CIDH otorga medidas cautelares a presos de la Penitenciaría del Litoral; estos son los motivos

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Gladys Rivadeneira

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó el 30 de diciembre de 2025 medidas cautelares a los presos del Centro de Privación de Libertad Guayas Nº 1, ubicado en Guayaquil, conocido como la Penitenciaría del Litoral.

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Los motivos de la CIDH para otorgar medidas cautelares a presos de la Penitenciaría del Litoral​


La CIDH consideró que existe una situación de gravedad y urgencia, ya que los derechos a la vida, integridad personal y salud de los internos enfrentan un riesgo de daño irreparable.

Según la solicitud analizada por la CIDH, las personas privadas de libertad estarían expuestas a condiciones incompatibles con los estándares internacionales.

Entre las supuestas falencias estarían: hacinamiento, deficiencias estructurales, acceso insuficiente a atención médica, propagación de enfermedades infectocontagiosas, en especial tuberculosis.

Así como desnutrición y limitaciones en el acceso a agua potable y alimentación adecuada.

Además, se reportó un número de fallecimientos al interior del centro, presuntamente asociados a estas condiciones.

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Estos señalamientos constan en inspecciones judiciales, informes del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo, comunicaciones del Ministerio de Salud Pública y resoluciones judiciales internas, que advierten sobre la persistencia de riesgos para la población detenida.

La posición del Estado ecuatoriano​


El Estado informó a la Comisión que ha adoptado diversas medidas para atender la situación del centro.

Entre ellas coordinación interinstitucional, programas de control y tratamiento de la tuberculosis, habilitación de áreas de atención médica.

También, traslados de personas privadas de libertad con enfermedades infectocontagiosas y la implementación de políticas públicas de salud penitenciaria.

Señaló la existencia de mecanismos judiciales internos, como acciones de Habeas Corpus y medidas cautelares autónomas.

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Esto, con el fin de que los internos presenten reclamos relacionados con atención médica y condiciones de detención.

La evaluación de la CIDH​


Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho de ambas partes, la CIDH consideró que el elevado número de muertes, su incremento sostenido y la falta de información estatal desagregada sobre las causas.

Sumados a los hallazgos de visitas judiciales y otros pronunciamientos de entidades estatales, evidencian la necesidad de reforzar las medidas adoptadas por el Estado.

En consecuencia, la Comisión determinó que los beneficiarios se encuentran en una situación de gravedad y urgencia.

Solicitó a Ecuador que adopte medidas necesarias y efectivas para evitar la pérdida de vidas y proteger la integridad personal de todas las personas privadas de libertad en el CPL Guayas Nº 1.

Medidas cautelares solicitadas y seguimiento internacional​


Entre las acciones requeridas están: garantizar atención médica adecuada y especializada, asegurar el acceso inmediato a alimentos de calidad y agua potable.

También, reducir sustancialmente el hacinamiento, permitir el acceso periódico de familiares y representantes legales, y concertar las medidas con los beneficiarios mediante una mesa interinstitucional.

Además, la CIDH pidió al Estado informar sobre las investigaciones relacionadas con las muertes ocurridas y responder a la solicitud de anuencia para realizar una visita in situ al centro penitenciario.

La Comisión precisó que el otorgamiento de estas medidas cautelares y su adopción por parte del Estado no constituyen prejuzgamiento sobre eventuales peticiones ante el Sistema Interamericano por posibles violaciones de derechos humanos.

La CIDH, como órgano principal y autónomo de la OEA, tiene el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo en esta materia.


  • Enlace externo: CIDH

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