Acusan ante el JEM a juez que interrumpió proceso de fusión bancaria

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Ariel Espinoza, ABC Color

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El Banco Atlas SA, a través del abogado Felino Amarilla, presentó acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y solicitó el enjuiciamiento y la posterior remoción del juez en lo Civil y Comercial, 3° Turno de la Capital, Juan Francisco Blanco Bogado, por ser la entidad bancaria la persona jurídica afectada por las decisiones adoptadas en el marco del expediente “ITTI SAECA c/ Banco Atlas s/ medidas precautorias”.

La acusación presentada ante el Jurado se basa en lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Nacional y en el artículo 14 incisos b) g) y k) de la Ley N° 6814/2021 que rige los procedimientos de la institución juzgadora.

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En tal sentido, el Banco Atlas a través del abogado Felino Amarilla, señala que el magistrado incurrió en parcialidad manifiesta hacia una de las partes litigantes en el juicio, además de mal desempeño en el ejercicio de sus funciones e ignorancia supina del ordenamiento jurídico paraguayo.

También advierte el supuesto delegamiento en la elaboración de resoluciones, materializadas por el juez acusado a través de su intervención jurisdiccional en actos específicamente determinados en el juicio anteriormente individualizado.

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Cabe señalar que la medida solicitada por ITTI SAECA y otorgada por el juez acusado, que prohibió el uso del software digital, en el marco de la fusión entre los bancos Atlas y Familiar, coincidió con las publicaciones de la investigación denominada los “sobre del poder”, que expuso los hallazgos de sobres con dinero, en efectivo y en dólares americanos, en Mburuvicha Róga y que involucraban directamente al presinte Santiago Peña.

Felino Amarilla, abogado encargado de presentar la acusación ante el JEM.

Magistrado incurrió en ilicitudes para detener fusión​


De acuerdo con la acusación presentada por el Banco Atlas ante el JEM, existió colusión entre el juez acusado y la parte demandante, en este caso la firma “ITTI SAECA”, para obtener la medida cautelar, que tuvo un efecto inmediato el cual fue impedir la fusión entre los entes bancarios Atlas y Familiar en beneficio del Grupo Vázquez, ITTI SAECA, ITTI USA LLC, y UENO Bank.

En el marco de este juicio, se tiene que el abogado Miguel Ángel Almada Frutos “convalidó” su personería mediante un supuesto poder general otrogado por la firma ITTI SAECA para “asuntos judiciales, arbitrales y administrativos”. Es preciso señalar que ese documento estaba redactado en inglés y español, pues fue elaborado en Texas, Estados Unidos, el 4 de junio de 2025, y no cuenta con certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que lo invista de válido.

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Sobre ello, “el reconocimiento ilegal de la personería y la obtención de la medida cautelar en cuestión, es una sentencia anticipada que favoreció a la actora, que logró sus objetivos sin juicio previo, causando un perjuicio multimillonario y evitando de esa manera la aparición de una competencia legal en la banca de consumo de la cual forma parte el Banco UENO que con ITTI SAECA forman parte del Grupo Vázquez.

Ante todo lo señalado, el acusador refirió que “no es explicable de otra manera que el juez denunciado haya llevado a cabo todas las actuaciones procesales irregulares e ilícitas, es evidente el interés personal del juez acusado, su parcialidad manifiesta, evidenciada mediante la violación de las reglas del debido proceso, el respeto al derecho a la defensa en juicio de las partes, su ignorancia y el desconocimiento notorio de la ley”.

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Actuaciones de juez son irregulares, acusa abogado​


En otro apartado de su escrito presentado ante el JEM, Amarilla sostuvo que las actuaciones del juez Juan Francisco Blanco Bogado, en el juicio citado son absolutamente irregulares, ilícitas, pues el mismo violó sus obligaciones legales y profesionales como magistrado, causando un perjuicio injusto, injustificado y gravísimo a los derechos de las empresas mencionadas.

Amarilla expresó que el juez “Blanco no puede justificarse desde la perspectiva del legítimo ejercicio de las facultades interpretativas, connaturales de la función judicial; de ningún modo”. Sobre ese punto, detalló que el comportamiento del magistrado es jurídicamente explicable.

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“Él no estaba frente a un problema hermenéutico oscuro, cuya resolución dependía de herramientas argumentativas sofisticadas, como para decir que terminó perdiéndose en la búsqueda de la solución correcta. En realidad, como puede verse, lo que sucedió es que él dejó de aplicar disposiciones que regulan cuestiones elementales del armado del proceso, sobre las cuales no caben discusiones semánticas; y, todavía más grave, cedió el poder jurisdiccional del cual está investido”, argumentó el abogado acusador.

Por ende, se sostiene que “el juez denunciado incurrió en parcialidad manifiesta a favor de la parte demandante, lo que resulta notorio, ostensible, su interés personal ilícito en el pleito”.

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