Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional contrato entre el Estado y PPC

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Juan Manuel Díaz

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El Pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró que es inconstitucional el contrato suscrito entre el Estado y la empresa Panama Ports Company (PPC), al resolver una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el contralor general de la República, Anel Flores.

PPC, que es filial del consorcio chino CK Hutchison, tiene la concesión para administrar los puertos de Balboa (Panamá) y Cristóbal (Colón).


El contralor presentó la demanda por inconstitucional el pasado miércoles 30 de julio, junto a una demanda ante la Sala Tercera de la Corte, en la que solicita la nulidad del contrato de concesión suscrito entre el Estado y PPC en 1997, durante la administración de Ernesto Pérez Balladares.

Las acciones legales se sustentan en los hallazgos de una auditoría practicada a la empresa, en la que —según Flores— se documentaron prácticas lesivas para los intereses nacionales.

Con anterioridad, el 3 de febrero de 2025, los abogados Julio Fidel Macías y Norman Castro habían presentado una primera demanda de inconstitucionalidad del contrato, por lo que el Pleno decidió acumularlas.

En una opinión vertida por el procurador general de la Nación, Luis Carlos Gómez el pasado 19 de febrero del 2025, dentro de la demanda de Macías y Castro, estimó que el citado contrato entre PPC y el Estado era inconstitucional.

En esa ocasión Gómez consideró que la cláusula 2.1 del contrato que permite a PPC la explotación de estructuras distintas a las concesionadas vulnera los artículos 1, 2, 19, 32, 50, 159 y 29 de la Constitución, ya que se entregan terrenos para la operación de una extensión futura de ese centro portuario.

Cabe recordar que los puertos de Balboa y Cristóbal están dentro de un proceso de venta de puertos por parte de Hutchison a la firma de inversiones estadounidense BlackRock. Este acuerdo de venta está estancado.

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