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Gladys Rivadeneira
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares en beneficio de 26 personas desaparecidas y seis mujeres buscadoras en el marco de un estado de excepción respecto de Ecuador, el 24 de diciembre de 2025.
La CIDH consideró que estas personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, con riesgo de daño irreparable a sus derechos a la vida e integridad personal.
Según la solicitud, las 26 personas habrían sido detenidas por miembros de las Fuerzas Armadas en distintos operativos realizados durante 2024.
Esto, sin que exista información oficial sobre su paradero, pese a decisiones judiciales y denuncias interpuestas.
Asimismo, las mujeres beneficiarias señalaron que estarían siendo objeto de amenazas y actos de intimidación por sus labores de búsqueda.
El Estado sostuvo que las autoridades realizan investigaciones diligentes y que existen mecanismos eficaces para mitigar el riesgo.
Reportó que todos los casos están a cargo de la Fiscalía General por el delito de desaparición forzada.
Además, señaló que, conforme a la valoración de la entidad competente, no se ha identificado un riesgo verificable respecto de las familias de las personas desaparecidas, aunque informó que realizará una reevaluación del riesgo.
Tras analizar las alegaciones de hecho y derecho de ambas partes, la CIDH consideró que la situación de las personas desaparecidas no ha sido esclarecida y que se desconoce su paradero o destino.
Respecto de las mujeres familiares, la información disponible da cuenta de amenazas e intimidaciones persistentes, incluidos hechos recientes de noviembre de 2025.
La Comisión determinó que los beneficiarios se encuentran en una situación de gravedad y urgencia.
Por esto, solicitó a Ecuador redoblar esfuerzos para determinar la situación y paradero de las 26 personas y entregar información inmediata que permita conocer su destino.
También, adoptar medidas con enfoque de género para proteger la vida e integridad de las seis mujeres buscadoras.
Ellas son: Lorena Jacqueline R.M., Wendy Gabriela A.Ch., la esposa de Jonathan Daniel V.V., Mercí Rocío G.B., Mayra A.Ch. y Jeniffer P.C..
Además, brindar atención a la salud física y mental de las familiares, concertar las medidas con los parientes y representantes, e informar sobre las acciones de investigación para evitar la repetición de los hechos.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre eventuales peticiones ante el Sistema Interamericano.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Está integrada por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General a título personal, con el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región.
Información externa: Estado de excepción
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La solicitud de medidas cautelares para desaparecidos y mujeres buscadora durante un estado de excepción
La CIDH consideró que estas personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, con riesgo de daño irreparable a sus derechos a la vida e integridad personal.
Detenciones, falta de información y amenazas
Según la solicitud, las 26 personas habrían sido detenidas por miembros de las Fuerzas Armadas en distintos operativos realizados durante 2024.
Esto, sin que exista información oficial sobre su paradero, pese a decisiones judiciales y denuncias interpuestas.
Asimismo, las mujeres beneficiarias señalaron que estarían siendo objeto de amenazas y actos de intimidación por sus labores de búsqueda.
Postura del Estado y estado de las investigaciones
El Estado sostuvo que las autoridades realizan investigaciones diligentes y que existen mecanismos eficaces para mitigar el riesgo.
Reportó que todos los casos están a cargo de la Fiscalía General por el delito de desaparición forzada.
Además, señaló que, conforme a la valoración de la entidad competente, no se ha identificado un riesgo verificable respecto de las familias de las personas desaparecidas, aunque informó que realizará una reevaluación del riesgo.
Análisis de la CIDH y hechos recientes
Tras analizar las alegaciones de hecho y derecho de ambas partes, la CIDH consideró que la situación de las personas desaparecidas no ha sido esclarecida y que se desconoce su paradero o destino.
Respecto de las mujeres familiares, la información disponible da cuenta de amenazas e intimidaciones persistentes, incluidos hechos recientes de noviembre de 2025.
Solicitudes al Estado ecuatoriano
La Comisión determinó que los beneficiarios se encuentran en una situación de gravedad y urgencia.
Por esto, solicitó a Ecuador redoblar esfuerzos para determinar la situación y paradero de las 26 personas y entregar información inmediata que permita conocer su destino.
También, adoptar medidas con enfoque de género para proteger la vida e integridad de las seis mujeres buscadoras.
Ellas son: Lorena Jacqueline R.M., Wendy Gabriela A.Ch., la esposa de Jonathan Daniel V.V., Mercí Rocío G.B., Mayra A.Ch. y Jeniffer P.C..
Además, brindar atención a la salud física y mental de las familiares, concertar las medidas con los parientes y representantes, e informar sobre las acciones de investigación para evitar la repetición de los hechos.
Alcance de la medida y rol de la CIDH
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre eventuales peticiones ante el Sistema Interamericano.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Está integrada por siete miembros independientes elegidos por la Asamblea General a título personal, con el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región.
Información externa: Estado de excepción
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