ordena un recargo del 100% en feriados.
Si el trabajador labora varias horas el 2 de enero, deberá multiplicar ese valor por el número total de horas efectivamente trabajadas.
Un derecho que debe cumplirse
El pago doble por trabajar en feriados no es un beneficio opcional, sino un derecho laboral. Los empleadores están obligados a cumplir esta disposición y los trabajadores pueden exigir que se respete la normativa vigente.
Información externa: Daniel Noboa
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