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Paola Gavilanes
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Rubén Patricio G. S., Bryan Paúl G. S. y Santiago Rafael C. S. recibieron 40 años de prisión por el asesinato de un hombre ocurrido el 12 de mayo de 2024 en la avenida 9 de Octubre, según informó la Fiscalía.
La víctima se encontraba en el sector junto a dos acompañantes cuando una discusión derivó en una pelea. Los agresores utilizaron cuchillos, provocando lesiones letales que causaron la muerte del hombre por shock hipovolémico y corte de la arteria femoral izquierda. Los otros dos implicados resultaron gravemente heridos, pero sobrevivieron gracias a la atención médica recibida a tiempo.
La Fiscalía presentó pruebas contundentes que incluyeron el acta de levantamiento del cadáver, informes de autopsia, inspección ocular técnica, reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de indicios, así como peritajes de audio y video e investigaciones de la Dinased.
Con estos elementos, la defensa no logró sostener la teoría de que los procesados actuaron en defensa propia. Los jueces consideraron acreditada la verdad procesal expuesta por la Fiscalía, lo que motivó la imposición de la máxima sanción prevista en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ordenó el pago de una multa equivalente a 1 500 salarios unificados y una reparación integral de 10 000 dólares a favor de los familiares de la víctima.
El caso se procesó bajo lo dispuesto en el artículo 140, inciso segundo, del COIP, aplicando la agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, lo que incrementó la pena en un tercio.
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40 años de prisión por brutal asesinato en Ecuador
La víctima se encontraba en el sector junto a dos acompañantes cuando una discusión derivó en una pelea. Los agresores utilizaron cuchillos, provocando lesiones letales que causaron la muerte del hombre por shock hipovolémico y corte de la arteria femoral izquierda. Los otros dos implicados resultaron gravemente heridos, pero sobrevivieron gracias a la atención médica recibida a tiempo.
Pruebas clave consolidan la condena por asesinato
La Fiscalía presentó pruebas contundentes que incluyeron el acta de levantamiento del cadáver, informes de autopsia, inspección ocular técnica, reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de indicios, así como peritajes de audio y video e investigaciones de la Dinased.
Con estos elementos, la defensa no logró sostener la teoría de que los procesados actuaron en defensa propia. Los jueces consideraron acreditada la verdad procesal expuesta por la Fiscalía, lo que motivó la imposición de la máxima sanción prevista en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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Multas y reparación a familiares de la víctima
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ordenó el pago de una multa equivalente a 1 500 salarios unificados y una reparación integral de 10 000 dólares a favor de los familiares de la víctima.
#ATENCIÓN | #Chimborazo: #FiscalíaEc obtiene 40 años de prisión contra 3 responsables del #Asesinato de un hombre en #Riobamba. El hecho ocurrió el 12 de mayo de 2024.
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— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) December 29, 2025
Contexto jurídico de la sentencia
El caso se procesó bajo lo dispuesto en el artículo 140, inciso segundo, del COIP, aplicando la agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, lo que incrementó la pena en un tercio.
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