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Orlando Silva
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La Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes de la Asamblea Nacional tratará este martes 24 de febrero de 2026 el proyecto de ley reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia que plantea restringir el uso de redes sociales a menores de 15 años. La sesión se realizará a las 19:00, de forma virtual, y contempla la comparecencia de la asambleísta de ADN, Katherine Alexandra Pacheco Machuca, para que exponga la motivación de la iniciativa.
Según el orden del día, la reunión se enmarca en el proceso de socialización y tratamiento del proyecto que busca reforzar el derecho a la dignidad, reputación, honor e imagen de niñas, niños y adolescentes.
El proyecto propone agregar un numeral al artículo 52 del Código de la Niñez y Adolescencia para prohibir el acceso y uso de redes sociales por parte de menores de 15 años.
La reforma define como redes sociales a las plataformas digitales que permiten la creación de cuentas personales con fines de interacción social, publicación de contenido, envío de mensajes privados masivos y establecimiento de conexiones públicas entre usuarios.
La iniciativa establece que la prohibición no aplicará a plataformas con fines exclusivamente educativos ni a aquellas que cuenten con versiones específicas y certificadas para menores, siempre que incluyan mecanismos efectivos de control parental, configuración de privacidad y límites de uso acordes a la edad.
El texto contempla que el incumplimiento por parte de las empresas proveedoras dará lugar a multas que podrían alcanzar hasta el 5% de su facturación local anual. Además, fija un plazo máximo de 18 meses, contados desde la publicación de la ley en el Registro Oficial, para que las instituciones y plataformas adopten los mecanismos necesarios para garantizar su cumplimiento.
Dentro de ese período, las empresas deberán implementar sistemas verificables que impidan que usuarios menores de 15 años creen o mantengan cuentas en sus servicios, así como cancelar o suspender aquellas que se detecten en incumplimiento.
En la exposición de motivos, la propuesta señala que la Constitución reconoce a niñas, niños y adolescentes como grupo de atención prioritaria y establece el principio del interés superior del niño. También menciona la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
El documento argumenta que la reforma responde a riesgos asociados al entorno digital, como el ciberacoso, la suplantación de identidad y delitos sexuales en línea, y sostiene que el objetivo es fortalecer la protección de la dignidad e imagen de la niñez y adolescencia en un contexto de uso extendido de plataformas digitales.
La Comisión avanzará en la etapa de socialización del proyecto con la exposición de la proponente, como parte del trámite legislativo previo a su eventual debate en el Pleno.
Información extra: Asamblea Nacional
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Prohibición de redes sociales a menores de 15 años en Ecuador
Según el orden del día, la reunión se enmarca en el proceso de socialización y tratamiento del proyecto que busca reforzar el derecho a la dignidad, reputación, honor e imagen de niñas, niños y adolescentes.
El proyecto propone agregar un numeral al artículo 52 del Código de la Niñez y Adolescencia para prohibir el acceso y uso de redes sociales por parte de menores de 15 años.
La reforma define como redes sociales a las plataformas digitales que permiten la creación de cuentas personales con fines de interacción social, publicación de contenido, envío de mensajes privados masivos y establecimiento de conexiones públicas entre usuarios.
La iniciativa establece que la prohibición no aplicará a plataformas con fines exclusivamente educativos ni a aquellas que cuenten con versiones específicas y certificadas para menores, siempre que incluyan mecanismos efectivos de control parental, configuración de privacidad y límites de uso acordes a la edad.
Multas y plazos de implementación
El texto contempla que el incumplimiento por parte de las empresas proveedoras dará lugar a multas que podrían alcanzar hasta el 5% de su facturación local anual. Además, fija un plazo máximo de 18 meses, contados desde la publicación de la ley en el Registro Oficial, para que las instituciones y plataformas adopten los mecanismos necesarios para garantizar su cumplimiento.
Dentro de ese período, las empresas deberán implementar sistemas verificables que impidan que usuarios menores de 15 años creen o mantengan cuentas en sus servicios, así como cancelar o suspender aquellas que se detecten en incumplimiento.
Fundamentos del proyecto
En la exposición de motivos, la propuesta señala que la Constitución reconoce a niñas, niños y adolescentes como grupo de atención prioritaria y establece el principio del interés superior del niño. También menciona la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
Compartimos el orden del día de la Sesión Nº066 de la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes, convocada para este martes 24 de febrero.#AsambleaNacionalDelEcuador#ProtecciónANiñosYAdolescentes pic.twitter.com/sPsalJdFeE
— CEPPINNA (@ComisionNinezAN) February 24, 2026
El documento argumenta que la reforma responde a riesgos asociados al entorno digital, como el ciberacoso, la suplantación de identidad y delitos sexuales en línea, y sostiene que el objetivo es fortalecer la protección de la dignidad e imagen de la niñez y adolescencia en un contexto de uso extendido de plataformas digitales.
La Comisión avanzará en la etapa de socialización del proyecto con la exposición de la proponente, como parte del trámite legislativo previo a su eventual debate en el Pleno.
Información extra: Asamblea Nacional
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