Acuífero Caacupé: Corte revoca cautelar y frena explotación del pozo

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Fernando Ramírez

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La Corte Suprema de Justicia resolvió revocar el Auto Interlocutorio N° 1077 del 10 de septiembre de 2025, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, que había habilitado el funcionamiento del pozo artesiano profundo, con lo cual se protege el Acuífero Caacupé.

La apelación fue presentada por el abogado Eugenio Giménez Torres, en representación de la Municipalidad de Atyrá. Según informó el asesor jurídico de la Comisión Vecinal Defensa del Agua de Atyrá, Víctor Samaniego, la Corte fundamentó su decisión en que “ningún barrio cerrado puede estar por encima de una comunidad”.

Concurrida marcha en defensa del Acuífero Caacupé

Un año de resistencia ciudadana​


La controversia se remonta a hace un año, cuando pobladores denunciaron la perforación de un pozo profundo y la instalación de un acueducto de aproximadamente nueve kilómetros para uso “exclusivo” del complejo Highlands Lagoon Lifestyle, desarrollado por Petrohue Real Estate S.A., en Ypacaraí.

El proyecto contempla un barrio cerrado con hoteles y una laguna artificial tipo “Crystal Lagoon”. Sin embargo, la perforación se realizó sin registro municipal y sin el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo, requisito obligatorio para obras hidráulicas de gran magnitud, según confirmó el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

Hace seis meses, la empresa había obtenido una medida cautelar ante el Tribunal de Cuentas que suspendía resoluciones municipales de inhabilitación del pozo, argumentando la necesidad de agua para una supuesta comunidad.

Durante casi un año, vecinos de la compañía Zanja Hu mantuvieron movilizaciones, cierres de ruta y una vigilia permanente frente al pozo sellado, exigiendo su clausura definitiva.

Atyrá rechaza emprendimientos privados que utilicen agua del Acuífero Caacupé

Exigen acciones a entes reguladores​


Tras el fallo, los pobladores sostienen que la lucha continúa. Solicitan que la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ERSSAN) revoque cualquier autorización que permita el uso del pozo y su acueducto para abastecer al emprendimiento inmobiliario.

Asimismo, reclaman que el MADES no otorgue la licencia ambiental solicitada por Petrohue y que emita un dictamen técnico que reconozca los riesgos ecológicos para el Acuífero Caacupé, principal fuente de agua para el departamento de Cordillera y parte de Paraguarí.

También piden que se establezca una reglamentación clara que priorice el consumo humano por sobre cualquier uso comercial o privado del recurso hídrico.

Alternativa planteada​


Como salida al conflicto, la comunidad propone que la empresa recurra a la red de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (ESSAP) u otras fuentes reguladas para la provisión de agua, y que cese la explotación privada del acuífero.

Para los pobladores, el fallo judicial marca un precedente en defensa del ambiente y del derecho al agua como bien público.

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