Asamblea actualiza reglamento de viáticos: bono de residencia sube a 1 446 y se extiende a asesores

  • Empezar tema Empezar tema Ana Lucía Freire
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
A

Ana Lucía Freire

Guest
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó una actualización integral al Reglamento para el Pago de Viáticos y Movilización de la Asamblea Nacional. El nuevo documento, vigente desde el 4 de marzo de 2026, introduce cambios significativos en la compensación por residencia y amplía el abanico de funcionarios que pueden acceder a estos beneficios económicos, que anteriormente estaban destinados casi exclusivamente a los legisladores principales.

Más noticias​

El nuevo costo de la residencia legislativa​


Con la fijación del Salario Básico Unificado (SBU) en USD 482 para el año 2026, la compensación mensual por gastos de residencia para los asambleístas principales se estableció en 1 446 dólares, valor equivalente a tres salarios básicos. Según el reglamento, este monto permanecerá fijo y no se ajustará ante futuros cambios salariales.

La principal novedad es la extensión de este bono a funcionarios del nivel jerárquico superior que vivan a más de 60 kilómetros de Quito y demuestren no tener vivienda propia en la capital. Entre los nuevos beneficiarios se encuentran:

  • Secretario y Prosecretario General.
  • Administrador General y Coordinadores Generales.
  • Asesores de la Presidencia, Vicepresidencias, Bancadas y del CAL. Para estos funcionarios administrativos, el subsidio mensual por residencia será de hasta 900 dólares.

Viáticos para sesiones en territorio​


Bajo la administración de Niels Olsen, la Asamblea ha intensificado sus sesiones fuera de la sede tradicional en Quito, trasladándose a ciudades como Samborondón y Cuenca. Para estos desplazamientos internos, el CAL definió una tabla de viáticos diarios:

  • 150 dólares: Para el Presidente, vicepresidentes, miembros del CAL y asambleístas.
  • 110 dólares: Para coordinadores y jefes de seguridad inmediata.
  • 80 dólares: Para el resto de servidores legislativos y personal de la Escolta Legislativa.

En el caso de viajes al exterior, los montos diarios ascienden a 250, 220 y 190 dólares, respectivamente, dependiendo del rango del funcionario.

Subsidios por movilización terrestre y aérea​


El reglamento también institucionaliza un subsidio de movilización terrestre de 0,35 dólares por kilómetro recorrido (ida y vuelta) para aquellos que opten por no usar vehículos institucionales ni pasajes aéreos. Este pago se calculará semanalmente y se liquidará de forma mensual.

Lea también​


En cuanto a la vía aérea, se mantiene el derecho a un pasaje semanal de ida y vuelta para que los legisladores asistan a las sesiones en Quito. Además, los asambleístas podrán destinar hasta 12 boletos al año para rutas distintas a la de su residencia, siempre que estén debidamente motivadas por actividades de fiscalización o representación. Para los representantes del exterior, se garantizan cuatro boletos internacionales anuales.

Información externa Asamblea Nacional (Ecuador)


Te recomendamos​


Sigue leyendo...
 
Atras
Superior